Evolución normativa del concurso de méritos en vigencia de la Ley 1150 de 2007 - Cuarta parte. Modalidades de selección en la contratación estatal - La Ley 1150 de 2007. ¿Una respuesta a la eficacia y transparencia en la contratación estatal? - Libros y Revistas - VLEX 352293346

Evolución normativa del concurso de méritos en vigencia de la Ley 1150 de 2007

AutorRoberto Laguado Giraldo
Cargo del AutorAbogado javeriano con especializaciones en Derecho Administrativo y Derecho Comercial de esta misma universidad
Páginas299-329
299
Evolución normativa del concurso de méritos en
vigencia de la Ley 1150 de 2007
Roberto Laguado Giraldo*
Introducción
Los cambios normativos nunca pasan desapercibidos. A veces son bien reci-
bidos y en otras ocasiones altamente criticados. En general, la expedición de
la Ley 1150 de 2007 ha despertado opiniones de diferente índole por parte de
académicos y de operadores jurídicos de la contratación pública. Pocas veces
las normas que reemplazan a otras cumplen enteramente las expectativas y la
nostalgia de la norma ya aprendida sale a relucir cada vez que la nueva regla
debe ser aplicada.
Pero los cambios normativos responden a una necesidad no sólo de tipo
regulatorio. La Ley 1150 de 2007, a mi juicio, es una de esas normas en las
que subyacen nes que no sólo atienden la mejora procedimental o la gestión
pública contractual. Por n, la contratación pública fue entendida como un
factor dinamizador de la economía y un agente de cambio y fortalecimiento
del mercado y diversos sectores,1 que entre todos participan de un no despre-
* Abogado javeriano con especializaciones en Derecho Administrativo y Derecho Comercial de
esta misma universidad. Magister en Derecho Económico Internacional de la Universidad de Warwick,
Reino Unido. Abogado asociado de Suárez Beltrán & Asociados, Abogados Consultores. Consultor
del Proyecto de Contratación Pública del Departamento Nacional de Planeación, equipo técnico que
tuvo a su cargo la reforma a la Ley 80 de 1993 y la expedición de sus actuales decretos reglamentarios.
Se ha desempeñado como consultor del BID, del Banco Mundial y de las Naciones Unidas/CEPAL
en temas de contratación pública. Profesor de contratación pública en el pregrado y el postgrado de
Derecho Administrativo de la Universidad Javeriana.
1 Política Nacional para la Transformación Productiva y la Promoción de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas: Un Esfuerzo Público-Privado. Documento CONPES 3484 de 2007.
Evolución normativa del concurso de méritos en vigencia de la Ley 1150 de 2007
300
ciable 13.5% del PIB, cifra que representa el total del mercado de la contra-
tación pública colombiana2 respecto de dicho indicador.
He querido anteponer a la exposición del tema de esta ponencia las ante-
riores consideraciones porque, precisamente, uno de los sectores y actividades
que pueden rescatarse con las nuevas modalidades de selección de la Ley 1150
de 2007 es el mercado del conocimiento y el desarrollo de la innovación cien-
tíca y técnica. Me reero a la selección de consultores, asunto sobre el cual
quiero proponer tres diferentes aproximaciones académicas.
En primer lugar, explicaré cuál es el contenido de la regulación de orden
legal en la materia, revisando las diferentes justicaciones que se tuvieron para
cambiar el esquema de la Ley 80 de 1993 al presente modelo procedimen-
tal. En segundo lugar, analizaremos el contenido del Decreto 066 de 2008
en materia de selección de consultores, revisando qué normas generaron los
problemas y dicultades que luego vinieron a ser corregidas y mejoradas en
el recientemente expedido Decreto 2474 de 2008. Finalmente me ocuparé de
describir cuáles son los cambios más importantes que introduce el Decreto
2474 de 2008 en el punto de selección de consultores, con el n de hacer una
exposición completa de esta modalidad de selección según el marco regula-
torio vigente.
1. El concurso de méritos en la Ley 1150 de 2007
La Ley 1150 de 2007 desarrolla, a nivel regulatorio, un esquema diferente
al aplicable en vigencia de la Ley 80 de 1993 en lo que respecta a la deter-
minación de los procedimientos de selección a aplicar. El esquema anterior,3
fundado en umbrales presupuestales, fue reemplazado por un esquema mucho
más moderno que no se fundamente en la revisión de si el objeto a contra-
tar es caro o barato, sino que, en su lugar, atiende a la naturaleza del objeto
a contratar. En términos más simples, en vigencia de la Ley 80 de 1993 el
ordenador de gasto debía formularse una simple pregunta para determinar
2 Departamento Nacional de Planeación, Proyecto de Contratación Pública. El perl de la contratación
pública en Colombia, Consultora Salomé Naranjo Luján, 2006.
3 El Banco Mundial estableció sobre la Ley 80 de 1993 que “La ley no establece reglas especiales
para la selección de consultores. La selección de proveedores, contratistas y consultores siguen una misma
norma. (…) Igualmente, la ley considera al precio como el factor más importante a tener en cuenta en
la evaluación, sin hacer distinción en cuanto a la naturaleza de los servicios”.

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