Feminismo y derecho - Mujer, Maternidad y Trabajo en Colombia. Evolución legislativa y jurisprudencial con perspectiva de género - Libros y Revistas - VLEX 375413650

Feminismo y derecho

AutorIsabel Goyes Moreno
Páginas13-31

Page 13

CAPITULO I

FEMINISMO Y DERECHO

La reflexión sobre la naturaleza y el significado del derecho ha sido abordada con las más diversas ópticas, desde distintas epistemologías, con variadas pretensiones y mediada por múltiples intereses, teleologías, valores, razones o conveniencias. La historia jurídica da cuenta de las circunstancias en las cuales se han construido estas escuelas y tendencias.

Una de las teorías contemporáneas que ha contribuido de manera decisiva a develar los intereses que se esconden tras las normas jurídicas, es la teoría crítica del derecho4. Dentro de ella se encuentran las teorías feministas del derecho5, las cuales asumen el estudio y análisis de las leyes denunciando sus contenidos discriminatorios, tendientes a mantener patrones culturales que generan desventaja al sexo femenino, imposibilitando la conformación de relaciones sociales democráticas y justas.

4Ver al respecto GARCIA, Mauricio. Sociología Jurídica. Bogotá, Universidad Nacional de Colombia.

Editorial Unibiblos,2001

5Las teorías feministas de derecho surgen en los Estados Unidos en el año de 1983. Dos razones centrales justifican este hecho, la primera radica en que fue en ese país donde nació y se consolidó la escuela crítica del derecho, alimentada por una rica y dinámica discusión académica; la segunda está relacionada con la fuerza e importancia social del feminismo norteamericano. Desde la década de los 80, las tesis feministas del derecho no sólo han ganado reconocimiento social, sino que la mayoría de facultades de derecho han incluido esta temática dentro de sus planes de estudio.

Page 14

Mujer, Maternidad y Trabajo en Colombia

14


Sin pretensiones de realizar una revisión exhaustiva de esta importante y compleja teoría6, a continuación se presentarán algunos planteamientos de las principales tendencias del feminismo jurídico, específicamente de aquellas que han influenciado el feminismo latinoamericano, por considerar que las mismas constituyen aportes válidos para los efectos de este trabajo.

Pues bien, cuando se habla de feminismo se hace referencia “al conjunto de personas, acciones y teorías que comparten la idea de que la sociedad es desigual en cuanto existe supremacía de lo masculino”7. De allí que su pretensión sea fortalecer los procesos emancipatorios de la mujer, y coadyuvar en la construcción de nuevas relaciones sociales, políticas y afectivas más igualitarias entre hombres y mujeres, es decir, sin la patriarcal subordinación del sexo femenino frente al sexo masculino.

Las teorías feministas en cuanto se comprometen con el interés igualitario de la mujer hacia una libertad y autonomía inclusivas y no exclusivas, que se estructuren con fundamento en las voces femeninas y masculinas, se ubican dentro de las teorías socio críticas del derecho.

Como teoría sociocrítica el feminismo en todas sus vertientes está orientado a comprometer a todas las mujeres y a todos los hombres en el análisis crítico de sus respectivas situaciones de interacción social, con miras a la transformación de las prácticas, los entendimientos y los valores de la sexualidad tanto de las personas, como de las instituciones, de tal manera que mejore la vida de las mujeres, de los hombres y de la sociedad en general.

6Sobre el carácter verdaderamente teórico de los planteamientos feministas, Cristina Jaramillo expone:

Las feministas que se han dado a la tarea de rescatar a la teoría feminista de sus contradictores, se han apoyado en las más aceptadas teorías sobre la ciencia y el conocimiento para mostrar que lo única que distinguiría a la teoría feminista de otras es su aceptación del compromiso político que subyace a toda explicación conceptual y a toda empresa del conocimiento, y su formulación también explícita del contenido de su propio compromiso político (…) La teoría feminista no sería sino una teoría más honesta que las demás”. JARAMILLO, Isabel Cristina (2000) La crítica feminista al derecho En: Robin West “Género y Teoría del Derecho”. Colección Nuevo Pensamiento Jurídico, Bogotá, Ediciones Uniandes, Instituto Pensar, Siglo del Hombre Editores, p.39.

7JARAMILLO, Isabel Cristina. Ob.Cit. p. 33.

Page 15

Las teorías feministas establecen los problemas de género y las experiencias prácticas en donde ellos se originan, como fuente auténtica de las teorías y los saberes feministas. En este sentido, las proponentes se cuidan de precisar que los conceptos, métodos y técnicas de las teorías sociales podrán servir de recursos útiles, pero no de fuentes. De esta manera las teorías feministas hacen de la práctica algo teórico a partir de la reflexión crítica, sin que por ello deje de ser práctica.

De otra parte, en lugar de dedicarse a verificar o experimentar teorías existentes, las teorías críticas feministas comienzan descubriendo los conceptos y las hipótesis más relevantes en cada caso; se parte de la investigación en la realidad social, se hace inteligible para quienes investigan su propia práctica (mujeres y hombres), la transforman y la hacen consciente y deliberadamente adecuada a los supuestos valorativos que la comunidad de mujeres plantea. Esta vía de construcción teórica supone una metodología participativa; es a partir de la autoconciencia de las mujeres, del cambio de mirada sobre sí mismas y sobre su realidad, que es posible que se reconozcan y superen las distorsiones ideológicas que impiden el logro de las metas feministas.

Como toda teoría que emerge de la realidad social, las teorías feministas requieren de la reconstrucción colectiva del significado de la experiencia social de las mujeres, su método es, pues, la creación de la conciencia femenina, entendida ésta no como una acción individual, sino como una construcción como ser social colectivo, de allí que la búsqueda de la conciencia se convierta en una forma de práctica política. Este planteamiento no se opone a la construcción subjetiva del yo femenino, por el contrario, es un proceso que marcha de manera paralela en una relación dialéctica y retroalimentadora.

Precisamente de la concientización surgió otro postulado básico de la teoría feminista que es el plantear lo personal como lo político, tesis que conduce a un nuevo entendimiento de lo público y lo privado. Cuando las feministas hablan de lo personal como lo político no se está recurriendo a una analogía o una metáfora, significa claramente que la experiencia vivencial de la mujer se ha desarrollado dentro de una esfera personal; en consecuencia, si se pretende el conocimiento de la política de la situación femenina, hay que conocer la vida personal de las mujeres.

Page 16

Mujer, Maternidad y Trabajo en Colombia

16


En el análisis del sexo como característica antinatural de la división del poder en la sociedad, lo personal se convierte en político. Esta situación no implica que el feminismo otorgue una visión subjetiva, parcial o indeterminada de la realidad; por el contrario, las teóricas feministas formulan una seria crítica a la supuesta generalidad, desinterés y universalidad de otros esfuerzos intelectuales. Las corrientes feministas no sólo retan la versión unilateral y parcializada masculina, sino que también pone en tela de juicio todo el imperativo universalista como tal.

El hiato entre lo público y lo privado es el núcleo central de toda la literatura y la lucha política feminista, la cual se ha erigido en una bandera contra la teoría y la práctica liberal. El liberalismo distingue lo privado de lo público, no sólo por tratarse de dos actividades claramente diferenciadas, sino porque desde esta visión, es para la esfera pública que se reclaman los principios de libertad, igualdad política y sufragio universal; lo privado carece de toda importancia puesto que el concepto de sociedad civil no incluye la vida doméstica.“ ... Por ejemplo, Habermas defiende una comunicación pública y compartida, que permita que los problemas políticos se puedan evaluar racionalmente”8. Para estos teóricos lo que no es personal, es público y sólo lo que es público es político.

Si bien es cierto, que Habermas al plantear su tesis de la acción comunicativa y la búsqueda racional de consensos, desechando el uso de cualquier forma de fuerza o violencia, incluye de manera expresa a todos los actores sociales, entre ellos, las mujeres; planteamiento que encierra una reivindicación para la mujer por la aceptación de su presencia en el plano político, conlleva una restricción nefasta, cual es el dejar por fuera de esta práctica política los conflictos propios de la vida doméstica.

Las feministas por el contrario están trabajando en torno a una teoría de la práctica social que incluya a los hombres y las mujeres y que interrelacione la vida individual y la colectiva, lo personal y lo político, lo público y lo privado.

8PATEMAN, Carole. Críticas Feministas a la dicotomía Público/Privado. En: Perspectivas feministas en teoría política. Editorial Paidós. Barcelona, 1996 p. 36

Page 17

Mientras las mujeres sean relegadas al ámbito privado, su status público será inferior y dependiente; para que la mujer alcance una participación igualitaria en la vida pública se requiere que el hombre comparta por igual el mundo privado, es decir, las labores de crianza de los hijos y las demás tareas domésticas.

De esta forma, se alcanzará un orden social diferenciado donde las dimensiones de lo público y lo privado seguirán siendo distintas, pero no opuestas o contradictorias, de la misma manera que hombres y mujeres se diferencian como seres individuales, pero no como criaturas desiguales. Este planteamiento no conlleva la desaparición total de las desarmonías, ni la abolición de las tensiones entre lo público y lo privado, pero sienta las bases para una resolución de los conflictos entre iguales, cada vez que estos se sucedan.

Las argumentaciones anteriores nos permiten hablar de una perspectiva feminista con desarrollo epistemológico...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR