Fines de la contratación - El contrato como elemento del bienestar general - Celebración y ejecución de contratos estatales - Libros y Revistas - VLEX 42308215

Fines de la contratación

AutorCarlos Enrique Campillo Parra
Páginas35-42

Page 35

Desde la formación de las sociedades antiguas las autoridades tuvieron necesidad de recaudar tributos de sus súbditos para emprender las campañas de conquista de nuevos territorios y alimentar a los guerreros, construir murallas, templos dedicados a los dioses, barcos, fiestas y edificios. Los Jefes de las tribus fueron organizando un tesoro público para disponer de él cuando se hiciera necesario. Los encargados de cuidarlo debían responder con su vida.

Evolución social y jurídica

Entre los pueblos antiguos con un gran nivel de progreso se encuentra el Fenicio donde cada una de las ciudades a lo largo de la costa era un Estado independiente bajo el mando de un rey, usualmente con un consejo de dignatarios a su lado, quien era realmente un príncipe mercader, pues las ciudades se fundaron para el comercio internacional y vivieron de él. Entre los fenicios y los egipcios hubo una relación estrecha en el comercio de maderas para los templos de Egipto porque dichas especies no crecían en las orillas del Nilo.

En el sur de Mesopotamia hacia el año 3000 aC, la civilización Sumeria estaba plenamente formada. Los pueblos estaban unidos por la fuerza de un rey que después de muerto causó que las antiguas ciudades-estados que estaban unidas por sus fueros se dividieran en una serie de pequeños reinos, cada uno bajo la protección de su dios local. Las guerras entre vecinos se dieron fundamentalmente por disputas sobre derechos al agua o por territorios regados por un complejo sistema de canales.

En Egipto la capital era la residencia del Faraón y todo lo ascendía hacia él. Allí no hubo nada de organización municipal que atrajera la fidelidad de los habitantes o creara interés en el gobierno que es punto esencial para fomentar el espíritu cívico.

El surgimiento, entonces, del derecho y su verdadera naturaleza solo puede comprenderse por la presentación formal de sus dogmas en la forma de un código. Los códigos antiguos no eran una codificación de las leyes del país, sino redacciones parciales basadas en la práctica o el precedente antiguos.

Por eso el código del monarca babilonio Hammurabi, datado en 1753 aC, contiene actualizaciones de otras formulaciones jurídicas antiguas, que buscaban perfeccionar las normas ya vigentes. No obstante la importancia de Hammurabi los historiadores jurídicos dicen que el primer legislador stricto sensu fue Urnammu de la III dinastía de Ur.

Page 36

Harmhabi, gobernante egipcio, expidió normas para una reforma de la administración, todas ellas encaminadas a combatir las extorsiones de las autoridades fiscales y administrativas sobre los más pobres; en otros términos Harmhabi no cambió el código original, sino meramente añadió sanciones por infracciones que de él se cometían. Hasta la medida sin precedentes por la que declaró exentos del impuesto sobre las rentas los salarios de los jueces locales, a fin de que ya no tuvieran excusa para enriquecerse ilegalmente.

Los primeros códigos regularon los términos de los contratos de tipo mercantil que en ocasiones no se ajustaban a las figuras que se incluyen en el código del monarca; es manifiesto que los mercaderes estaban en libertad de convenir sus propios arreglos, de fijar sus propias tarifas de arriendo y de establecer con sus trabajadores los salarios que debían ser pagados.

Si bien los códigos tenían variadas estipulaciones los delitos más graves eran los cometidos contra el Estado y contra los dioses, que, de acuerdo con la opinión antigua, eran una sola y misma cosa.

El código de Hammurabi se encontró en unas excavaciones arqueológicas en Susa a orillas del río Karkeb en el sudoeste de Irán. El texto literario es el que corresponde al lenguaje popular entonces en uso que era el acadio, pero los historiadores expresan que el lenguaje es el babilonio antiguo. El número aproximado de artículos es de 282, esto porque algunas cláusulas aparecen borradas. Ejemplo de cláusulas del código son: "30.6. Si un señor roba la propiedad religiosa o estatal, ese señor será castigado con la muerte. Además, el que recibió de sus manos los bienes robados será (también) castigado con la muerte." O, igualmente: "Q (95) si un mercader ha prestado grano o plata con interés, sin testigos ni contrato, perderá cuanto prestó"

Cuando un crimen ocurre en la vecindad de una villa o aldea, puede exigirse a la comunidad que pague una indemnización.

El derecho antiguo, sin embargo, determinó algunos de los elementos que conocemos en el mundo moderno: que el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR