La fraternidad en el derecho comercial - Núm. 31, Diciembre 2020 - Ratio Juris - Libros y Revistas - VLEX 851692213

La fraternidad en el derecho comercial

AutorGustavo Adolfo Beltran Valencia
CargoDocente de la Universidad Autónoma Latinoamericana Abogado de la Universidad de Medellín, Especialista en Derecho Comercial de la Universidad Pontificia Bolivariana, Magister en Derecho de la Universidad de Medellín
Páginas86-104
Versión Aceptada
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La fraternidad en el derecho comercial
Fraternity on commercial law
A fraternidade no direito empresarial
Gustavo Adolfo Beltran Valencia
15
Recibido: 20 de marzo de 2019 Aceptado: 20 de abril de 2020 - Publicado 30 de noviembre de 2020
DOI: 10.24142/raju.v15n31a5
Resumen
El derecho comercial entendido como un conjunto de normas, principios, usos y costumbres,
que se encargan de regular, entre otros, los actos de comercio, los sujetos responsables de
realizarlos y los bienes mercantiles, amerita hoy día un análisis del mismo a la luz de la
fraternidad, percibida esta como una relación de horizontalidad que une al género humano y
que se manifiesta en un vínculo de respeto, igualdad, y responsabilidad para con los otros, y
de esta manera replantear la aplicación y el diseño de muchas de sus instituciones, con miras
a lograr un orden jurídico-económico más justo.
Palabras Clave: Fraternidad, Derecho Comercial, Justicia, Capitalismo, Actos Mercantiles.
Abstract
Commercial law, understood as a set of rules, principles, customs and habits, in charge of
regulating, among others, commercials acts, the subjects engaged on them and the goods and
services within them, deserves nowadays an analysis in the light of fraternity; perceived as an
horizontal relationship that unites human race and manifests in a link of respect, equality and
responsibility to the others, in order to reconsider the scope of application and design of many
of its institutions to achieve a fairer legal-economic order.
Keywords: Fraternity, Commercial Law, Justice, Capitalism, Commercial Acts.
Resumo
O direito comercial entendido como um conjunto de normas, princípios, usos e costumes, aos quais
compete regular, entre outros, os atos do comércio, os sujeitos responsáveis pela sua realização e os
bens comerciais, hoje merece uma análise do mesmo à luz da fraternidade, percebida como uma
relação horizontal que une o gênero humano e que se manifesta no vínculo de respeito, igualdade e
responsabilidade para com os outros, repensando assim a aplicação e desenho de muitas de suas
instituições. , com vistas a uma ordem jurídico-econômica mais justa.
Palavras-chave: Fraternidade, Direito Comercial, Justiça, Capitalismo, Atos Comerciais.
Introducción
El presente escrito reflexiona sobre diversas instituciones pertenecientes al campo del
derecho mercantil colombiano, desde el ámbito de la fraternidad, para dar cuenta de cómo
15 Docente de la Universidad Autónoma Latinoamericana Abogado de la Universidad de
Medellín, Especialista en Derecho Comercial de la Universidad Pontificia Bolivariana,
Magister en Derecho de la Universidad de Medellín Email: gustavo.beltranva@unaula.edu.co
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esta puede irrumpir e incidir positivamente en la aplicación de esta rama del derecho no
solamente en Colombia sino también en el resto del mundo.
Segön el diccionario de la Real Academia Espaðola, por fraternidad se entiende: ―amistad o
afecto entre hermanos o entre quienes se tratan como tales‖ y por su parte amistad la define
como: ―afecto personal, puro y desinteresado, que nace y se fortalece con el trato‖. (Real
Academia Española [RAE], 2020).
Lo primero, es indicar que analizar el derecho mercantil bajo la óptica de la fraternidad
implica tener en cuenta que toda institución del derecho y en el caso del derecho comercial,
debe partir de la base que, como género humano, gozamos de una relación de horizontalidad,
de una relación de hermandad, de respeto y responsabilidad por el otro; y por lo tanto estas
instituciones se deben de diseñar con la finalidad de la búsqueda de la igualdad y la justicia
de la comunidad en su conjunto.
Ahora bien, dentro de las relaciones intersubjetivas, las controversias se manifiestan de
manera permanente, entre otras razones por la diversidad de posturas religiosas, ideológicas,
políticas, económicas, etc.; sin embargo, bajo una visión fraterna, el derecho a través de sus
instituciones puede gestionar de la mejor manera posible todos estos conflictos que se
suscitan, en orden a estructurar sociedades más democráticas, tolerantes e igualitarias.
El derecho comercial entendido primordialmente como un sistema normativo
16 que regula,
entre otros aspectos 17 , a los comerciantes, a los bienes mercantiles (títulos valores,
establecimientos de comercio y propiedad industrial), y a los actos objetivos de comercio que
se desenvuelven fruto de la interacción de las personas naturales y jurídicas en el engranaje
del abastecimiento de bienes y servicios, y la generación de riqueza; es un derecho que sin
hesitación alguna, admite ser analizado bajo esta visión fraterna para re-pensar sus diversos
institutos, en la búsqueda de instituciones comerciales que respondan a los retos que la
situación socio-económica del mundo actualmente plantea.
Con todo, a lo largo de centurias, los sistemas socio-económicos han sido fuertemente
jerarquizados, impidiendo que las clases ubicadas en la base puedan llegar a ascender a los
niveles más altos de la jerarquía social; así por ejemplo, en la época esclavista, la posibilidad
que un esclavo pudiese llegar a la cúspide como por ejemplo ser un pretor; o en la época
feudal del medio-evo, en donde el sistema socio-económico estaba constituido por una
jerarquía trifuncional de estamentos, conocidos como el clero, la nobleza, y el pueblo llano o
campesino, las posibilidades que el campesinado pudiese ascender al estamento más alto real
o de títulos nobiliarios por ascendencia generacional, eran prácticamente remotas.
16 En este sentido se utilizará el concepto de norma en un sentido amplio, que no se restringa
únicamente al concepto de ley, en la medida en que como normas, en el ordenamiento
jurídico mercantil, también están los usos y las costumbres comerciales, así como los
principios generales del derecho mercantil; al respecto y refiriéndose a la costumbre como
norma del derecho mercantil, la Corte Constitucional en sentencia C-284 de 2015 manifiesta
que: ‖…la costumbre no este comprendida por la expresiñn ξley> empleada en el artículo
230 de la Carta, no significa que su reconocimiento como norma se oponga a lo allí previsto‖.
(Corte Constitucional, C-284, 2015)
17 Tales como, la empresa, las cámaras de comercio, las confederaciones de cámaras de
comercio, el registro mercantil, la matrícula y su inscripción, etc.

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