Fuerza como vicio del consentimiento en una compraventa sobre un predio rural. Prescripción de la acción de nulidad. Recisión por lesión enorme - Núm. 1585, Julio 2019 - Boletín Colegio de Abogados Comercialistas - Libros y Revistas - VLEX 830275781

Fuerza como vicio del consentimiento en una compraventa sobre un predio rural. Prescripción de la acción de nulidad. Recisión por lesión enorme

AutorCarolina Arlant
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Suprema de Justicia encontró que estaba
demostrado el nexo causal.
c. Demostración de perjuicios
Los demandados señalaron que el Tribunal
supuso que en este litigio se había
demostrado la pérdida de mercancía y bienes
inmuebles que la demandante tenía
depositados en el inmueble donde se produjo
el incendio, pese a que en el proceso no existe
prueba de ello. Al respecto, la Corte Suprema
de Justicia evidenció la total ausencia de
análisis crítico de la prueba documental en la
cual fundó el fallo de condena al pago de
perjuicios, pues, en efecto, ningún análisis
valorativo se hizo del conjunto de
documentos aportados por la parte actora
para demostrar el daño emergente cuya
indemnización se pretendía. Por lo anterior,
el cargo prosperó.
El documento completo puede ser consultado
aquí:
http://consultajurisprudencial.ramajudicial.g
ov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml
Fuerza como vicio del consentimiento en
una compraventa sobre un predio rural.
Prescripción de la acción de nulidad.
Recisión por lesión enorme
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación
Civil. M.P.: Luis Alonso Rico Puerta,
SC1681-2019, Radicación n° 85230-31-89-
001-2008-00009-01, 15 de mayo de 2019
Por: Carolina Arlant
Universidad del Rosario
Casada la sentencia de segundo grado,
emitida por la Sala Única del Tribunal
Superior del Distrito Judicial de Yopal,
Casanare, y derrotada la ponencia del
Magistrado Sustanciador, procedió la Sala a
emitir la sentencia sustitutiva en decisión del
recurso de apelación interpuesto por los
demandados contra el fallo proferido por el
Juzgado Promiscuo del Circuito de Orocué,
Casanare, en el proceso ordinario de Luis
Armando Rincón frente a Benedicto Romero
Barrera y Oscar de Jesús López Cadavid.
El fundamento de la demanda puede
resumirse en los siguientes hechos
principales: El demandante se dedicaba a la
explotación económica del predio rural
denominado «La Argentina», situado en el
municipio de Trinidad (Casanare), respecto
del cual era poseedor desde el año 1965.
Desde los años ochenta, el demandante
recibía frecuentes amenazas exigiendo dinero
por parte de los paramilitares. En el año 1994
se incrementaron las amenazas y persecución
por parte de los paramilitares, quienes
ocuparon «La Argentina» contra su voluntad,
incidente que se repitió varias veces. En 1998
una tropa armada ilegalmente saqueó y
destruyó las instalaciones, por lo que fue
extorsionado nuevamente por un valor de 90
millones, por lo cual, en el año 2000 vendió
apresuradamente parte del predio y se vio
obligado a abandonar toda la finca y
trasladarse a Bogotá. Después de varias
conversaciones con esos grupos armados,
estos le advirtieron que la suma que él debía
pagar había aumentado a setecientos millones
y que, de no pagarlos, debía entregarles la
finca. En el año 2001, un comisionista de
ganado le dijo que una persona estaba
interesada en el inmueble, pero que el precio
era de trescientos millones y el comprador
“arreglaba” con los paramilitares. Como
desde enero de 2001 había perdido la
posesión del bien por las amenazas contra su
familia, no tuvo otro camino que aceptar el
negocio. Posteriormente, sostuvo que vendió
el inmueble por un precio de cien millones de
pesos, siendo éste un precio
considerablemente inferior al verdadero.

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