Generalidades de los regímenes aduaneros - Decreto 390 de 7 de marzo de 2016 - Estatuto aduanero colombiano. Segunda edición - Libros y Revistas - VLEX 729979229

Generalidades de los regímenes aduaneros

AutorRamón Eduardo Guacaneme P.
Páginas218-257
218 Estatuto Aduanero Colombiano
Art. 142
219
Título V - Generalidades de los regímenes aduaneros
TÍTULO V.
GENERALIDADES DE LOS REGÍMENES ADUANEROS.
EXPLICACIÓN
Contexto del Título V
Composición
Capítulos 3
Secciones 3
Partes 0
Artículos 40
Indice
TIT CAP SEC PAR Artículo EA
V Generalidades de los regímenes aduaneros 141-181
IClasificación de regímenes 141 -142
II Declaración aduanera 143 - 148
III Clasificación, origen y valoración 149
IClasificaciones arancelarias 149 - 154
II Origen de las mercancías 155 - 166
III Valor en aduana de las mercancías importadas 167 - 181
Resumen
Uno de los conceptos fundamentales del EA es el de “régimen aduanero” que el Art. 141 de ne
como tratamiento regido por la legislación aduanera, aplicado por el declarante a las mercancías
que se encuentran bajo potestad aduanera.
El Art. 142 EA explica las clases de regímenes aduaneros que son:
1. Régimen de importación, el cual se subdivide en de nitiva (que a su vez se subdivide en
cinco opciones), regímenes suspensivos (que se subdivide en dos opciones), transformación
y/o ensamble, regímenes especiales de importación (se subdivide en nueve opciones).
2. Régimen de exportación, el cual se subdivide en: a título de nitivo (se subdivide en tres
opciones), temporal (se subdivide en dos opciones), regímenes especiales de exportación (se
subdivide en cinco opciones).
3. Regimen de deposito aduanero
4. Régimen de tránsito, que se subdivide en tres opciones: Tránsito aduanero, Cabotaje y
Transbordo
Es decir que este artículo es uno de los fundamentales para entender el EA, pues éste realmente
se centra en desarrollar de manera especí ca todos los regímenes enumerados.
Desde Art. 143 hasta el 148 (Cap. II) se aborda el tema de la declaración aduanera explicando qué
es, quién la presenta, cuál es su contenido, qué tipos de declaración existen (normal, simpli cada,
simpli cada especial y consolidada para los regímenes de exportación), y cuando se entiende
aceptada por la administración.
A partir del Cap. III (Art. 149 a Art. 154) se explica lo relativo a las clasi caciones arancelarias desde
la perspectiva aduanera; luego el concepto de origen de las mercancías (Art. 155 a Art. 166) que
se aplica en particular para verse bene ciado, por ejemplo de los tratados de libre comercio; el
concepto de “valor en aduana de las mercancías importadas” está previsto desde el Art. 167 al Art.
183 y responde fundamentalmente a la pregunta: aduaneramente, ¿Cuál es valor de una mercancía?
En total se trata de 40 artículos que son en últimas sobre los cuales gira la totalidad del EA pues,
como ya lo mencionamos, son los regímenes la materia sobre la construye la legislación aduanera.
Art. 141
220 Estatuto Aduanero Colombiano
CAPÍTULO I
Clasi cación de los regímenes aduaneros
ARTÍCULO 141. RÉGIMEN ADUANERO. Tratamiento regido por la
legislación aduanera, aplicado por el declarante a las mercancías que se
encuentran bajo potestad aduanera.
Todas las mercancías que vayan a someterse a un régimen aduanero serán
objeto de una declaración aduanera y deberán cumplir con los requisitos
establecidos para el régimen que corresponda.
EXPLICACIÓN
La expresión régimen aduanero se aplica en el EA como dice el Art. 141 a todo tratamiento regido
por la legislación aduanera. En el EA anterior solo habían tres regímenes aduaneros: importación,
exportación y transito aduanero los cuales a su vez se subdividían en modalidades. En el actual
EA hay en total 31 regimenes aduaneros de los cuales 15 hacen referencia a importación, 11 a
exportación y 3 a transito aduanero.
Declarante - Ver explicación - Art. 39 EA
Declaración Aduanera - Ver explicación Art. 143 EA
Potestad Aduanera - Ver explicación Art. 1 EA
ARTÍCULO 142. CLASES DE REGÍMENES ADUANEROS. Las mercancías
que se introduzcan o salgan del territorio aduanero nacional, podrán ser
sometidas a uno de los siguientes regímenes aduaneros:
1. Regímenes de Importación.
1.1. Importación de nitiva.
1.1.1. Importación para el consumo.
1.1.2. Importación con franquicia o exoneración de derechos e impuestos
a la importación.
1.1.3. Importación en cumplimiento de garantía.
1.1.4. Reimportación en el mismo estado.
1.1.5. Reimportación por perfeccionamiento pasivo.
1.2. Regímenes suspensivos.
1.2.1 Admisión temporal para reexportación en el mismo estado.
1.2.2. Admisión temporal para perfeccionamiento activo.
1.3. Transformación y/o ensamble.
1.4. Regímenes especiales de Importación
1.4.1. Importación temporal de mercancías alquiladas o con contrato de
arrendamiento con opción de compra “leasing”.
1.4.2. Trá co postal.
Art. 141

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