La Constitución Económica Europea y la gobernanza económica. La Sentencia Pringle: desde la coordinación de la política económica al mecanismo de estabilidad presupuestaria - Núm. 118, Enero 2013 - Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas - Libros y Revistas - VLEX 459198794

La Constitución Económica Europea y la gobernanza económica. La Sentencia Pringle: desde la coordinación de la política económica al mecanismo de estabilidad presupuestaria

AutorMaría Mercedes Cerrano Pérez
CargoProfesora Contratada Doctora de la UCLM
Páginas61-116

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Revista FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS. Vol. 43, No. 118 / p. 61-116

Medellín - Colombia. Enero-Junio de 2013, ISSN 0120-3886

La Constitución Económica Europea y la gobernanza económica.

La Sentencia Pringle: desde la coordinación de la política económica al mecanismo de estabilidad presupuestaria 1

The European Economic Constitution and the Economic Governance. The Pringle Judgment: from the Economic Policy

Coordination to the Budgetary Stability Mechanism La constitution économique européenne et la gouvernance économique. L’arrêt Pringle : De la coordination de la politique économique au mécanisme de stabilité budgétaire A Constituição Econômica Europeia e a governança econômica. A Sentença Pringle: desde a coordenação da política económica ao mecanismo de estabilidade orçamentária

Mª Mercedes Serrano Pérez21 Investigación realizada durante una estancia de investigación en el Istituto Giuridico ”Antonio Cicu” de Bolonia durante los meses de diciembre-enero 2012/2013, con asistencia a la Conferenza inaugurale della Scuola Superiore di Studi Giuridici, “Corti costituzionali e stabilità economico finanziaria” dirigida por el profesor Luca Mezzetti, celebrada el 25 de enero de 2013 en Bolonia (Università di Bologna).

2 Profesora Contratada Doctora de la UCLM. Correo electrónico: mercedes.serrano@uclm.es.

A mis hijos Mercedes, Francisco y Clara.

Este artículo fue recibido el día 19 de febrero de 2013 y aprobado por el Consejo Editorial en el Acta de Reunión Ordinaria N°. 16 del 23 de abril de 2013.

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Serrano, MM.

Resumen:

La Constitución Económica Europea ha desplazado a la Constitución Económica de los países de la Unión Europea. La coordinación de la política económica en la UE es una competencia compartida, pero el refuerzo de la gobernanza europea la aproxima a una competencia exclusiva. Sin embargo, la Europa a la carta hace que solamente algunos países comunitarios se comprometan en la política económica de la UE para intentar salir de la brutal crisis que soportan las economías europeas.

Palabras clave: Constitución Económica Europea, Coordinación de la política económica, Competencia, Política monetaria.

Abstract:

The European Economic Constitution has displaced the Economic Constitution of the European Union countries. The coordination of economics policy is a shared competence, but the reinforcement of the European gobernanza approaches exclusive jurisdiction. However, the a la carte Europe only makes some EU countries to engage in the political economy of the European Union to try to get out of the brutal crisis supported by the European economies. Key Words: European Economic Constitution, coordination of economics policy, competence, monetary policy.

Résumé:

La Constitution économique européenne a supplanté la Constitution économique des pays de l’Union européenne. La coordination de la politique économique dans l’Union Européenne est une compétence partagée, mais le renforcement de la gouvernance européenne l’assimile à une compétence exclusive. Cependant, l’Europe à la carte fait que seuls quelques pays de la communauté s’engagent dans la politique économique de l’UE pour tenter de sortir de la violente crise que connaissent les économies européennes.

Mots clés : Constitution économique européenne, Coordination de la politique économique, Compétence, Politique monétaire.

Resumo:

A Constituição Económica Europeia deslocou à Constituição dos Países da União Europeia. A coordenação da política econômica na EU é uma competência compartilhada, mas o esforço da governança europeia a aproxima a uma competência exclusiva. Porém, o estatuto faz que

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somente alguns países da comunidade se comprometam com a política econômica da União para tentar sair da brutal crise que suportam as economias europeias.

Palavras-chave: Constituição Econômica Europeia, coordenação da política econômica, competência, política monetária.

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1. Sobre el concepto de Constitución Económica

El concepto de Constitución económica surge unido al desarrollo y consolidación del Estado social que, como cláusula constitucional, comienza a ser incluida en los textos constitucionales tras la Segunda Guerra Mundial. Esta airmación no es contradictoria con la idea que deiende la existencia de una fuerte base económica en las constituciones liberales que, por tanto, situaría el concepto de Constitución económica en un momento anterior a los siglos XIX y XX, fechas en las que podemos ubicar los prolegómenos de la idea de Constitución económica arriba indicada. No obstante, la relación de la Constitución económica con el Estado social hace que ambos términos se vinculen, entre otras razones, por entender que el momento liberal concibe la economía desde una visión ajena a la intervención estatal, mientras que, por el contrario, resulta característica de la idea de Constitución económica la concepción, de

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Sumario

1. Sobre el concepto de Constitución Económica. 2. El modelo económico de la Constitución de 1978 y el modelo económico europeo: diferencias salvables a costa de la neutralidad constitucional. 2.1. El modelo económico de la Constitución de 1978. 2.2. La Constitución Económica Europea y la fórmula de la coordinación. 3. La sentencia Pringle: de la coordinación de la política económica al mecanismo de estabilidad presupuestaria. 3.1. El principio de estabilidad presupuestaria en la Constitución Económica Europea.
3.2. El TECG y el Tratado MEDE. 3.3. La sentencia del TJUE de 27 de noviembre de 2012 y la interpretación de la política monetaria y de la coordinación de la política económica. 3.3.1. La modificación del artículo 136 del TFUE por medio del procedimiento del artículo 48 TUE, apartado 6. 3.3.2. La interpretación de la coordinación de la política económica y de la política monetaria de la UE. 4. A modo de conclusión. Referencias.

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un modo u otro, del marco que permite la participación del Estado, más en concreto del Estado social. En otras palabras, los preceptos económicos de las constituciones liberales, en la línea del constitucionalismo liberal, no contemplan las reglas que permiten la intervención del Estado en la economía, sino todo lo contrario, las reglas que lo conciben como un observador neutral.

El término Constitución económica alude al conjunto de preceptos, cláusulas y valores contenidos en la Norma Fundamental que determinan los criterios de actuación económica de los poderes públicos y de los agentes económicos de la sociedad. Este contexto de intervención estatal, con implicaciones económicas, permite incluir como parte intrínseca de la Constitución económica la fórmula Estado social (Maestro, 2007).

En la actualidad, concebir la Constitución económica solamente como las normas que, presentes en la Norma Fundamental, facilitan la actividad económica, resulta restrictivo y no responde, en absoluto, al entorno jurídico en el que se inserta el ordenamiento jurídico español (centrando el análisis en nuestro sistema jurídico-constitucional). Ello por varias razones que sintéticamente esbozamos. Primero porque la pluralidad de fuentes norma-tivas existentes en la actualidad ha transformado el sistema de las mismas, al menos en los países integrados en una unión supranacional, como es el caso de España, cuya pertenencia a Europa ha supuesto, además, la cesión de competencias internas que han pasado a ser legisladas por los órganos comunitarios correspondientes. Entre ellas, competencias relacionadas fuertemente con la determinación de la política económica del sistema económico diseñado por la Constitución Española de 1978 (en adelante CE), donde el pluralismo que caracterizaba las cuestiones por decidir se ha visto fuertemente limitado. La ijación de las decisiones económicas en el nivel de la Unión Europea ha provocado, además, una alteración en la forma de participación del Estado en la actividad económica, afectando de pleno también a la intervención estatal al amparo de la estatalidad social. Por ello, ya no se puede aludir a las normas que habilitan la actividad económica

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como los preceptos presentes en la Norma Fundamental solamente, porque estos no determinan de manera exclusiva la actividad económica, sino que las directrices de esta última vienen ijadas por la normativa comunitaria que, en virtud del principio de primacía, se impone sobre el ordenamiento interno. Junto a ello y en segundo lugar, como airma Vergottini (2012), “existen reglas contenidas en actos legislativos que con seguridad tienen naturaleza constitucional” (p. 340) y afectan a las decisiones económicas.

Así pues, la Constitución económica puede deinirse como el conjunto de normas que ofrecen el marco jurídico para la actividad económica y que, o bien están implícitas en la Constitución (de forma expresa o deducidas por interpretación), o bien se incorporan al ordenamiento interno, por imponerse en virtud del derecho supraestatal comunitario, con prioridad sobre el nacional (Cassese habla de un triple signiicado del término Constitución Económica, 2012, en el que incluye también lo que denomina el derecho...

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