Gravamen a los movimientos financieros, GMF - Cartilla de retención en la fuente 2014 - Libros y Revistas - VLEX 512053870

Gravamen a los movimientos financieros, GMF

AutorJorge Hernán Zuluaga Potes
Páginas214-216
CARTILLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE
214
el superior jerárquico del infractor. 
del E.T.
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retención
Las sanciones impuestas al agente por
incumplimiento en la retención o en la consignación
de lo retenido, recaerán exclusivamente sobre él.
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Los convenios entre particulares sobre impuestos,
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
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Al impuesto de timbre le serán aplicables las
normas relativas a la declaración tributaria,
determinación del tributo, recursos, sanciones y
demás normas de procedimiento señaladas en el
libro quinto, en cuanto no sean incompatibles con
las del presente título. 
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Para efectos del impuesto de timbre se entiende
por nave, las embarcaciones mayores o aeronaves
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enajenación o la constitución de derechos reales sobre
las mismas requieren como solemnidad la escritura
pública. 
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o leasing que recaigan sobre embarcaciones mayores
o aeronaves, el impuesto de timbre solo se causará si
vencido el contrato no se hiciere uso de la opción de
compra. En este caso, el impuesto se liquidará sobre
el valor total de los cánones pagados y/o causados
hasta el momento del vencimiento del contrato.
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
Tratándose de retenciones en la fuente a título del
impuesto de timbre nacional que se hayan practicado
en exceso o indebidamente, el agente retenedor
podrá, en lo pertinente, aplicar el procedimiento
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afectado acreditará las circunstancias y pruebas de la
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en relación con el impuesto objeto de la retención
que motiva la solicitud y procederá la devolución,
siempre y cuando no haya transcurrido el término
de prescripción de la acción ejecutiva establecido
en el artículo 2536 del Código Civil, contado a
partir de la fecha en que se practicó la retención.
Las sumas objeto de devolución de las retenciones
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podrán descontarse del monto de las retenciones
que por otros impuestos estén pendientes por
declarar y consignar en el período en el que se
presente la solicitud de devolución. Artículo 6
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

Créase como un nuevo impuesto, a partir del
primero (1o.) de enero del año 2001, el Gravamen
a los Movimientos Financieros, a cargo de los
   
que lo conforman. 

El hecho generador del Gravamen a los Movimientos
Financieros lo constituye la realización de las
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se disponga de recursos depositados en cuentas
corrientes o de ahorros, así como en cuentas de
depósito en el Banco de la República, y los giros de
cheques de gerencia.
En el caso de cheques girados con cargo a los
recursos de una cuenta de ahorro perteneciente
a un cliente, por un establecimiento de crédito
no bancario o por un establecimiento bancario
especializado en cartera hipotecaria que no utilice
el mecanismo de captación de recursos mediante

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