Grupos Empresariales - Sociedades comerciales - De las sociedades comerciales. Énfasis en sociedad por acciones simplificada - 8va edición - Libros y Revistas - VLEX 800654549

Grupos Empresariales

AutorLisandro Peña Nossa
Páginas309-321
Capítulo IX
Grupos Empresariales*1
* «En cuanto a las modalidades del control nanciero, la Superintendencia de Sociedades, con
base en lo dispuesto en los artículos 260 y 261 del Código de Comercio, dedujo que la legisla-
ción colombiana consagra que el control de una sociedad puede ser ejercido por una o varias
personas naturales o jurídicas, de naturaleza no societaria, y que las diversas formas como se
ejerce el control son: individual, conjunto, directo e indirecto, y que el control conjunto e in-
directo es el que permite en la operación de negocios con sociedades [que] se ejerza por una
pluralidad de personas, quienes de alguna manera expresan y hacen la voluntad de actuar en
común, mediante circunstancias tales como participar simultáneamente en el capital de varias
entidades, que en la toma de decisiones se evidencie que actúan «en bloque», que aparezcan
conjuntamente integrando varias juntas directivas, que compartan la operación de una plu-
ralidad de actividades comerciales, situaciones estas que deben apreciarse conjuntamente, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 del Código de Procedimiento Civil. Para con-
cluir que la posibilidad de control indirecto permite integrar a una misma situación de control
o grupo empresarial a sociedades que aparecen como controladas por la matriz por intermedio
o con el concurso de las subordinadas» (Consejo de Estado, 2002, 17 mayo).
Para comprender este tema, desde todo punto de vista es necesario tener claro
previamente lo relacionado con los vínculos de subordinación empresarial,
los cuales permiten que, bajo ciertos y determinados supuestos de hecho, una
determinada persona natural o jurídica pueda considerarse matriz o controlante
de otra u otras personas jurídicas de carácter societario y que, atendidas las
circunstancias del caso, estas puedan considerarse respecto de aquella liales o
subsidiarias (controladas), tal como se verá enseguida.

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