De los hijos legítimos concebidos en matrimonio - De las personas - Ley 84 de 26 de mayo de 1873 - Codigo Civil concordado. Segunda Edición - Libros y Revistas - VLEX 729885421

De los hijos legítimos concebidos en matrimonio

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas78-86

Page 78

CAPÍTULO I

REGLAS GENERALES

ARTÍCULO 213. PRESUNCIÓN DEL HIJO CONCEBIDO DURANTE

EL MATRIMONIO. (Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley 1060 de 26 de julio de 2006). El hijo concebido durante el matrimonio o durante la unión marital de hecho tiene por padres a los cónyuges o

Page 79

compañeros permanentes, salvo que se pruebe lo contrario en un proceso de investigación o de impugnación de paternidad.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

• Código Civil: Arts. 36, 51, 52, 90, 92, 149, 228 al 230, 236, 245 y 246.

• *Ley 57 de 15 de abril de 1887: Art. 20.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

• SENTENCIA T-207 DE 4 DE ABRIL DE 2017. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO. Fundamentos normativos del proceso de impugnación, investigación, reconocimiento de la paternidad y su caducidad en la legislación civil.

• EXPEDIENTE 6359 DE 10 DE MAYO DE 2017. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. ARIEL SALAZAR RAMÍREZ. Impugnación de paternidad extramatrimonial de hija menor de edad concebida a través de proceso de inseminación artificial consentida con esperma de donante anónimo y reconocida legalmente. Ejercicio de la acción por ausencia o vicio del consentimiento en la autorización del proceso de inseminación artificial heteróloga, como causal que se adiciona a la que contempla el artículo 214 del Código Civil.

ARTÍCULO 214. IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD. (Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley 1060 de 26 de julio de 2006). El hijo que nace después de expirados los ciento ochenta días subsiguientes al matrimonio o a la declaración de la unión marital de hecho, se reputa concebido en el vínculo y tiene por padres a los cónyuges o a los compañeros permanentes, excepto en los siguientes casos:

  1. Cuando el cónyuge o el compañero permanente demuestre por cualquier medio que él no es el padre.

  2. (Apartes entre corchetes derogados a partir del 1 de enero de 2014 por el literal c) del artículo 626 del Código General del Proceso). Cuando en proceso de impugnación de la paternidad {mediante prueba científica} se desvirtúe esta presunción, {en atención a lo consagrado en la Ley 721 de 2001}.

• Aparte subrayado del numeral 2 del artículo 214, declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-122 de 13 de febrero de 2008, Magistrado Ponente Dr. Manuel José Cepeda Espinosa.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

• Código Civil: Arts. 90, 92 y 230.

• *Ley 721 de 24 de diciembre de 2001: Art. 2.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

• EXPEDIENTE 6359 DE 10 DE MAYO DE 2017. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. ARIEL SALAZAR RAMÍREZ. Impugnación de paternidad extramatrimonial de hija menor de edad concebida a través de proceso de inseminación artificial consentida con esperma de donante anónimo y reconocida legalmente. Ejercicio de la acción por ausencia o vicio del consentimiento en la autorización del proceso de inseminación artificial heteróloga, como causal que se adiciona a la que contempla el artículo 214 del Código Civil.

• SENTENCIA T-160 DE 21 DE MARZO DE 2013. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ. Normatividad aplicable en los casos de impugnación de la paternidad.

Page 80

ARTÍCULO 215. (Artículo derogado por el artículo 3 de la Ley 1060 de 26 de iulio de 2006).

ARTÍCULO 216. TITULARES DE IMPUGNACIÓN. (Artículo modificado por el artículo 4 de la Ley 1060 de 26 de iulio de 2006). Podrán impugnar la paternidad del hijo nacido durante el matrimonio o en vigencia de la Unión marital de hecho, el cónyuge o compañero permanente y la madre, dentro de los ciento (140) días siguientes a aquel en que tuvieron conocimiento de que no es el padre o madre biológico.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

• Código Civil: Arts. 335 al 337.

• *Ley 721 de 24 de diciembre de 2001: Arts. 2 y ss.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).

• SENTENCIA T-207 DE 4 DE ABRIL DE 2017. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO. Fundamentos normativos del proceso de impugnación, investigación, reconocimiento de la paternidad y su caducidad en la legislación civil.

• EXPEDIENTE 6493 DE 12 DE MAYO DE 2017. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. ARIEL SALAZAR RAMÍREZ. Caducidad de la acción de impugnación de la paternidad en proceso tramitado en Italia. Estudio de la afectación al orden público internacional privado cuando la norma foránea no contempla un término y en aplicación de la ley Colombiana se acciona en forma extemporánea.

• SENTENCIA T-160 DE 21 DE MARZO DE 2013. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ. Normatividad aplicable en los casos de impugnación de la paternidad.

ARTÍCULO 217. IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD O MATERNIDAD POR PARTE DEL HIJO. (Aparte entre corchetes del inciso del inciso 1, derogado a partir del 1 de enero de 2014 por el literal c) del artículo 626 del Código General del Proceso). (Artículo modificado por el artículo 5 de la Ley 1060 de 26 de iulio de 2006). El hijo podrá impugnar la paternidad o la maternidad en cualquier tiempo. {En el respectivo proceso eljuez establecerá el valor probatorio de la prueba científica u otras si así lo considera}. También podrá solicitarla el padre, la madre o quien acredite sumariamente ser el presunto padre o madre biológico.

La residencia del marido en el lugar del nacimiento del hijo hará presumir...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR