Impuesto al Valor Agregado (IVA) - Cartilla Impuesto al Valor Agregado 2018 - Libros y Revistas - VLEX 705590345

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

AutorJorge Hernán Zuluaga Potes
Páginas1-126
1.1 Responsables del impuesto
Son responsables del impuesto:
1.1.1 Responsables en la venta de bienes
Los comerciantes, cualquiera que sea la fase de los ciclos de producción y
distribución en la que actúen, ejecutan habitualmente actos similares a los de
las ventas de bienes. Artículo 437, literal a), Estatuto Tributario.
Los productores de bienes exentos y los exportadores son responsables del
impuesto.
En las ventas de aerodinos son responsables los comerciantes y los vende-
dores ocasionales. Artículo 437, literal b), Estatuto Tributario.
En la venta de productos derivados del petróleo, son responsables del
impuesto los productores, los importadores y los vinculados económicos de
estos. Artículo 444, Estatuto Tributario.
En la venta de limonadas, aguas y gaseosas aromatizadas, con exclusión
de los jugos de frutas, de legumbres y hortalizas de la partida 20.09, son
responsables el productor, el importador o el vinculado económico de estos.
Artículo 446, Estatuto Tributario.
En la venta de cervezas, el responsable es el productor o el importador.
Artículo 430, Estatuto Tributario.
PARTE 1
IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO IVA
CARTILLA I MPUESTO AL VALOR AGREGADO 2018
2
En las ventas fuera del giro ordinario de los negocios es responsable
quién venda bienes corporales muebles, aunque no se enajenen dentro del
giro ordinario del negocio, pero de cuya adquisición o importación se haya
generado derecho al descuento. Artículo 437, literal e), Estatuto Tributario.
Cómputo de ingresos para responsabilidad del IVA en personas naturales.
Para establecer el monto de los ingresos que generan la calidad de responsable
del impuesto sobre las ventas, en el caso de personas naturales que venden bienes
y prestan servicios, sometidos al impuesto, se tomará el total percibido por tales
conceptos. Artículo 1.3.1.1.4.5 DURT 1625 de 2016.
1.1.2 No responsables en la venta de bienes
Los comerciantes de bienes exentos no son responsables ni están sometidos al
régimen del impuesto sobre las ventas, de las ventas de bienes exentos. Artículo
439, Estatuto Tributario.
Comercialización de bienes exentos. De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 439 del Estatuto Tributario, los comercializadores no son responsables ni
están sometidos al régimen del impuesto sobre las ventas en lo concerniente a la
venta de bienes exentos.
En consecuencia, únicamente los productores de tales bienes pueden solicitar los
impuestos descontables a que tengan derecho de conformidad con lo establecido
en el Título VII del Libro Tercero del Estatuto Tributario. Artículo 1.3.1.1.4.4
DURT 1625 de 2016.
No son responsables del impuesto quienes vendan bienes que expresamente se
encuentren excluidos por denición o destinación del impuesto sobre las ventas.
1.1.3 Responsables en la prestación servicios
Los prestadores de servicios gravados son responsables por los servicios
prestados. Artículo 437, literal c), Estatuto Tributario.
Denición de servicio. Se considera servicio a toda actividad, labor o trabajo
prestado por una persona natural o jurídica, o por una sociedad de hecho, sin
relación laboral con quien contrata la ejecución, la cual se concreta en una
obligación de hacer, sin importar que en la misma predomine el factor material o
intelectual. Dicha actividad genera una contraprestación en dinero o en especie,
independientemente de su denominación o forma de remuneración. Artículo
1.3.1.2.1 DURT 1625 de 2016.
Los clubes sociales o deportivos, y las personas jurídicas que tienen sede
social para la reunión, recreo o práctica de deporte de sus asociados son
responsables del impuesto. La sede social puede ser propia o ajena. Artículo
441, Estatuto Tributario.
PARTE 1: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) 3
Servicios notariales. Serán responsables del impuesto sobre las ventas, las
notarías; las cuales cumplirán las diferentes obligaciones tributarias derivadas
de tal calidad, con el número de identicación tributaria NIT que corresponda
al respectivo notario. Artículo 1.3.1.4.3 DURT 1625 de 2016.
En los juegos de suerte y azar, son responsables los operadores del juego.
En contratos de concesión, es decir, en el caso de los negocios que operan
en locales cuyo uso se ha concedido a través de contratos semejantes al de
arrendamiento o con permiso para la utilización de espacio, el responsable
será quien aparezca en la factura o documento equivalente como emisor del
mismo. Artículo 1.3.1.4.2 DURT 1625 de 2016.
En el servicio de transporte, son responsables las empresas marítimas o
aéreas que emitan el tiquete o expidan la orden de cambio. Artículo 442,
Estatuto Tributario.
Servicios nancieros. En este caso son responsables, en cuanto a los
servicios gravados, los establecimientos bancarios, las corporaciones
nancieras, las corporaciones de ahorro y vivienda, las compañías de
nanciamiento comercial, los almacenes generales de depósito y las demás
entidades nancieras o de servicios nancieros sometidos a la vigilancia
de la Superintendencia Bancaria de naturaleza comercial o cooperativa,
con excepción de las sociedades administradoras de fondos de pensiones
y cesantías, y los institutos nancieros de las entidades departamentales y
territoriales.
Igualmente, son responsables aquellas entidades que desarrollen habitualmente
operaciones similares a las de las entidades señaladas en el inciso anterior,
estén o no sometidas a la vigilancia del Estado. Artículo 443-1, Estatuto
Tributario.
Contratos de arrendamiento con intermediación. En el servicio gravado
de arrendamiento de bienes inmuebles, prestado con intermediación de una
empresa administradora de nca raíz, el impuesto sobre las ventas (IVA) por
el servicio de arrendamiento se causará atendiendo a la calidad de responsable
de quien encarga la intermediación, y a lo previsto en el artículo 429 del
Estatuto Tributario. Dicho impuesto será recaudado por el intermediario en
el momento del pago o abono en cuenta, sin perjuicio del impuesto que se
genere sobre la comisión del intermediario. Para tal efecto, deberá tenerse en
cuenta lo siguiente:
1. Si quien solicita la intermediación es responsable del régimen común, el
intermediario administrador deberá trasladarle la totalidad del impuesto
sobre las ventas generado en la prestación del servicio de arrendamiento
dentro del mismo bimestre de causación del impuesto sobre las ventas

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