Indemnización de los perjuicios materiales de daño emergente y lucro cesante sufridos por el contratista - Núm. 2018, Enero 2018 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 707967677

Indemnización de los perjuicios materiales de daño emergente y lucro cesante sufridos por el contratista

AutorDerecho Justo

A juicio del Consejo de Estado, una entidad pública debe indemnizar los perjuicios materiales de daño emergente y lucro cesante sufridos por el contratista, en razón al incumplimiento parcial del pago del valor del contrato por parte de la entidad aun cuando ésta solamente fue condenada a pagar el saldo actualizado más los intereses legales porque el artículo 50 de la Ley 80 de 1993 establece que cuando la administración pública incumple con sus obligaciones responderá por las actuaciones, abstenciones, hechos y omisiones antijurídicos que les sean imputables y que causen perjuicios a sus contratistas, eventos en los que deberán indemnizar la disminución...

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