La influencia de la neurociencia en ejecución de la pena desde el fin resocializador - Núm. 94, Enero 2020 - Revista Nuevo Foro Penal - Libros y Revistas - VLEX 846871466

La influencia de la neurociencia en ejecución de la pena desde el fin resocializador

AutorJosé Leandro Cardona Godoy
CargoFilósofo, Abogado, Magister en Derechos Procesal Penal y Teoría del delito; vinculado como directivo docente en el sector de colegios privados
Páginas93-124
caRdona Godoy, José leandRo, “La influencia de la
neurociencia en ejecución de la pena desde el fin
resocializador”, Nuevo Foro Penal, 94, (2020).
La influencia de la neurociencia en ejecución
de la pena desde el fin resocializador*
The influence of neuroscience on the execution of criminal
sentence, from the purpose to reincorporation
José leandRo caRdona Godoy**
Fecha de rec epción: 09/03/ 2020 Fecha de ace ptación: 26/04 /2020
DOI: 10.17230/nfp16.94.4
Resumen
La resocialización es uno de los fines de la pena que mayor preocupación viene causando
en la doctrina, la política criminal y la sociedad en general, durante los últimos años;
la ineficacia de los programas que se adelantan en el sistema penitenciario actual
conlleva a la continua reincidencia del delito; a que las pr isiones se conviertan no en
centros de resocialización sino en escuelas especializ adas del cr imen. Por t al motivo,
en este ar tículo pretendemos reflexion ar acerca de la influencia que pudieran tener las
neurociencias en el sistema penitenciario en lo que respecta a la ejecución de la pena
desde el fin resocializador; ello, atendiendo a sus ventajas y desventajas.
Abstract
The social reintegration is one of the ends of the penalty that has been causing the greatest
concern in the doctrine, the criminal policy and the society in general, during the last years;
Revista Nuevo F oro Penal Vol. 16, No. 94, enero-junio 2020, pp. 93-124, Uni versidad E AFIT, Med ellín (ISS N 0120-8179)
* Este ar tículo es p roducto del p royecto de i nvestigaci ón titulad o: “La infl uencia de la N eurocienci a en
Ejecuc ión de la Pen a Desde el F in Resocial izador” qu e se adelant ó entre jul io de 2018 y juli o de 2019
en la Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA).
** José Leandro Cardona Godoy es Filósofo, Abogado, Magister en Derechos Procesal Penal y Teoría del
delito; vinculado como directivo docente en el sector de colegios privados. Contacto:jcardona779@
hotmail.com.
94 La influencia de la neurociencia en ejecución de la pena desde el fin resocializador - José l eandRo caRdona Godoy
The ineffectiveness of the programs being carried out in the current prison system
entails to the continued recurrence of crime. that prisons become not centers of re-
socialization but specialized schools of crime. For this reason, in this article we intend
to reflec t on th e influen ce that neurosciences co uld have on the prison sy stem with
regard to the execution of the sentence from the resocializing goal; This, taking into
account its advantages and disadvantages.
Palabras clave
Derecho Penal, Dignidad Human a, Resocialización, Neurociencias.
Keywords
Criminal Law, Human Dignity, social reintegration, Neurosciences.
Sumario
1. Introducción. 2. El fin preventivo especial positivo de la pena y la Importancia de la
neurociencia en el proceso de resocialización del penado. 3. Pro blemáticas relacion adas
con la aplic ación de las neurociencias en los procesos de resocialización del sujeto.
A. Problemas desde la estruc tura carcelaria tradicional. B. Problemas de validación
y legitimación de los postulados neurocientí ficos act uales. C. Problemas frente a los
límites de los derechos humanos en la aplicación de tratamientos neurocientíficos. 4.
Conclusiones. 5. Bibliogr afía.
1. Introducción
En términos de Thomas Kuhn, las revoluciones científicas comportan la
transformación de los paradigmas vigentes en un determinado momento histórico.
Paradigma entendido, como “aquellas realizaciones científicas universalmente
reconocidas que, durante cierto tiempo, proporcionan modelos de problemas y
soluciones a una comunidad científica”1
Hoy los hallazgos más recientes de las neurociencias suponen que la gran
revolución científica del siglo XXI será la que proviene del descubrimiento más
detallado de cómo funciona el cerebro.2
Saber por ejemplo que “(…) Un lóbulo frontal disminuido de tamaño con un
funcionamiento alterado a nivel de la regulación de neurotransmisores como la
dopamina, la serotonina y la noradrenalina pueden desencadenar en un proceso
1 ThoMas kuhn. La Estrutura de las Revoluciones Científicas. (Mé xico: Fondo de Cu ltura Económic a,
1971).
2 PaBlo RudoMín. (2017) http://ww w.cro nica.com.mx/notas/2017/1048511.html.
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de hipertrofia o del mal funcionamiento del mismo ocasionando problemas como la
hiperactividad, el autismo, la esquizofrenia… hasta desencadenar en comportamientos
delictivos3”; pero que también, las decisiones consientes son efecto causal de la propia
actividad cerebral asociados a factores epigenéticos4, resulta transcendental para
entender -como diría Zimbardo, a propósito del experimento de la cárcel de Stanford-
cuál es el sistema que subyace y genera, perpetúa y mantiene la maldad en el hombre;
pues buenas personas dominadas por el poder de la situación hasta un extremo
inimaginable pueden llegar a ser muy malas.
Es el caso de Phineas Gage, un hombre amable, trabajador, honesto, de
buenos modales; quien después de haber tenido un accidente terrible en el que una
barra de acero le atravesó el cráneo, tuvo luego signos de un cambio profundo de
personalidad. Se convirtió en un tipo irreverente y caprichoso. Su respeto anterior
por las convenciones sociales había desaparecido. Sus abundantes palabras soeces
ofendían a quienes le rodeaban. El sentido de la responsabilidad que le caracterizaba
había desaparecido también. No se podía confiar en él. Sus jefes, que le habían
considerado “el más eficiente y capaz” en su “empleo”, después del accidente
tuvieron que despedirlo.5
Al respecto viene señalando Crespo:
(…) Los focos de influencia de la Neurociencia sobre el Derecho son
enormemente amplios y van desde aspectos relacionados con el tipo de
conocimiento asociado a la investigación neurocientífica y sus límites
empíricos, pasando por el problema crucial de cómo conectar estos
“saberes” con el estado de conocimiento actual en la ciencia del derecho,
hasta llegar a cuestiones transversales de fundamentación ética y su
virtualidad procesal, que tienen una importancia capital6.
Desde esta perspectiva, no podemos desconocer el hecho de que “(…)
existe una amplia evidencia empírica como para corroborar la elevada proporción
de jóvenes delincuentes con síntomas de TDAH en comparación con la población
general, detallando que ya en EE.UU. las cifras se situarían en torno al 65-70%,
3 caRlos JiMénez Véle z y JaiMe RoBledo ToRo. “La N eurocienica y Las Cond uctas Violentas.”, Memorando
de Derecho 158 (2011): 111
4 daniel González laG ieR. ¿La Terce ra Humillación? Sob re Neurociencia, Fi losofía y Libre Albedrí o. Doxa
(Universidad de Alicante).
5 eduaRdo anGulo. Cua derno de Cultura Científica. (2014) https://culturacie ntifica.com/2014/05/19/el-
caso-de-phineas-gage/.
6 cResPo. Neurociencia y Derecho Penal, 18-19.

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