La interpretación contractual: estudio desde la jurisprudencia colombiana y la entrada en vigencia del nuevo estatuto de protección a los consumidores (NEC) ley 1480 de 2011 - Núm. 120, Enero 2014 - Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas - Libros y Revistas - VLEX 644371961

La interpretación contractual: estudio desde la jurisprudencia colombiana y la entrada en vigencia del nuevo estatuto de protección a los consumidores (NEC) ley 1480 de 2011

AutorLuis Carlos Plata López - Vladimir Monsalve Caballero
CargoAbogado Universidad Pontificia Bolivariana - Abogado, Especialista en Derecho comercial y financiero
Páginas17-46

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Revista FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS. Vol. 44, No. 120 / p. 17-46

Medellín - Colombia. Enero-Junio de 2014, ISSN 0120-3886

La interpretación contractual: estudio desde la jurisprudencia colombiana y la entrada en vigencia del nuevo estatuto de protección a los consumidores

(NEC) ley 1480 de 20111

.

Contractual interpretation: a study from the point of view of Colombian jurisprudence and the entry into force of the new

Consumer protection Statute (NEC) Act 1480 of 2011

L’interprétation contractuelle: étude de la jurisprudence Colombienne et entrée en vigueur de la règlementation du protection des consommateurs (NEC ) Loi 1480 de 2011

A interpretação contratual: estudo desde a jurisprudência colombiana e a entrada em vigor do novo estatuto de proteção aos consumidores (NEC), Lei 1480 de 2011.

Luis Carlos Plata López2 Vladimir Monsalve Caballero31 Este artículo es la primera entrega del proyecto de investigación denominado “Modernización del derecho de los contratos a la luz de los principios y normas de protección al consumidor”. Financiado por el Grupo de Investigación Derecho, Política y Sociedad de la Facultad de Derecho de la Universidad de la Costa C.U.C.

2 Abogado Universidad Pontificia Bolivariana, Magíster en Derecho Económico de la Universidad

Externado de Colombia, docente investigador de tiempo completo de la Facultad de Derecho de la Universidad de la Costa C.U.C. Correo electrónico: lplata4@cuc.edu.co.
3 Abogado, Especialista en Derecho comercial y financiero, Máster Oficial en Regulación Económica de la Universidad de Salamanca, España y Doctor sobresaliente cum laude en Derecho de la

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Resumen

El presente artículo muestra que los principios generales de la contratación en el derecho privado y sus criterios de interpretación se estructuraron con los supuestos de igualdad jurídica y económica entre las partes y la libertad de determinación del contenido del contrato; sin embargo, la masificación de la producción y consumo de bienes y servicios ha llevado a una mutación de las estructuras contractuales y ha creado la necesidad de recurrir a formas también masivas de contratos que establecen cláusulas uniformes para los contratantes. El objetivo de esta investigación es formular unas nuevas pautas de interpretación de estos contratos, con el fin de reconstruir el equilibrio económico y jurídico de los mismos. Palabras clave: Interpretación contractual, autonomía de la voluntad, condiciones uniformes, contratos de adhesión.

Abstract

This article shows that the general principles for engagement in the private law and its interpretation criteria were structured with the assumptions of economic and legal equality between the parties and the freedom of determination of the contract’s content; however, mass production and goods and services consumption has led to a mutation of the contractual structures and has also created the need to appeal to massive forms of contracts that establish standard clauses for the contracting parties. The aim of this research is to formulate new interpretation patterns of these contracts, in order to reconstruct the economic and legal balance of the such contracts.

Key words: Contractual interpretation, autonomy of the will, standard conditions, adherence contracts.

Résumé

Cet article montre que les principes généraux des contrat dans le droit privé et ses critères d’interprétation ont été structurées sur les principes d’égalité juridique et économique entre les parties et la liberté de déterminer le contenu du contrat; Toutefois, la production de masse et la consommation de biens et services a conduit à une mutation des structures contractuelles

misma Universidad. Docente tiempo completo de la Universidad de Atlántico. Correo electrónico: vladimirmonsalve@mail.uniatlantico.edu.co.

Este artículo fue recibido el día 13 de enero de 2014 y aprobado por el Consejo Editorial en el Acta de Reunión Ordinaria N° 18 del 10 de mayo de 2014.

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et a créé le besoin d’appeler aux contrats types prévues pour les contractants. La finalité de cette recherche est de développer de nouveaux modèles d’interprétation de ces contrats afin de reconstruire l’équilibre économique et juridique de ces derniers.

Mots-clés: Interprétation contractuelle, autonomie de la volonté, les conditions uniformes, contrats d’adhésion.

Resumo

O presente artigo mostra que os princípios gerais da contratação no direito privado e seus critérios de interpretação se estruturaram com os supostos de igualdade jurídica e econômica entre as partes e a liberdade de determinação do conteúdo do contrato; porém, a massificação da produção e consumo de bens e serviços levou a uma mutação das estruturas contratuais e criou a necessidade de implementar formas também massivas de contratos que estabelecem cláusulas uniformes para os contratantes. O objetivo desta pesquisa é formular umas novas diretrizes de interpretação destes contratos, com o fim de reconstruir o equilíbrio econômico e jurídico deles.

Palavras-chave: Interpretação contratual, autonomia da vontade, condições uniformes, contratos de adesão.

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Sumario

1. Introducción. 2. Presentación de resultados. 2.1 El imperio de la autonomía de la voluntad. 2.2 Las reglas clásicas de interpretación contractual. 2.3 La crisis del contrato y las condiciones uniformes de contratación. 2.4 Pautas de aplicación e interpretación de las condiciones generales de contratación. 3. Conclusiones. Referencias.

1. Introducción

La estructura del actual derecho contractual, tanto en relaciones civiles como en comerciales, se centra en tres pilares: la buena fe, la equidad y la autonomía de la voluntad, todos ellos inspirados en el liberalismo que motivó el movimiento codificador en Europa y, particularmente, en Francia.

Sin embargo, las actuales condiciones del comercio y la masificación, tanto del consumo como de la producción de bienes y servicios, han llevado a la proliferación de la contratación en formas preimpresas o predeterminadas que tienen la ventaja de irradiar igualdad entre los contratantes, además, evitan diferencias injustificadas y disminuyen los costos de transacción en las negociaciones. Sin embargo, también pueden generar serias desigualdades entre la parte proponente y quien adhiere al negocio, debido al poder de negociación y a las asimetrías de información que puedan presentarse entre una y otra.

Dichas desigualdades se consolidan cuando una de las partes ostenta la condición de profesional que, de manera permanente y con ánimo de lucro, desarrolla una actividad mercantil, con pleno conocimiento de las características del producto o servicio que ofrece, y la otra es un lego en la materia quien, de manera esporádica y con la intención de satisfacer una necesidad concreta, se ve abocado a celebrar el negocio que se le está

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ofreciendo o poniendo a su consideración, sin la eventualidad de discutir o disentir acerca del contenido del mismo.

Ese fenómeno puede llevar a que el contenido de dichos contratos de adhesión o de condiciones uniformes, presente dificultades para la parte que lo acepta, desde diversas perspectivas. Por ejemplo, por la presencia de cláusulas abusivas o gravosas, cláusulas de exoneración o limitación de la responsabilidad, la presencia de obligaciones o deberes accesorios diferentes al objeto principal del contrato, limitaciones o restricciones en el ejercicio de las acciones o derechos contractuales, dificultad para conocer y comprender el contenido de dichos documentos, o excesivo tecnicismo o complejidad en la redacción de los mismos, lo que dificultaría su comprensión por aquellos que desconocen las particularidades del negocio que se ha celebrado.

Con estas perspectivas, las partes involucradas en el negocio se pueden ver enfrentadas a varias diferencias, ya sea sobre el contenido mismo de las obligaciones, la forma de cumplir las prestaciones del negocio o las consecuencias del incumplimiento contractual, lo que, eventualmente, podría derivar en conflictos de intereses entre ellas y echar al traste el esfuerzo económico que se destinó para el perfeccionamiento del contrato.

Los conflictos contractuales que surjan de las contingencias antes enunciadas, deberán ser solucionados por la justicia ordinaria o la arbitral (según la existencia o no de cláusulas compromisorias) por medio de la aplicación de las reglas emanadas de la hermenéutica jurídica, y de la interpretación propia de los actos, de acuerdo con la legislación positiva desarrollada en el Código Civil (artículos 1618 a 1624), la cual, a su vez, por remisión expresa, es aplicable a los negocios mercantiles (Código de Comercio, artículo 822).

Estas reglas obedecen a los principios decimonónicos del derecho de los contratos, que, como ya quedó anotado, parten del ideal de igualdad jurídica y material de las partes, quienes, amparadas en la autonomía de la

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voluntad, han pactado, mediante la manifestación de un consentimiento sano, el contenido del contrato (Código Civil, artículo 1502); ideal que hoy se...

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