Introducción - Manual de auditoría y revisoría fiscal - Libros y Revistas - VLEX 42571409

Introducción

AutorYanel Blanco Luna
Páginas1-20

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La revisoría fiscal como modelo de auditoría integral

La Revisoría Fiscal es una institución colombiana asimilada a un contrato de aseguramiento cuya designación, condición legal, deberes y facultades están señaladas parcialmente en la legislación mercantil y ampliada en forma importante por la Contaduría Pública de Colombia.

Una función esencial de la Revisoría Fiscal es la vigilancia de la administración de los entes económicos para que la misma ajuste sus actuaciones a las disposiciones legales, estatutarias y a los procedimientos y controles adoptados por la empresa. La responsabilidad principal del Revisor Fiscal es dictaminar o informar sobre los estados financieros, el control interno, las declaraciones tributarias y los libros legales.

Ha sido una preocupación universal designar personas en las empresas para el ejercicio del control y vigilancia de la administración. Esta persona, aunque recibe denominación distinta en cada país, tiene como característica común la de ser nombrada por el órgano de mayor jerarquía de la empresa, con el objeto de ejercer un control y vigilancia sobre la administración y depender de ese órgano jerárquico llámese asamblea de accionistas, junta de socios, etc., al cual debe rendir sus informes.

Este vigilante aparece en los siglos XVII y XVIII cuando los comerciantes holandeses y franceses sintieron la imposibilidad práctica de vigilar directamente su patrimonio, diseminado en todo el mundo y en manos de administradores distintos.

En el siglo XIX Francia inició la legislación reguladora de las funciones del vigilante, principalmente para proteger a los inversionistas en las florecientes compa-Page 2ñías precursoras de nuestras sociedades anónimas; el nombre que Francia dio a este vigilante fue el de "Commissaires aux comptes". El ejemplo de la legislación francesa fue adoptado por otros países y así encontramos la figura del vigilante tipificada en las leyes de Italia, Argentina, Suiza, España, México, Inglaterra, Ecuador, Colombia, Chile, y Venezuela. Se conoce con diferentes nombres como:

* Comisario, en México, Ecuador y Venezuela.

* Inspectores de Cuenta y Auditores, en Chile.

* Síndico, en Argentina.

* Consejo de Vigilancia, en Perú.

* Revisor Fiscal, en Colombia.

No obstante que, como se anotó anteriormente, el origen del vigilante es el mismo, el desarrollo de sus funciones o la clase de vigilancia que le corresponde ejercer no es similar en los diferentes países; en algunos la vigilancia es exclusivamente contable, en otros únicamente administrativa y en los más contable -administrativa.

La figura del vigilante, tan necesaria en su esencia, se ha ido eclipsando con el desarrollo de los negocios ya sea por su falta de profesionalismo, de independencia o porque no ha contado con el suficiente apoyo de los Contadores Públicos, que son los profesionales que han debido acondicionar esta figura al mundo cambiante de los negocios; por el contrario, en muchos países americanos los Contadores Públicos le dieron la espalda reemplazándola por la Auditoría Externa o Independiente.

La Revisoría Fiscal en Colombia se instituyó con funciones específicas a partir de la Ley 73 de 1935 y no obstante que el cargo, en algunas compañías, venía ejerciéndose por Contadores Públicos, no fue sino hasta el año de 1956, cuando se impuso la obligación de que los Contadores Públicos estuviesen al frente de ella.

A diferencia de muchos países latinoamericanos, la Revisoría Fiscal en Colombia toma cada vez más fuerza y se ha estado ajustando al mundo cambiante de los negocios, gracias a que los Contadores Públicos le han brindado su apoyo. Su ejercicio se efectúa con base en las normas de auditoría y otras normas de calidad establecidas en las disposiciones legales y los pronunciamientos profesionales.

Paralelamente a la Revisoría Fiscal, se ha venido desarrollando en Colombia la Auditoría Externa, para responder a exigencias de accionistas, casas matrices extranjeras, organismos de crédito internacionales y otros requerimientos.

Las funciones de la Revisoría Fiscal son más amplias que las de la Auditoría Externa, ya que el trabajo de aquélla además del dictamen sobre los estados financieros debe ejercer un control y vigilancia sobre la administración y velar porque la empresa establezca un adecuado control interno; adicionalmente, debe certificar o dictaminar las declaraciones tributarias y cualquier información contable que se su-Page 3ministre a terceros incluida la información intermedia. Todas estas funciones conllevan necesariamente una actividad permanente o auditoría inmediata fundamentada en procedimientos analíticos de revisión. El Revisor Fiscal en Colombia como alcance de su trabajo debe desarrollar una Auditoría Integral, entendiéndose como tal las siguientes auditorías: Auditoría Financiera, Auditoría de Cumplimiento, Auditoría Operacional o de Gestión y Auditoría de Control Interno. Esta Auditoría Integral se deriva de sus funciones legales y ha sido definida en los siguientes términos:

"Para cumplir con las funciones legales el Revisor Fiscal debe practicar una Auditoría Integral con los siguientes objetivos:

* Determinar, si a juicio del Revisor Fiscal los estados financieros del ente se presentan de acuerdo con las normas de contabilidad de general aceptación en Colombia -Auditoría Financiera.

* Determinar si el ente ha cumplido con las disposiciones legales que le sean aplicables en el desarrollo de sus operaciones -Auditoría de Cumplimiento.

* Evaluar el grado de eficiencia y eficacia en el logro de los objetivos previstos por el ente y el grado de eficiencia y eficacia con que se han manejado los recursos disponibles - Auditoría de Gestión.

* Evaluar el sistema de control interno del ente para conceptuar sobre lo adecuado del mismo - Auditoría de Control Interno".

La Revisoría Fiscal es la institución de mayor importancia que ejercen los contadores públicos de Colombia, la cual cuenta con el apoyo de las entidades encargadas del control y vigilancia de las sociedades mercantiles y de las autoridades tributarias. Para soportar esta afirmación nada mejor que incluir algunos apartes de la circular conjunta emitida por la Superintendencia de Sociedades, Superintendencia Bancaria y Comisión Nacional de Valores en 1989:

Importancia de la revisoría fiscal

La Revisoría Fiscal desempeña un papel de especial importancia en la vida del país, a tal punto que una labor eficaz, independiente y objetiva, es incentivo para la inversión, el ahorro, el crédito y en general facilita el dinamismo y el desarrollo económico. Como órgano de fiscalización, la revisoría está estructurada con el ánimo de dar seguridad a los propietarios de las empresas sobre el sometimiento de la administración a las normas legales y estatutarias, así como acerca de la seguridad y conservación de los activos sociales, amén de la conducta que ha de observar en procura de la fidelidad de los estados financieros.

Las funciones del revisor fiscal debidamente ejercidas, por lo demás, protegen a los terceros que encuentran en el patrimonio del ente moral la prenda general de sus créditos, de manera que debe dar confianza sobre el manejo de los recursos del ahorro privado, de la inversión y en general del manejo justo y equitativo del aparato productivo del país.

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La Institución de la revisoría fiscal es uno de los instrumentos a través de los cuales se ejerce la inspección y vigilancia de las sociedades mercantiles; ha recibido la delegación de funciones propias del Estado, cuales son las de velar por el cumplimiento de las leyes y acuerdos entre los particulares (estatutos sociales y decisiones de los órganos de administración), y dar fe pública, lo cual significa entre otros, que su atestación o firma hará presumir legalmente, salvo prueba en contrario, que el acto respectivo se ajusta a los requisitos legales, lo mismo que a los estatutarios, en caso de personas jurídicas. Tratándose de balances, se presumirá además que los saldos han sido tomados fielmente de los libros, que éstos se ajustan a las normas legales y que las cifras registradas en ellos reflejan en forma fidedigna la correspondiente situación financiera en la fecha del balance.

Es precisamente en este entorno normativo y conceptual en el que el Estado advierte la importancia de la revisoría fiscal y, por lo mismo, debe ofrecerle todo su apoyo y colaboración para lo que convenga al buen suceso de su gestión fiscalizadora, cuyos desarrollos deben ser igualmente justipreciados por los terceros, los administradores y los propietarios de las empresas.

Objetivos de la revisoría fiscal
  1. Control y análisis permanente para que el patrimonio de la empresa sea adecuadamente protegido, conservado y utilizado, y para que las operaciones se ejecuten con la máxima eficiencia posible.

  2. Vigilancia igualmente permanente para que los actos administrativos, al tiempo de su celebración y ejecución, se ajusten al objeto social de la empresa y a las normas legales, estatutarias y reglamentarias vigentes, de suerte que no se consumen irregularidades en detrimento de los accionistas, los terceros y la propia institución.

  3. Inspección constante sobre el manejo de libros de contabilidad, los libros de actas, los documentos contables y archivos en general, para asegurarse que los registros hechos en los libros son correctos y cumplen todos los requisitos establecidos por la ley, de manera que puede estar cierto de que se conservan adecuadamente los documentos de soporte de los hechos económicos, de los derechos y de las obligaciones de la empresa, como fundamento que son de la información contable de la misma.

  4. Emisión de certificaciones e informes sobre los estados financieros, si el balance presenta en forma fidedigna la...

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