Introducción - Contratos de intermediación - Contratos empresariales. Nacionales e internacionales. Conozca los contratos que le darán estabilidad y rentabilidad a su negocio - 6ta edición - Libros y Revistas - VLEX 800631133

Introducción

AutorLisandro Peña Nossa
Páginas397-398
Introducción
En la parte tercera, observamos que los sujetos intervinientes en la celebración del
contrato son los que tienen una relación directa con el negocio. La globalización,
los tratados de libre comercio, han llevado a los empresarios a que terceros
intervengan en el desarrollo de su actividad, para que su producto o servicio
tenga un consumidor nal. Son muchas las causas para valerse de ellos como
pueden ser las distancias, la incapacidad de posicionar el producto por razón de la
religión, el idioma, el territorio, la falta de dominio del mercadeo de los productos
y la función económica reejada en la disminución de costos y riesgos inherentes
a una conquista de mercado, que los lleva a valerse de terceros para lograr el
posicionamiento de su producto o servicio y obtener así mayores utilidades. Lo
anterior conlleva a centrarse más en su actividad como empresario-productor y
permite que unos terceros sean los que posicionen el producto en el mercado.
Al detenernos en estos contratos que se denominan «de intermediación», los
he llamado, por su contenido y exigencias «contratos del conocimiento», con
fundamento en que en estas actividades no se requiere el aporte de dinero sino
el conocimiento en esa actividad; es decir, el profesionalismo y experiencia
reejados en el arte de llevar a que el consumidor de géneros, mercancías o
servicios, los adquiera. De ahí la importancia de examinar con detenimiento el
contrato de mandato mercantil por ser este un instrumento mediante el cual una
persona llamada mandante, encarga a otra ,denominada mandatario que lleve a
cabo uno o más actos de comercio . Este puede darse con o sin representación,
como acertadamente lo expresa el Profesor J A B J:
El mandato puede darse con o sin representación, según que el mandatario actúe
ante terceros, en nombre del mandante o en su propio nombre. En el primer caso,
los efectos nacidos del negocio celebrado se radican, desde el comienzo, en cabe-
za del mandante (efecto propio de la representación); en el segundo, tales efectos
se establecen en cabeza del mandatario, permaneciendo el mandante, ante los
terceros contratantes, indiferente, pero pudiendo exigir del mandatario la trans-
misión, o como habla la ley italiana, la retransmisión de tales efectos, mediante
una nueva expresión de voluntad (B, 1999, p. 39).
PARTE CUARTA
CONTRATOS DE INTERMEDIACIÓN

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