Inventar un pensamiento a la 'altura del hombre' - Núm. 19-40, Diciembre 2020 - Opinión jurídica - Libros y Revistas - VLEX 853002326

Inventar un pensamiento a la 'altura del hombre'

AutorDominique Rousseau
CargoProfesor emérito de derecho público, Universidad de París 1 Panthéon Sorbonne
Páginas5-11
EDITORIAL
Inventar un pensamiento a la “altura del hombre”
Que la ley no sea la misma en tiempos normales y en tiempos extraordinarios, cualquie-
ra puede entenderlo. Que se transfieran algunas facultades al poder ejecutivo debido
a que en periodos de crisis es preciso actuar con celeridad, también se entiende.
Que a las libertades se les impongan algunas limitaciones que serían inadmisibles en
tiempos normales, también podría llegar a entenderse. Sin embargo, a no ser que se
direccione hacia un estado de seguridad, la legislación de un régimen de emergencia
debe estar sujeta al respeto de la ley. Cuantos más poderes se concentren en las manos
del Ejecutivo, más urgente se hace velar por el respeto a los derechos y libertades
que constituyen, incluso en situaciones de crisis, el Estado de derecho; además, es
cuando más activas deben permanecer las instituciones de control: obligatoriamente
el Parlamento, desde luego la Justicia y por supuesto la prensa.
El estado de emergencia no puede ser un estado carente de derecho en el que
se ejerza exclusivamente la violencia pura del gobernante. Proteger el cuerpo social
no es únicamente un asunto de salud, es también un asunto jurídico, pues lo que
lo hace un cuerpo social es la adhesión de los individuos a un mismo patrimonio
de derechos y libertades. Olvidar estos derechos o vulnerarlos es reducir el cuerpo
social a una simple yuxtaposición de individuos: “no hay sociedad, solo individuos”,
como dijo Margaret Thatcher (1987, p. 30). Esto trae como consecuencia el inicio del
ciclo neoliberal.
El bienestar del cuerpo social exige que, al terminar el estado de emergencia, se
deroguen todas las medidas que atentan contra los derechos y libertades garanti-
zados por la constitución. “Y quizás también, como luego de cada gran conmoción
existencial, reconstruir el cuerpo social sobre la base de los derechos humanos”
(Rousseau, 2020).
¿La legitimación de la economía de mercado? ¡Culpa de los derechos humanos!
¿La disolución de la familia? ¡Culpa de los derechos humanos! ¿La dificultad de los
funcionarios electos para gobernar? ¡Culpa de los derechos humanos! ¿El ascenso
del populismo? ¡Culpa de los derechos humanos!
https://doi.org/10.22395/ojum.v19n40a1
Opinión Jurídica, 19(40) • Edición especial 2020 • ISSN (en línea): 2248-4078
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