De la irresponsabilidad patrimonial en el Estado Absolutista y Totalitario a la responsabilidad en el Estado Constitucional, Social y Democrático de Derecho - De la irresponsabilidad a la responsabilidad del Estado constitucional - Responsabilidad del estado social de derecho por los actos del poder constituyente - Libros y Revistas - VLEX 647773381

De la irresponsabilidad patrimonial en el Estado Absolutista y Totalitario a la responsabilidad en el Estado Constitucional, Social y Democrático de Derecho

AutorWilson Ruíz Orejuela
Páginas67-71
Como lo enseña el profesor B L124, la responsabilidad
patrimonial del Estado ha surtido varias etapas, que esquemáticamente pueden
identicarse desde la total irresponsabilidad, luego la responsabilidad personal
de los funcionarios públicos, hasta trasegar por la responsabilidad indirecta del
Estado –tesis organicista–, a la responsabilidad directa, régimen de responsabilidad
subjetiva, la teoría de la falla en el servicio, el régimen de responsabilidad objetiva, a
la cláusula general de responsabilidad y el daño antijurídico.
Esa metodología descriptiva evidencia los cambios de paradigma desde el Estado
Absolutista, su paso al Estado Liberal de Derecho y el retroceso en el Estado Totalitario
y en la actualidad con la vigencia del Estado Constitucional, Social y Democrático de
Derecho, la responsabilidad material.
Sin pretender agotar totalmente el tema, nalidad que sería muy difícil y pretenciosa,
además de desbordar el objetivo de la presente investigación, enseguida se consignan los
elementos jurídico-políticos identicables de cada una de las fases de la responsabilidad
patrimonial del Estado, hasta la actualidad, con énfasis, desde luego en lo sucedido en
Colombia, lo que nos ayudará a construir una teoría de la responsabilidad del Estado
Constitucional colombiano por los actos del Poder constituyente.
Capítulo 1. De la irresponsabilidad patrimonial en el Estado
Absolutista y Totalitario a la responsabilidad en el Estado Cons-
titucional, Social y Democrático de Derecho
Como se denió líneas atrás, en el Estado Absolutista era impensable responsabilizar
al Estado por los daños causados por su acción u omisión, armación fundada en
el origen del poder en la divinidad y en la herencia y en la concepción que se tenía
del Estado cuya nalidad no era propiamente realizar la felicidad de sus súbditos,
sino el mantenimiento del poder por el poder. Es decir, se confundían el gobernante
y el Estado, sin la existencia de controles y menos aún se predicaba del mismo el
principio de responsabilidad.
124 BUSTAMANTE LEDESMA, A. 2003. La responsabilidad extracontractual del Estado. Bogotá: Leyer. p. 5.

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