¿Por qué leer a Günther Jakobs? Más allá de la imagen en el espejo - Núm. 90, Enero 2018 - Revista Nuevo Foro Penal - Libros y Revistas - VLEX 739862733

¿Por qué leer a Günther Jakobs? Más allá de la imagen en el espejo

AutorJulián Rivera Loaiza
CargoAbogado con especialización en derecho penal. Actualmente, Juez 8 Penal del Circuito de Santiago de Cali con funciones de conocimiento. Ha sido auxiliar de magistrado en la Sala Penal de los Tribunales Superiores de Cali y Buga, pasante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y abogado asistente de la Corte Interamericana de Derechos ...
Páginas227-252
Revista Nu evo Foro Penal Vol. 14, No. 90, en ero-junio 2018, pp. 227-252 . Universidad EAF IT, Medellín (ISSN 0120- 8179)
¿Por qué leer a Günther Jakobs?
Más allá de la imagen en el espejo
Why should we read Günther Jakobs?
Beyond the image in the mirror
Fecha de recepción: 26/04/2018 - Fecha de aceptación: 07/ 06/ 2018
JULIÁN RIVER A LOAIZA1
Resumen
Este artículo ofrece algunas razones que explican por qué leer a Günther Jakobs. Así,
lo que Odo Marquard llama “pluralismo de la peculiaridad” ofrece una respuesta al
interrogante, pero también el hecho de que el pasado sea un invitado constante en las
reflexiones sobre el presente y que en éstas Jakobs muestre el lado oscuro del derecho
penal que no deseamos ver: en la tarea de defender a la sociedad, las instituciones
deben sacrificar la libertad de algunos, especialmente de quienes no se integran o
asimilan.
Palabras clave
Bien jurídico, estado previo, enemigo, persona, ciudadano, esfera civil interna, peligros,
estados de excepción.
1 Abogado con especialización en derecho penal. Actualmente, Juez 8 Penal del Circuito de Santiago
de Cali con funciones de conocimiento. Ha sido auxiliar de magistrado en la Sala Penal de los
Tribunales Super iores de Cali y Buga, pasante de la Corte Inte ramericana de Derechos Hum anos y
abogado asiste nte de la Corte Interamer icana de Derechos Humanos . También ha sido pro fesor en
cursos de derecho penal genera l I y II, derecho penal e special II y derec ho penal especial III en la
Facultad de Derecho de la Universidad Santiago de Cali. Correo electrónico: julirivera2001@yahoo.
com. Teléfono 3007062600.
228 ¿Por qué leer a Gü nther Jakobs? Más all á de la imagen en el espe jo - JULIÁN RI VERA L OAIZA
Abstract
This article of fers some reasons that explain w hy Günther Jakobs should be read. Like
what Odo Marquard ca lls "plurism of peculiarity" o ffers an answer to the question, but
also, the fact that the past is a constant guest in the reflections on the present and
in this, Jakobs shows the dark side of the criminal law that we should not see. The
institutions must sacrifice the freedom of some in order to defend society, especially
those who do not intergr ate or assimilate.
Keywords
Legally, previous stage, enemy, citizen, internal civil sphere, dangers, stage of
exception.
Sumario
I. La inclusión de Jakobs: el pluralismo de la peculiaridad. II. Jakobs: ¿El regreso
de los fantasmas del pasado? III. Jakobs: el miedo a los extraños y la guerra como
condi ciones fácticas del funcionamiento del derecho penal de enemigo. IV. Jakobs: la
prefiguración del otro como enemigo. Bibliografía.
El derecho penal es el ámbito, por excelencia, en el cual lo que sustancialmente
entendemos como “derecho penal de enemigo”2 ha sido llevado a sus últimas
consecuencias. El derecho penal está atrapado en el dilema de forjar, desde la
igualdad, garantías para los ciudadanos, y al mismo tiempo ser un escenario en el
que “la deshumanización del extraño” es el preámbulo de la aplicación de medidas
que rompen las “cadenas” del Estado de derecho, haciendo a un lado la “máscara
secular” que oculta la dimensión real del Estado contemporáneo: la política y el
derecho no han logrado despojarse de estruc turas, en las cuales se disuelve la noción
misma de pluralismo y diversidad cultural; se tr ata de un derecho penal para la lucha.
El autor más representativo de esta corriente es Günther Jakobs, pertenecien te a la
2 Para Jakobs un enemigo es quien abandona de modo permanente el derecho, es decir, quien con su
comportamiento impugna por principio y de modo reiterado el orden social establecido. No se trata
sólo de “terroristas” o rebeldes; también otras formas de delincuencia por convicción, la criminalidad
organizada de otra índole y algunos delincuentes no vinculados a organizaciones delictivas. Así,
“quien orienta su vida de modo imputable y más o menos permanente con base en estructuras
criminales se derrumba, si bien no de modo global, pero sí de manera sectorial, la presunción de
comportamiento conforme a derecho, y con ello, un presupuesto de su status en cuanto persona en
derecho” (109).

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