Letra de cambio - De los títulos valores en particular - De los títulos valores - De los títulos valores - 10ma edición - Libros y Revistas - VLEX 800631009

Letra de cambio

AutorLisandro Peña Nossa
Páginas227-253
SECCIÓN SEGUNDA
DE LOS TÍTULOS VALORES EN PARTICULAR
Capítulo 1
Letra de cambio
1. Reseña histórica
No se ha podido establecer con precisión el origen de la letra de cambio, lo que sugiere
que no existe una uniformidad de posiciones respecto a su surgimiento. Aunque hay
quienes atribuyen su nacimiento en el mundo antiguo, pues este instrumento surge
para solucionar el problema del cambio trayecticio en las actividades comerciales,
ya que el trasporte de dinero de una plaza a otra era poco seguro e incluso peligroso,
de modo que empieza la costumbre de emitir una orden de pago, dirigida al lugar en
el que se utilizarían los fondos por el viajero. Así, tendría aplicación el principio de
distancia loci consistente en que la entrega del dinero se hiciese en un lugar diferente
al que se llevó a cabo el negocio.
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el cual fue utilizado tanto por griegos como por romanos, que era en ese entonces,
el modelo más parecido de lo que hoy conocemos como letra de cambio, el cual, fue
empleado en el medioevo, pues se trataba de un documento contentivo de remesas de
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sumas de dinero de uno a otro, estableciéndose así comparaciones con la permutatio
y el cambium
a otra.
La diferencia básica entre este tipo originario de letra y la que actualmente
conocemos, radica en el número de sujetos que intervienen en la relación cambiaria,
puesto que en sus comienzos participaba una cuarta persona denominada numerante,
quien se encargaba de entregar el dinero al librador. En los demás aspectos es igual a
la actual, por ejemplo, si la letra no era aceptada o no se pagaba, se tenía que elevar
la protestatio, un procedimiento que determinaba principalmente el ejercicio de las
acciones del acreedor frente al librador.
LISANDRO PEÑA NOSSA
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se conocía como el crédito lombardo, que se trataba de un documento contentivo
de un derecho al pago de un crédito otorgado a quienes tenían la calidad de
comerciantes. Básicamente en este existía una persona que se conocía como
cambista, quien suscribía una orden en un documento para que otra persona bajo su
propia responsabilidad diera cumplimiento a dicha orden, quien comunicaba dicha
orden era una cuarta persona.
Otros autores, como Goldsmith y Pothier, por su parte atribuyen su nacimiento en
las órdenes de pago de origen francés e inglés, pues aparece reglada en la Ordenanza
Francesa de 1673 Des lettres de change et promesses d’ en fournir, la cual era una
cláusula “a la orden” de carácter facultativo. De allí que la denominación letra de
cambio sea una traducción mal hecha por nuestros antepasados de la Península
Ibérica quienes tradujeron el vocablo francés lettre por letra y no como carta, el cual
es el verdadero sentido que se le da al idioma galo. Por su parte en Inglaterra estas se
ocasionaban mediante dos documentos: la litera patens; y la litera cláusula ambas
contenían la promesa de pagar una suma de dinero en un lugar y fecha determinados
además de la causa, el reconocimiento de la deuda, el vencimiento y la indicación de
quien realizaría el pago.
2. Función económica
Las prácticas mercantiles originaron el surgimiento de los títulos de crédito por
cuanto las transacciones exigían más seguridad, de manera especial, en aquellas
donde se hacía imperioso el traslado de sumas de dinero.
La letra de cambio es uno de dichos títulos pues se encarga básicamente de: 1) evitar
gastos y riesgos en el trasporte de dinero de un lugar a otro; 2) limitar cualquier tipo
de inconveniente que resultante de la existencia diversa de monedas extranjeras;
3) de ser documento representativo de una suma debida y por tanto un instrumento
de pago por medio del cual se extinguen obligaciones; 4) ser un instrumento de
crédito por medio del cual permite obtener dinero o bien para facilitar a su tenedor
la obtención de dinero mediante la circulación de la misma; y 5) ser un instrumento
que documenta operaciones internacionales.
3. Concepto
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contentivo de una orden incondicional y escrita que envía una persona llamada
girador, librador o creador, a otra denominada girador o librado, para que pague o
solucione una obligación dineraria al vencimiento de esta y en un lugar concreto, a
favor de un tercero denominado tomador o tenedor, siempre y cuando este último
pruebe y exhiba su derecho para reclamar su pago.

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