La libertad de la persona en la Ley Fundamental de Alemania según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Federal - Núm. 45, Julio 2016 - Revista Iusta - Libros y Revistas - VLEX 651013005

La libertad de la persona en la Ley Fundamental de Alemania según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Federal

AutorDieter Lorenz
CargoProfesor emérito de la Universidad Konstanz, doctor honoris causa - Universidad Santo Tomás
Páginas45-68
ISSN: 1900-0448, IUSTA, N.º 45, julio-diciembre de 2016, pp. 45-68
La libertad de la persona en la Ley Fundamental
de Alemania según la jurisprudencia del Tribunal
Constitucional Federal*
Dieter Lorenz**
Recibido: 15 de mayo de 2016 • Aprobado: 11 de junio de 2016
Resumen
Tras las garantías jurídicas de la Edad Media y de la Edad Moderna temprana
(Carta Magna; Ley de Habeas Corpus), la Ley Fundamental alemana garantiza
jurídica y -materialmente la libertad de la persona como derecho fundamental (art. 2,
inciso 2, frase 2). Esta garantía se complementa con la garantía judicial para adoptar
privaciones de libertad (art. 104, incisos 2, 3). Su contenido actual de protección ha
sido moldeado, en esencia, por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Federal
que ha destacado el peso especial de la libertad frente a intromisiones preventivas
(detención preventiva, custodia de seguridad) y ha exigido un aseguramiento
complementario por medidas procesales. Así mismo la libertad se ha proyecta-
do de manera variable respecto de distintas situaciones de los extranjeros (asilo,
expulsión, entrega). También el Tribunal Constitucional Federal ha reconocido y
fortalecido el derecho de autodeterminación de los enfermos mentales en relación
con las limitaciones a la libertad y el tratamiento médico (libertad de permanecer
enfermo). La Corte Europea de Derechos Humanos y el Tribunal Constitucional
Federal Alemán han impulsado que las medidas de custodia de seguridad hayan
sido seriamente reformadas (separación de la ejecución penal, resocialización).
* El presente artículo es resultado de la producción académica generada por el convenio suscrito
entre la Universidad Santo Tomas (Sede Bogotá) y la Universidad de Konstanz – Alemania. El proyecto
de investigación al que se adscribe el presente artículo es: “Die Herausforderungen der Verfassung und
Verwaltung gegen den Frieden und die öentliche Sicherheit”. DOI: http://dx.doi.org/10.15332/
s1900-0448.2016.0045.02
** Profesor emérito de la Universidad Konstanz, doctor honoris causa - Universidad Santo Tomás,
ex-vicerrector de la Universidad Konstanz, ex-presidente del Senado de la Universidad Konstanz, ex-
decano de la Facultad de Derecho. El Autor agradece la traducción a Catalina Ibáñez Gutiérrez, L.L.M.
y doctorante en la Universidad Konstanz, y a Diana Sanabria Ramírez, abogada y estudiante L.L.M.
en la Universidad Konstanz. Correo Electrónico: dieter.Lorenz@uni-konstanz.de
Dieter Lorenz
Universidad Santo Tomás, Facultad de Derecho
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Palabras clave: cadena perpetua, Convención Europea de Derechos Humanos,
custodia de seguridad, detención preventiva, resocialización.
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Abstract
Following the legal safeguards created during the Middle Ages and early modern
period (Magna Charta Libertatum, Habeas Corpus Act), the German constitution
guarantees individuals’ freedom as a substantive fundamental right (art. 2 par. 2
s. 2). is is supplemented by a formal protection in the form of judges reserving
the right to intervene in case of any deprivation of liberty (art. 104 par. 2, 3). e
legal scope of this right has been substantially developed in the case law of the
Federal Constitutional Court of Germany (Bundesverfassungsgericht, BVerfG).
Here, judges have emphasized the special weight of personal freedom in cases of
infringement (for example, detention awaiting trial or preventive detention) and
demanded a complementary procedural protection of this fundamental right.
e legal stance on the personal freedom of foreigners (in the cases of asylum,
deportation or extradition) is evaluated dierently. Mentally ill persons’ right to
self-determination in relation to restrictions of freedom and medical treatment
(freedom to have a disease) has been acknowledged and strengthened. As initiated
by the European Court of Human Rights (ECHR) and the BVerfG, preventative
detention has been newly regulated amid the separation of execution of sentence
and the emphasis on rehabilitation.
Keywords: Custodial sentence, European Convention on Human Rights, life
imprisonment, preventive detention, resocialization.

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