Límites a las cláusulas modificativas de la responsabilidad en el derecho moderno de los contratos - Núm. 23, Julio 2012 - Revista de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 736837505

Límites a las cláusulas modificativas de la responsabilidad en el derecho moderno de los contratos

AutorIndira Díaz Lindao
Páginas139-190
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INDIRA DÍAZ LINDAO**
Sumario: I   
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de la responsabilidad en el derecho moderno. C. Alcance y tipologías de las cláusulas
de limitación y de exoneración de responsabilidad. II. Límites a las cláusulas restricti
vas de la responsabilidad en la disciplina general del contrato. A. La prohibición del
pacto de no responder por dolo y culpa grave. 1. (Sigue) Operatividad de la regla.
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de la “causa” (caso francés). III. Límites a las cláusulas restrictivas de la responsabilidad
en la especial categoría de los contratos de adhesión y de consumo. A. Aceptación
expresa de las cláusulas como requisito de forma (caso pionero del derecho italiano).
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Límites a las cláusulas
modificativas de la
responsabilidad
en el derecho moderno
de los contratos*
* Este trabajo corresponde, con algunos ajustes y actualizaciones, a la segunda parte de
la tesis desarrollada en Italia en el marco de una maestría consagrada a la armonización
e integración del derecho de los contratos y de las obligaciones en América Latina, de
la Università degli studi di Roma ‘Tor Vergata’. La primera parte aborda la misma temática en
el derecho romano, en un estudio en perspectivas de solución de las problemáticas de
derecho moderno, y fue publicada en el número 20 (2011) de esta Revista.
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lista en Responsabilidad y Daño Resarcible de la misma Universidad. Máster en Sistema
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degli studi di Roma ‘Tor Vergata’ y doctoranda en Derecho Privado de la Università di Pisa.
Contacto: indira.diaz@uexternado.edu.co Fecha de recepción: 30 de abril de 2012. Fecha
de aceptación: 9 de julio de 2012.
INDIRA DÍAZ LINDAO
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contrato y naturaleza del negocio (casos alemán, brasileño y argentino). C. Proscripción
pura y simple de las cláusulas de limitación de responsabilidad (caso colombiano). IV.
Problemáticas de la aplicación de los límites de las cláusulas restrictivas de la respon
sabilidad, frente al principio de libertad contractual para la determinación el objeto y
el contenido del contrato. Observaciones conclusivas.
Resumen: Los límites a las cláusulas de responsabilidad constituyen una temática
de tradicional importancia en el régimen general del derecho de contratos, que ha
adquirido un protagonismo mayúsculo en la disciplina de los contratos de adhesión y
de consumo. En los países europeos y latinoamericanos pertenecientes a la tradición
jurídica romana, el marco originario de estos límites se encuentra en la prohibición del
pacto de no responder por dolo y la culpa grave. Límite de evidente estirpe romanista y
que ubicaba el control de estas cláusulas en la esfera de ejecución del contrato. Poste
riormente, fungen de manera especial como límites de estas cláusulas el orden público
y las buenas costumbres, por una parte, en la tutela de bienes jurídicos fundamentales
como la vida y a la integridad física de las personas, y por otra, como mecanismo de
protección de la parte débil de la relación contractual en determinados tipos negociales.
Finalmente, en atención a las problemáticas propias de los contratos de adhesión, estos
límites se centran en la actualidad en el equilibrio que debe existir entre los deberes
y las obligaciones de las partes, de conformidad con el principio de buena fe. En las
últimas tendencias jurisprudenciales y legislativas, dicho equilibrio resulta traducido,
de un lado, en el límite de la obligación esencial del negocio con relación directa a la
causa del contrato, y de otro, en la finalidad o la esencia del negocio que se desprende
del tipo legal o la naturaleza del mismo. Los límites a las cláusulas de responsabilidad
se trasladan así, en el derecho moderno, de la esfera de ejecución del contrato a la de
su configuración. Como consecuencia natural de ello, estos límites se convierten al
mismo tiempo en un mecanismo indirecto de control de la libertad contractual que
tienen las partes para determinar el objeto y las obligaciones de un negocio.
Palabras clave: límites a las cláusulas de responsabilidad, cláusulas limitativas de la
responsabilidad, dolo, culpa grave, orden público, buenas costumbres, obligación
esencial del negocio, equilibrio del contrato, buena fe, tipo contractual, naturaleza
del negocio, objeto del contrato.
Contract liability in modern law
Abstract: The limits of liability clauses they are a topic of traditional importance in
the general regime of contract law, which moreover has become a major protagonist
in the discipline of contracts of adhesion and consumption. In the European and Latin
American countries belonging to Roman legal tradition, they find their origin in the
banning of the agreement to waive liability for future willful misconduct and gross
negligence. Limit of Roman origin, which placed the control of these clauses in the
sphere of execution of the contract. Previously, they act as limits of these clauses the
public order and good customs, on the one hand in the protection of fundamental
legal rights such as life and physical integrity of persons and secondly, as a mechanism
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of protection of the weak part of the contractual relation in determined contracts
types. Finally, in response to the problematic properties of the contracts of adhesion
and consumption, these limits are currently focused on the balance that must exist
between the obligations of the parts, of according to the principle of good faith. In
the last legislative and judicial tendencies, this balance results as a translation, on one,
of respect for the essential obligation of contract in direct relation to the cause of the
contract and on the other, in the finality or the essence of the contract that’s a result
of the legal type or of nature itself. The limits of liability clauses are transferred to
modern law, from the sphere of execution of the contract to that of its’ configuration.
As a natural consequence of it, these limits are converted at the same time into an
indirect mechanism of control of contractual freedom that have parts to determine
the object and the obligations of a contract.
Keywords: limitation of liability clauses, willful misconduct, gross negligence, public
order, good uses, essential obligation of contract, balance of contract, good faith,
object of contract, nature of contract, contract type.
I. GENERALIDADES
A. Metodología y delimitación del objeto de estudio
El presente estudio corresponde a la segunda parte de un análisis histórico dog
mático sobre los límites a las cláusulas modificativas de la responsabilidad en el
sistema jurídico de tradición romanista.
La virtud y finalidad de un análisis de este tipo consiste, por un lado, en aprove
char las bases de una misma tradición jurídica, las cuales pueden ser hoy aplicadas
a las problemáticas que se plantean en la materia objeto de nuestro estudio, o que
permiten hacer una relectura crítica de las que ya se vienen aplicando; y, por otra
parte, en identificar y aprovechar las soluciones dadas en el derecho moderno
por los ordenamientos pertenecientes a esa misma tradición jurídica, que a su
vez opera como conductora del aprovechamiento recíproco de la experiencia de
cada ordenamiento.
Las reglas y las soluciones dadas por los juristas romanos fueron abordadas
y plasmadas en un artículo precedente1. En este, en cambio, nos centramos en
los límites concebidos en el derecho moderno a las cláusulas modificativas de la
responsabilidad, en particular, en cuanto corresponde a los países europeos, a las
soluciones dadas por Italia, Francia y Alemania, teniendo en cuenta la influencia
directa o indirecta que estos ordenamientos tienen en el nuestro. En relación con
los países latinoamericanos, nos centraremos en Colombia, por ser este nuestro
1 I. DÍAZ. “Límites a las cláusulas modificativas de la responsabilidad contractual en el
derecho romano. Estudio en perspectivas de solución de las problemáticas de derecho
moderno”, en Revista de Derecho Privado n.º 20, 2011.

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