Marco legal y jurisprudencial del acoso escolar en Colombia 10 años de jurisprudencia constitucional - Núm. 71, Julio 2016 - Revista Temas Socio-Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 690784757

Marco legal y jurisprudencial del acoso escolar en Colombia 10 años de jurisprudencia constitucional

AutorJosé Alejandro Ruiz Forero
CargoAbogado, cursa Certificate IV in legal services en el College of Law Education and Training en Australia
Páginas49-82
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MARCO LEGAL Y JURISPRUDENCIAL DEL ACOSO
ESCOLAR EN COLOMBIA
10 AÑOS DE JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL
José Alejandro Ruiz Forero*
Recibido: Noviembre 1 de 2016
Aprobado: Diciembre 1 de 2016
RESUMEN
En este artículo se hace un análisis de la Jurisprudencia de la Corte
Constitucional de Colombia que sirvió de base para el desarrollo legal
del matoneo, censura o acoso escolar. Se hace una presentación de las
sentencias más relevantes e importantes en las cuales la Corte decide
casos de acoso escolar, así como de los motivos presentados ante el
Congreso pa ra la presentacn d el proyecto que te rmin aría
convirtiéndose a la postre, en la Ley 1620 de 2013, también conocida
como la Ley de Convivencia Escolar.
Palabras clave: acoso escolar, jurisprudencia, convivencia escolar,
derechos constitucionales.
LEGAL FRAMEWORK OF BULLYING IN COLOMBIA 10
YEARS OF CONSTITUTIONAL JURISPRUDENCE
ABSTRACT
This article does an analysis of the jurisprudence of the Constitutional
Court that served as the base to the development of the legal framework
of bullying in Colombia. It presents the most relevant and important
cases in which the Court decides cases of school bullying, and it also
* Abogado, cursa Certificate IV in legal services en el College of Law Education and Training en Australia y
es miembro de la organización Educación Diversa. Correo electrónico: educaciondiversa@gmail.com
Revista Temas Socio Jurídicos
Vol. 36 N° 71 Julio - Diciembre de 2016
pp. 49 - 82
ISSN 0120-8578
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refers to the arguments that motivated the moving forward of the bill that
in turn became Law 1620 of 2013, also known as the Law of School
Well-being.
Keyword s: school bull ying, p recedent, School c oexistence,
Constitutional rights
QUADRO JURÍDICO E JURISPRUDENCIAL DO ACOSSO
ESCOLAR NA COLÔMBIA 10 ANOS DE JURISPRUDÊNCIA
CONSTITUCIONAL
RESUMO
Este artigo apresenta uma análise da jurisprudência do Tribunal
Constitucional da Colômbia que foi a base para o desenvolvimento
jurídico da intimidação, censura ou acosso escolar.
Se faz uma apresentação das sentenças mais relevantes e importantes em
que o Tribunal decide casos de acosso escolar, assim como as razões
apresentadas ao Congresso para a apresentação do projeto que acabaria
por tornar-se, em última análise, a Lei 1620 de 2013, também conhecida
como a lei da convivência escolar.
Palavras-chave: acosso escolar, jurisprudência, convivência escolar,
direitos constitucionais.
1 INTRODUCCIÓN
El documento que se presenta a continuación, tiene como objetivo
realizar un análisis legal y jurisprudencial del desarrollo del tema del
acoso escolar o censura. Para lograr lo anterior, se realizó un proceso de
investigación basado en las técnicas descritas por Diego Eduardo López
Medina, en su obra “El Derecho de los Jueces”. La investigación se
centró específicamente en los 10 años comprendidos entre el 2006 y el
2016, ya que ha sido en este período durante el cual la Corte se ha
pronunciado sobre este tema.
La metodología utilizada en el proceso de investigación, obliga a que se
realice la lectura de las sentencias, de la más reciente a la más lejana, sin
embargo, en el presente documento se analizará el proceso de manera
cronológica, con el fin de intentar presentarle al lector la manera como el
tema fue planteado en un comienzo, cómo se desarrolló y cuáles han sido
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las posiciones sostenidas por la Corte en sus pronunciamientos, así como
del Congreso en el desarrollo de la Ley 1620 de 2013 también conocida
como Ley de Convivencia Escolar.
Según Olweus citado por Castillo Pulido:
Un alumno es agredido o se convierte en víctima cuando está
expuesto, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones
negativas que lleva a cabo otro alumno o varios de ellos. En esta
situación se produce también un desequilibrio de fuerzas (una
relación de poder asimétrica): el alumno expuesto a las acciones
negativas tiene dificultad para defenderse y en cierto modo está
desvalido frente a quienes lo hostigan” (2001, p. 419)
En ese orden de ideas, la Corte Constitucional considera que el acoso
escola r puede c ausa r la vu lner ació n de mú ltip les de re chos
fundamentales reconocidos en la Constitución. La dignidad humana, el
derecho a la intimidad, el derecho al libre desarrollo de la personalidad,
entre otros.
Es indudable que la creación y el desarrollo del marco normativo sobre
convivencia y acoso escolar en nuestro país, se debe en gran parte al
esfuerzo realizado por la Corte Constitucional en su jurisprudencia. La
ley y sus posteriores reglamentaciones han sido esfuerzos legislativos y
ejecutivos por darle cumplimiento a las recomendaciones y órdenes
impartidas por la corporación en sus sentencias. Sus pronunciamientos
han sido argumentativamente sólidos y consistentes. Únicamente en dos
de las sentencias seleccionadas se presentan aclaraciones al voto, ambas
realizadas por el mismo Magistrado, el Dr. Jorge Ignacio Pretelt
Chaljub. Las otras decisiones fueron adoptadas de manera unánime por
la Corte, lo que da cuenta del consenso en la misma sobre la importancia
del tema, así como la necesidad de preservar la unidad argumentativa y
conceptual de la jurisprudencia constitucional.
Respecto a la Ley de 1620 de 2013, también conocida como Ley de
Convivencia Escolar, es importante resaltar que se trató de un proyecto
de ley cuyo trámite fue ampliamente respaldado por todas las fuerzas
políticas representadas en el Congreso de la República. Tanto la
entonces Ministra de Educación como dos de los tres ponentes del
proyecto son miembros del Partido Conservador. El otro de los ponentes
es miembro activo del Partido Liberal. En la página web de Congreso
Visible (congresovisible.org) se puede consultar el trámite legislativo
Vol. 36 N° 71 Julio - Diciembre de 2016

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