Matrimonio y adopción: dos instituciones en transformación familiar a partir de la jurisprudencia constitucional colombiana a favor de las parejas LGBTI - Núm. 15, Julio 2014 - Nuevo Derecho - Libros y Revistas - VLEX 638148425

Matrimonio y adopción: dos instituciones en transformación familiar a partir de la jurisprudencia constitucional colombiana a favor de las parejas LGBTI

AutorVíctor Julián Moreno Mosquera
CargoMg. en Estudios Políticos y Relaciones Internacionales de la U.P.B., Especialista en Derecho Civil con énfasis en Familia de la U.N.A.U.L.A. y Abogado de la I.U.E.
Páginas113-128
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Matrimonio y adopción: dos instituciones en transformación familiar
a partir de la jurisprudencia constitucional colombiana
a favor de las parejas LGBTI*
Víctor Julián Moreno Mosquera**
Resumen. La reciente decisión constitucional de permitir la adopción de una lesbiana respecto del hijo
menor de su compañera permanente, en la sentencia SU – 617 de 2014, ha expuesto nuevamente la fragilidad
del concepto familiar colombiano sustentado en la tradición conservadora. Ya la Corte Constitucional había
trazado una ruta de reconcocimiento constitucional a las familias LGBTI con la sentencia C-577 de 2011, según
la cual en la actualidad varios doctrinantes y jueces consideran viable el matrimonio igualitario. A esta decisión
se suma el caso Burr, donde se concedió la difícil adopción de dos niños de 13 y 9 años de edad a un adoptante
homosexual a quien posteriormente el I.C.B.F. le retirara los niños por considerar amenazados sus derechos y
garantías.
La crítica actual a la tradición institucional del matrimonio y la adopción, está encarnada en las nuevas
lógicas familiares que carecen de la condición excluyente impuesta por único modelo nuclear, monogámico
y heterosexual. La perspectiva humanista del modelo político social del Estado, es garante de la diversidad y
la inclusión a pesar de la resistencia social al cambio. Los resultados de esta investigación terminada arrojan
elementos críticos a la discusión sobre la crisis del modelo familiar colombiano y la necesidad de adecuar el
derecho de familia a las exigencias de la sociedad contemporánea.
Palabas Clave: Adopción, Matrimonio, Familia, comunidad L.G.T.B.I., Derechos Fundamentales, juris-
prudencia constitucional y Estado Social de Derecho.
Abstract: The recent constitutional decision to allow the adoption of a lesbian to the minor son of his
permanent companion in Case SU - 617 of 2014 has exposed the fragility of the Colombian familiar concept
supported by the conservative tradition again. And the Constitutional Court had drawn a constitutional path for
the LGBTI families with the judgment C-577 of 2011, under which several indoctrinators currently feasible and
judges consider marriage equality. In this decision the Burr case, where the difficult adoption of two children
aged 13 and 9 years old was granted a gay adopter who later joins the ICBF Children will retire to consider their
rights and guarantees threatened by extinction. Current institutional tradition of marriage and adoption criticism
is embodied in the new family of logics that lack the exclusionary condition imposed by single nuclear, mono-
gamous and heterosexual model. The humanistic perspective of political social state model is the guarantor of
diversity and inclusion despite social resistance to change. The results of this research shed critical completed
the discussion on the crisis of the Colombian family model and the need to bring family law to the demands of
contemporary society elements.
Key words: Adoption, Marriage, Family, LGBTI community, Fundamental Rights, constitutional jurispru-
dence and rule of law.
Nuevo Derecho, Vol. 10, No. 15, julio-diciembre de 2014, pp. 113-128 - ISSN: 2011-4540. Envigado –Colombia
* Este artículo de investigación es producto de la ponencia presentada durante el V Encuentro de la Red de Estu-
dios Sociojurídicos Nodo Antioquia organizado por la Universidad de Antioquia en el año 2012. Además cuenta
como antecedente en él, la investigación terminada: La familia colombiana en la postmodernidad: hacia una teoría
crítica del derecho de familia, implicaciones y consecuencias político jurídicas, presentada en la IV Convocatoria
de Investigaciones promovida por la Oficina Central de Investigaciones de la Institución Universitaria de Envigado.
** Mg. en Estudios Políticos y Relaciones Internacionales de la U.P.B., Especialista en Derecho Civil con énfasis
en Familia de la U.N.A.U.L.A. y Abogado de la I.U.E. Docente de Tiempo Completo de la Institución Universitaria
de Envigado. Investigador Principal en el proyecto. Coordinador Grupo de Investigación: Auditorio Constitucional.
Línea de investigación: Dinámicas Familiares y Derecho. victorjuliancol@hotmail.com
ND
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Nuevo Derecho, Vol. 10, No. 15, julio-diciembre de 2014, pp. 113-128 - ISSN: 2011-4540. Envigado –Colombia
Víctor Julián Moreno Mosquera
Introducción
El año 2014 pasara a la historia colombiana
como el año en que la Corte Constitucional
colombiana echó por tierra la tradición jurí-
dica ordinaria, conservadora y formalista, al
ordenar tramitar la adopción solicitada por
una pareja cuya orientación sexual es dis-
tinta al hetero. Esta decisión sin precedentes
consideró que el criterio de discriminación
con fundamento en la orientación sexual era
inaceptable en materia de adopción para el
caso en que la compañera permanente soli-
cita la autorización administrativa y judicial
para adoptar a la hija biológica de su pare-
ja1. Empero, esto no resuelve el derecho de
adopción de manera general para las fami-
lias con orientación sexual diversa, si sirve
como instrumento de acercamiento entre
la realidad social y el derecho en clave del
principio de dignidad humana establecido
por la condición social del Estado.
Esta posición de la Corte Constitucional, re-
sulta congruente con los vientos de cambio
y sincretismo que soplan en la Santa Sede
católica con ocasión de la Sínodo Extraor-
dinario de la Familia. Las transformaciones
socioculturales han generado que primera
vez un Papa llamara a los máximos jerarcas
de su iglesia a expresarse con total libertad
sobre temas tan polémicos y tabúes como:
“… el matrimonio homosexual, las parejas
de hecho, el divorcio y la comunión para
los divorciados que se vuelven a casar, el
papa instaba a la iglesia a debatir y a abrirse
a los cambios que el modelo de familia está
atravesando”2. Vale decir, que es innegable
la influencia política y cultural que tiene la
Iglesia Católica en los cambios o retrocesos
legislativos relacionados con la familia en
Colombia.
Desde el año 2007, se pueden rastrear mo-
dificaciones en la forma de interpretar la ins-
titución familiar para el Derecho. Las recla-
maciones de las parejas pertenecientes a la
comunidad LGTBI3 tendrían eco por primera
vez en los oídos de la Corte Constitucional.
Desde ese momento, se libraría una batalla
constitucional por el reconocimiento, la in-
clusión, la tolerancia y la diferencia de las
familias diversas4.
1 Después de esperar casi cinco años, la Corte ordenó la protección de los derechos fundamentales de la familia
diversa, mas recordó que el alcance de la sentencia de tutela está restringido a aquellos asuntos posteriores y aná-
logos desde sus hechos a este fallo. Ámbito Jurídico. 1 al 14 de Septiembre de 2014. p. 8
2 La asamblea fue fijada al término de una consulta mundial sobre la evolución de la familia, lanzada por el
papa argentino pocos meses después de su elección en marzo del 2013. Durante quince días, del 5 al 19 de
octubre, unos 300 prelados, entre cardenales y arzobispos de todos los continentes, debatirán a puerta cerrada
sobre “Los desafíos pastorales de la familia en el contexto de la evangelización”. http://www.latercera.com/noti-
cia/mundo/2014/10/678-598710-9-sinodo-de-la-familia-vaticano-debate-sobre-matrimonio-divorcio-y-bodas.shtml.
(Consultado 10 de Octubre de 2014)
3 En las decisiones posteriores, la Corte, evitaría referirse al concepto familia o familiar para no chocar con la clá-
sica y moderna interpretación de familia contenida en el artículo 42 Constitucional. A este punto de la discusión la
mayoría de los juristas sostenían que solo vía referendo constitucional podría incluirse las familias con orientación
sexual diversa. La sentencia C-075 de 2007, concedería el derecho de participación en la sociedad de gananciales
derivada de la Unión Marital de Hecho para las parejas L.G.B.T.I, esto es, Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transge-
neristas e Intersexuales. Esta última clasificación es la más reciente y sirve para referenciar a personas que tienen
ambigüedad física o genital de género. El caso más extremo es el hermafroditismo. Pero existen quienes tienes
alteraciones genéticas como intermedias que hacen más complejo el asunto. (Moreno, 2011)
4 Lo dicho, deja en evidencia, una contradicción entre lo que dice la Corte, y como trata a las minorías. Esta
desarmonía propia del ordenamiento jurídico se hace comparable con una visión posmoderna de la fórmula fami-
liar en la jurisprudencia colombiana (Moreno, 2011). De un lado, tanto los servidores públicos como la sociedad
en general aún están anclados en el paradigma anterior que mira la familia como un hecho natural inmutable que
descansa en los preceptos heterosexual y nuclear, contrario a la materialización del derecho familiar exigido por
parte de las parejas LGBTI a casarse y adoptar.

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