Movimientos indígenas del continente americano en la década de 1970 - Movimientos indígenas internacionales y transnacionales - El desarrollo indígena, una promesa esquiva: derechos, cultura, estrategia - Libros y Revistas - VLEX 845670728

Movimientos indígenas del continente americano en la década de 1970

AutorKaren Engle
Páginas97-131
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Capítulo 2
MOVIMIENTOS INDÍGENAS DEL CONTINENTE
AMERICANO EN LA DÉCADA DE 1970
2.1. el movimiento cuarto mundo
y el panindiani Smo
En la década de 1970 empezó a surgir la defensa de los derechos
indígenas en distintos movimientos tribales, nacionales e inclu-
so regionales. En el capítulo 1 describí los modelos políticos y
legales de los que los defensores disponían en esos tiempos. La
integración, la descolonización o autodeterminación y los de-
rechos humanos ya habían sido incluidos en varios documentos
legales nacionales e internacionales. Si bien el integracionismo
era el modelo más concretamente aplicable al contexto de los
pueblos indígenas (mediante el Convenio 107 de la Organización
Internacional del Trabajo [oit]), los marcos conceptuales de la
autodeterminación y de los derechos humanos también habían
empezado a permear la escena internacional, tanto desde la
perspectiva doctrinaria como desde la discursiva.
En el transcurso de las últimas décadas, los defensores de
los derechos indígenas se han opuesto al integracionismo y, en
diferentes instancias, se han apoderado de los otros dos modelos.
Los debates en torno a la Declaración de las Naciones Unidas
sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas planteados en la
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Karen Engle
introducción de este libro demuestran el modo en que el modelo
de la autodeterminación sigue abriéndose camino para tener
reconocimiento político y legal. Aun así, los derechos humanos
se han convertido en el rótulo dominante de la conquista de
los derechos indígenas. Sin embargo, el modelo de los derechos
humanos que ha sido promovido por los pueblos indígenas, y en
su nombre, puede distinguirse de los derechos humanos univer-
sales criticados por la Asociación Americana de Antropología
en 1947. Más bien, como se demostrará en el capítulo 4, ha
prevalecido una estrategia enfocada en el derecho a la cultura.
Este capítulo explora diversas tendencias de la defensa de los
derechos indígenas que surgieron en la década de 1970, antes de
que las Naciones Unidas crearan instituciones o procedimientos
específicos para ocuparse de los asuntos indígenas. El capítulo
se enfoca —aunque no exclusivamente— en los movimientos
del continente americano. Su objetivo es comprender el pen-
samiento y la situación legal y geopolítica en los que estaban
inmersos, y por medio de los cuales estos movimientos indíge-
nas comenzaron a organizarse a través de afiliaciones tribales y
nacionales, al tiempo que, tal vez sin advertirlo, se preparaban
para una participación institucional internacional en las décadas
de 1980 y 1990. En este capítulo busco continuar con la com-
paración que comencé en el capítulo 1, considerando las si-
militudes y diferencias entre la defensa de los derechos en las
antiguas colonias británicas en América del Norte y la de las
antiguas colonias españolas en Latinoamérica. Reitero: pretendo
ofrecer solo una muestra de la gama de las distintas defensas de
derechos en esas regiones y no un relato histórico exhaustivo.
En la década de 1970, los movimientos indígenas del conti-
nente americano —en realidad de todo el mundo— compartían
una fuerte oposición a las políticas integracionistas y asimila-
cionistas de los Estados, representadas en parte en el Convenio
107 de la oit. Dado que el discurso de los derechos humanos
aún no estaba del todo a su alcance por los motivos planteados
en el capítulo 1, los grupos indígenas y sus defensores solían
recurrir en sus luchas a los modelos de descolonización, auto-
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El desarrollo indígena, una promesa esquiva. Derechos, cultura, estrategia
determinación y autonomía. En Canadá y Estados Unidos, los
defensores se apropiaron del lenguaje de la descolonización y la
autodeterminación, el último de los cuales incluía referencias a
tratados indios. En Latinoamérica, el término autonomía tendió
a tener mayor preeminencia, con un enfoque en la conservación
o recuperación de la cultura.
Si bien las tribus de Canadá y Estados Unidos no siempre
emplearon el lenguaje de la autodeterminación para reclamar su
derecho a un Estado, sí demandaron con frecuencia la aplicación
de los tratados que las naciones indias habían celebrado con las
antiguas potencias coloniales y con los colonos. La existencia
de esos tratados constituyó un medio mediante el cual las na-
ciones indias podían reclamar el control territorial y sobre sus
recursos. Como se especifica en el capítulo 1 en relación con
el trabajo de Patricia Seed, la tendencia de los pueblos indíge-
nas de Latinoamérica era no confiar en esos argumentos. En
lugar de ello, por lo general se centraron en la necesidad de la
distinción cultural, cuando no física o territorial.
Hubo también, por supuesto, coincidencias significativas
en los movimientos de defensa de los derechos que surgieron
en América del Norte y Latinoamérica, particularmente en sus
críticas a las políticas asimilacionistas y en sus políticas panin-
dígenas. Aun así, sugiero que las diferencias de énfasis en las
diversas tendencias se volvieron significativas en las décadas
subsiguientes, prediciendo las diferentes posiciones adoptadas
por los países en esas regiones respecto del lenguaje sobre la
libre determinación en la Declaración de las Naciones Unidas.
Mientras que Canadá y Estados Unidos estuvieron entre los
pocos países (junto con otras dos antiguas colonias inglesas) en
oponerse a la declaración, Perú fue el principal patrocinador
de un decisivo proyecto que se presentó al Tercer Comité en el
20061. México desempeñó un papel fundamental en negociar
1 un. General Assembly. 61st Session. Third Committee Approves Draft
Resolution on Right to Development. un Press Release. GA/SHC/3878.
28 de noviembre de 2006.

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