Norma internacional de contabilidad no 37: provisiones, activos y pasivos contingentes; sección 21 NIIF-PYMES - Normas Internacionales de Contabilidad. Entendiendo las NIC/NIIF y NIIF-PYMES a través de ejercicios prácticos - Libros y Revistas - VLEX 741973897

Norma internacional de contabilidad no 37: provisiones, activos y pasivos contingentes; sección 21 NIIF-PYMES

AutorCarlos Alberto García Montaño/Luz Adriana Ortiz Carvajal
Páginas231-280
Carlos Alberto García Montaño - Luz Adriana Ortiz C arvajal
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8. NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD
No 37: PROVISIONES, ACTIVOS Y PASIVOS
CONTINGENTES; SECCIÓN 21 NIIF-PYMES
Introducción: Esta norma se encuentra vigente para estados financieros que se
preparan y presentan desde el 01 de julio de 1999, con ella se encuentran
relacionadas varias interpretaciones, IFRIC 1, Cambios en pasivos existentes o retiro
del servicio, r estaura ción y similares; IFRIC 5 Derechos por la participación en
fondos para el retiro del servicio, la resta uración y la rehabilitación medio-
ambiental; IFRIC 6, Obligaciones surgidas de la pa rticipación en mercados
específicos. Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos; IFRIC 17, Distribución
a los propietar ios, de a ctivos que no son efectivo. La NIIF-PYMES está vigente
desde julio de 2009.
Objetivo: El objetivo de esta Norma es asegurar que se utilicen las bases apropiadas
para el reconocimiento y la medición de las provisiones, pasivos contingentes y
activos contingentes, así como que se revele la información complementaria
suficiente, por medio de las notas, como para permitir a los usuarios comprender la
naturaleza, calendario de vencimiento y valores, de las anteriores partidas.
Limitaciones al alcance: Esta Norma debe ser aplicada por todas las entidades, al
proceder a contabilizar sus provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes,
excepto:
(a) Aquéllos que se deriven de contratos pendientes de ejecución, excepto cuando el
contrato es oneroso; y (b) aquéllos de los que se ocupe alguna otra Norma.
Esta Norma no es de aplicación a los instrumentos financieros (incluyendo las
garantías) que caen en el alcance de la NIC 39: Instrumentos Financieros:
Reconocimiento y Medición.
Cuando otra Norma se ocupe de un tipo específico de provisión, pasivo contingente
o activo contingente, una entidad aplicará esa Norma en lugar de la presente. Por
ejemplo, ciertos tipos de provisiones se abordan en las Normas sobre:
(a) contratos de construcción (véase la NIC 11 Contratos de Construcción);
(b) el impuesto a las ganancias (véase la NIC 12 Impuesto a las Ga nancias);
(c) arrendamientos (véase la NIC 17 Arrendamientos). Si bien esta NIC 17 no
contiene ninguna especificación sobre cómo tratar los arrendamientos operativos que
resulten onerosos para la entidad, por lo que habrá que aplicar la presente Norma
para tratarlos;
(d) beneficios a los empleados (véase la NIC 19 Beneficios a los Empleados); y
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(e) contratos de seguro (véase la NIIF 4 Contratos de Seguro): No obstante, esta
Norma es de aplicación a las provisiones, pasivos contingentes y activos
contingentes de una entidad aseguradora que sean diferentes de sus obligaciones y
derechos en virtud de contratos de seguros que estén dentro del alcance de la NIIF
4.
Conceptos fundamentales
Provisión: Es un pasivo en el que existe incertidumbre acerca de su cuantía o
vencimiento.
Pasivo: Es una obligación presente de la entidad, surgida a raíz de sucesos pasados,
al vencimiento de la cual, y para cancelarla, la entidad espera desprenderse de
recursos que incorporan beneficios económicos.
Suceso que da origen a la obligación: Es todo aquel suceso del que nace una
obligación de pago, de tipo legal o implícita para la entidad, de forma que a la entidad
no le queda otra alternativa más realista que satisfacer el valor correspondiente.
Obligación legal: Es aquélla que se deriva de: (a) un contrato (ya sea a partir de sus
condiciones explícitas o implícitas); (b) la legislación; o (c) otra causa de tipo legal.
Obligación implícita: Es aquélla que se deriva de las actuaciones de la propia
entidad, en las que: (a) debido a un patrón establecido de comportamiento en el
pasado, a políticas empresariales que son de dominio público o a una declaración
efectuada de forma suficientemente concreta, la entidad haya puesto de manifiesto
ante terceros que está dispuesta a aceptar cierto tipo de responsabilidades; y (b) como
consecuencia de lo anterior, la entidad haya creado una expectativa válida, ante
aquellos terceros con los que debe cumplir sus compromisos o responsabilidades.
Pasivo contingente: Es (a) una obligación posible, surgida a raíz de sucesos
pasados, cuya existencia ha de ser confirmada sólo por la ocurrencia o no-ocurrencia
de uno o más eventos inciertos en el futuro, que no están enteramente bajo el control
de la entidad, o (b) una obligación presente, surgida a raíz de sucesos pasados, que
no se ha reconocido contablemente porque: (i) no es probable que la entidad tenga
que liquidarla, desprendiéndose de recursos que incorporen beneficios económicos;
o (ii) el valor de la obligación no pueda ser medido con la suficiente fiabilidad.
Activo contingente: Es un activo de naturaleza posible, surgido a raíz de sucesos
pasados, cuya existencia ha de ser confirmada sólo por la ocurrencia, o en su caso
por la no ocurrencia, de uno o más eventos inciertos en el futuro, que no están
enteramente bajo el control de la entidad.
Carlos Alberto García Montaño - Luz Adriana Ortiz C arvajal
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Contrato de carácter oneroso: Es todo aquel contrato en el cual los costos
inevitables de cumplir con las obligaciones que conlleva, exceden a los beneficios
económicos que se esperan recibir del mismo.
Reestructuración: Es un programa de actuación, planificado y controlado por la
gerencia de la entidad, cuyo efecto es un cambio significativo: (a) el alcance de la
actividad llevada a cabo por la entidad; o (b) la manera en que tal actividad se lleva
a cabo.
Requisitos para reconocer una provisión: Debe reconocerse una provisión cuando
se den las siguientes condiciones:
(a) una entidad tiene una obligación presente (ya sea legal o implícita) como
resultado de un suceso pasado;
(b) es probable que la entidad tenga que desprenderse de recursos, que incorporen
beneficios económicos para cancelar tal obligación; y
(c) puede hacerse una estimación fiable del valor de la obligación.
De no cumplirse las tres condiciones indicadas, la entidad no debe r econocer la
provisión.
Medición económica de la provisión: Parar efectos de la medición económica de
la provisión es necesario tener en cuenta varios aspectos entre otros, realizar la mejor
estimación del probable desembolso que deba realizar la entidad, de la misma
manera deben ser tenidos en cuenta los riesgos y las incertidumbres que rodean los
sucesos, el valor del dinero en el tiempo, los eventos que podrán llegar a afectar el
valor de la provisión.
Mejor estimación: El valor reconocido como provisión debe ser la mejor
estimación, al final del periodo sobre el que se informa, del desembolso necesario
para cancelar la obligación presente.
Riesgo e incertidumbres: Para realizar la mejor estimación de la provisión, deben
ser tenidos en cuenta los riesgos e incertidumbres que, inevitablemente, rodean a la
mayoría de los sucesos y las circunstancias concurrentes a la valoración de la misma.
Valor presente: Cuando resulte importante el efecto financiero producido por el
descuento, el valor de la provisión debe ser el valor presente de los desembolsos que
se espera sean necesarios para cancelar la obligación.
Sucesos futuros: Los sucesos futuros, que puedan afectar a la cuantía necesaria para
cancelar la obligación, deben ser objeto de reflejo en la evaluación de la misma,

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