Norma internacional de contabilidad No.16: Propiedad, planta y equipo; sección 20 NIIF-PYMES - Normas Internacionales de Contabilidad - Libros y Revistas - VLEX 821044973

Norma internacional de contabilidad No.16: Propiedad, planta y equipo; sección 20 NIIF-PYMES

AutorCarlos Alberto García Montaño - Luz Adriana Ortiz Carvajal
Páginas83-128
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Capítulo 4
Norma internacional de contabilidad
No.16: Propiedad, planta y equipo;
sección 20 NIIFPYMES
4.1 Introducción
Esta norma se encuentra vigente a diciembre de 2017 y debe ser aplicada a la
elaboración y presentación de estados nancieros confeccionados a partir del 1
de enero del 2005. La NIIF-PYMES está vigente desde julio de 2009 y se encuentra
actualizada a diciembre de 2017.
Existe el IFRIC 20 Costo de desmonte en la fase de producción de una mina a cielo
abierto relacionado con esta norma. El IASB ha modicado esta norma, incluyendo
las plantas productoras, dentro del alcance de la NIC 16. Por consiguiente, a las
entidades se les permitiría elegir entre el modelo del costo o el modelo de revalua-
ción para las plantas maduras para producir fruto.
Con la adopción de las enmiendas realizadas a la NIIF-PYMES en mayo de 2015, a
través del Decreto 2496 de diciembre de 2015, las empresas que apliquen la regu-
lación contable establecida para el grupo No. 2 podrán elegir dentro de sus polí-
ticas contables el modelo del costo o el modelo de revaluación para la medición
posterior de sus activos de la propiedad, planta y equipo.
Objetivo: el objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable de la pro-
piedad, planta y equipo, de los cuales las mayores dicultades son la estimación
de su costo inicial y el momento de su activación.
Limitaciones al alcance: esta norma no aplica para:
(a) Las propiedades, planta y equipo clasicadas como mantenidas para la venta
de acuerdo con la Norma Internacional de Información Financiera 5 Activos No Co-
rrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones Discontinuadas;
NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD
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(b) los activos biológicos relacionados con la actividad agrícola, distintos de las
plantas productoras (véase la NIC 41 Agricultura). Esta norma se aplica a las plantas
productoras, mas no a los productos que se obtienen de las mismas;
(c) el reconocimiento y medición de activos para exploración y evaluación (véase
la Norma Internacional de Información Financiera 6 Exploración y Evaluación de
Recursos Minerales); o
(d) las inversiones en derechos mineros, exploración y extracción de minerales,
petróleo, gas natural y otros recursos no renovables similares.
Conceptos fundamentales
Planta productora: es una planta viva que:
(a) se utiliza en la elaboración o suministro de productos agrícolas;
(b) se espera que produzca durante más de un periodo; y
(c) tiene una probabilidad remota de ser vendida como productos agrícolas, ex-
cepto por ventas incidentales de raleos y podas.
Propiedad, planta y equipo: son los activos tangibles que la empresa tiene para
su uso en la producción, administración o para producir rentas, cuya vida útil es
superior a un periodo.
Requisitos para su reconocimiento: un elemento de propiedades, planta y equi-
po se reconocerá como activo si y solo si:
(a) sea probable que la entidad obtenga los benecios económicos futuros deri-
vados del mismo; y
(b) el costo del activo para la entidad pueda ser valorado con abilidad.
Medición económica inicial: esta se realiza mediante el criterio del costo; entre
los elementos que integran el costo en la medición inicial de un activo se tiene
en cuenta su precio de adquisición, incluidos los aranceles de importación y los
impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, después
de deducir cualquier descuento o rebaja del precio;
(b) todos los costos directamente relacionados con la ubicación del activo en el
lugar y en las condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista
por la gerencia;
(c) la estimación inicial de los costos de desmantelamiento o retiro del elemento,
así como la rehabilitación del lugar sobre el que se asienta, cuando constituyan
obligaciones en las que incurre la entidad como consecuencia de utilizar el ele-
mento durante un determinado periodo, con propósitos distintos del de la pro-
ducción de inventarios durante tal periodo.
CARLOS ALBERTO GARCÍA MONTAÑO, LUZ ADRIANA ORTIZ CARVAJAL
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Son ejemplos de costos: (a) los costos de benecios a los empleados (según se
denen en la NIC 19 Benecios a los Empleados), que procedan directamente de
la construcción o adquisición de un elemento de propiedades, planta y equipo;
(b) los costos de preparación del emplazamiento físico; (c) los costos de entrega
inicial y los de manipulación o transporte posterior; (d) los costos de instala-
ción y montaje; (e) los costos de comprobación de que el activo funciona ade-
cuadamente, después de deducir los valores netos de la venta de cualesquiera
elementos producidos durante el proceso de instalación y puesta a punto del
activo (tales como muestras producidas mientras se probaba el equipo); y (f) los
honorarios profesionales.
Con relación a la regulación colombiana establecida en el Decreto 2649/93 (art.
64), se adicionan la estimación inicial de los costos de desmantelamiento y rehabi-
litación del lugar sobre el que se asienta el activo y también los desembolsos para
la vericación de que el activo se encuentra funcionando correctamente.
Intereses pagados en préstamos: es necesario precisar que, en principio, la NIC
16 establece que los costos que sean pagados por intereses deben ser llevados al
gasto; que para efecto de activar los intereses se requiere que el activo sea apto o
cualicado, aspecto que dene la NIC 23 en el párrafo 5. Un activo apto es aquel
que requiere, necesariamente, de un periodo sustancial antes de estar listo para el
uso al que está destinado o para la venta.
La Sección 25 de la NIIF-PYMES prohíbe expresamente la activación de los
costos por intereses que hayan sido pagados en la adquisición de un activo.
Así que, cuando el pago de la adquisición de un activo se diera en un tiempo
superior al corto plazo, existe la presunción del pago de unos intereses, por lo que
el costo del bien será el valor presente de todos los pagos que se deban realizar
en el futuro.
Adquisición de propiedad, planta y equipo en permuta: los activos que se ad-
quieran a través de una permuta deben ser medidos al valor razonable excepto
que este no pueda ser medido con abilidad o que la transacción no tenga carác-
ter comercial (es decir, que la conguración riesgo, calendario y valor de los ujos
de efectivo tanto del bien que se recibe como del bien que se entrega no tiene
mayor variación); cuando esto ocurra, los bienes recibidos se medirán al valor en
libros del bien que se entrega.
Medición económica posterior: dentro de las políticas contables, la entidad, bien
pertenezca al grupo 1 o al grupo 2 (con las enmiendas de la NIIF-PYMES produci-
das en mayo de 2015 e incluidas para Colombia a través del Decreto 2496 de 2015,
a las empresas sujetas al marco regulativo para PYMES también les está permitida
la medición posterior con el modelo de revaluación), debe elegir entre el modelo

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