Normas de derecho internacional privado en materia de bienes: la regla lex rei sitae en América Latina y Colombia - Núm. 37, Julio 2019 - Revista de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 798761325

Normas de derecho internacional privado en materia de bienes: la regla lex rei sitae en América Latina y Colombia

AutorMaría Julia Ochoa Jiménez
CargoUniversidad de Antioquia, Medellín (Colombia); profesora de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Doctora en Derecho, Georg-August-Universität Göttingen, Göttingen (Alemania). Contacto: julia.ochoa@udea.edu.co. Orcid: https://orcid.org/0000-0002-3701-9018.
Páginas121-151
REVISTA DE DERECHO PRIVADO, ISSN: 0123-4366, E-ISSN: 2346-2442, N.º 37, 2019, 121-151
Normas de derecho
internacional privado
en materia de bienes: la regla
lex rei sitae en América Latina
y Colombia*
MARÍ A JULIA OCHOA JIMÉN EZ
**
RESUMEN. Este artículo es resultado de una investigación cualitativa cuyo objetivo
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otros ordenamientos jurídicos. En tal sentido, se hace una exposición de las normas
de derecho internacional privado en materia de bienes en América Latina. Luego se
analiza la situación al respecto en Colombia. Finalmente, se realizan algunos breves
planteamientos para una futura revisión de la forma en que se encuentra la regla lex
rei sitae en el derecho internacional privado colombiano.
PALABRAS CLAVE: 
reales, América Latina, Colombia.
* Fecha de recepción: 28 de septiembre de 2018. Fecha de aceptación: 6 de mayo de 2019.
Para citar el artículo: OCHOA JIMÉNEZ, M. J., “Normas de derecho internacional privado en ma-
teria de bienes: la regla lex rei sitae en América Latina y Colombia”, Revista de Derecho Priva-
do, Universidad Externado de Colombia, n.° 37, julio-diciembre 2019, 121-151, DOI: https://DOI.
org/10.18601/01234366.n37.06
Este artículo se completó en la Biblioteca del Max-Planck-Institut für ausländisches und internatio-
nales Privatrecht, 
instituto.
** Universidad de Antioquia, Medellín (Colombia); profesora de la Facultad de Derecho y Ciencias Po-
líticas. Doctora en Derecho, Georg-August-Universität Göttingen, Göttingen (Alemania). Contacto:
julia.ochoa@udea.edu.co. Orcid: https://orcid.org/0000-0002-3701-9018.
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MAR Í A JUL I A OCH O A JIM É N E Z
International Private Law Norms on Property:
The lex situs-rule in Latin America and Colombia
ABSTRACT. This paper results from a qualitative research, whose general objective
 
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offers an overview of Latin America’s international private law on property. Then, it
analyzes the situation in Colombia. Finally, the paper proposes some ideas in order
to contribute to a future revision of the way in which the lex situs-rule is included in
Colombian international private law.
KEYWORDS:-
ca, Colombia.
SUMARIO. Introducción. I. Las normas de derecho internacional privado sobre
bienes en América Latina. A. El porqué de la regla lex rei sitae: una respues-
ta histórica. B. Normas nacionales en los países latinoamericanos. 1. Diferentes
reglas para bienes inmuebles y para bienes muebles. 2. Ausencia de distinción
entre reglas para bienes inmuebles y para bienes muebles. C. Normas internacio-
nales adoptadas en América Latina. D. Derechos adquiridos y bienes en tránsito.
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Contenido del artículo 20 del Código Civil. C. Análisis del artículo 20 del Código
Civil. D. El Tratado de Montevideo de 1889 sobre derecho civil internacional. E.
Normas sobre garantía mobiliaria. III. Breves apuntes para la discusión en Colombia.
Conclusiones. Referencias.
Introducción
Los derechos que una persona extranjera tenga en cuanto propietaria de un bien
inmueble situado en Argentina, Perú o Ecuador son regidos por las normas que re-
gulan la propiedad en los ordenamientos jurídicos argentino, peruano o ecuatoriano,
respectivamente. De igual manera, se aplicarían las normas colombianas si el bien
estuviera localizado en el territorio de Colombia. Esto puede parecer sencillamente
normal u obvio. Pero, en realidad, es así porque en cada uno de esos países existe
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la cual tales derechos están sujetos al ordenamiento jurídico del Estado en el cual
los bienes se encuentren situados. Esta regla del derecho internacional privado se
denomina lex rei sitae.
El uso de esta regla1 suele ser aceptado y defendido por la doctrina y ha sido
tradicionalmente preferido por la mayoría de los ordenamientos jurídicos en
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