Nuevas realidades, nuevo lenguaje - Entendiendo lo básico - Estándares/Normas internacionales de información financiera (IFRS/NIIF). Incluye ejercicios y estudios de caso - 6ta edición - Libros y Revistas - VLEX 800703285

Nuevas realidades, nuevo lenguaje

AutorSamuel Alberto Mantilla Blanco
Páginas3-29
SECCIÓN UNO. ENTENDIENDO LO BÁSICO 3
1
NUEVAS REALIDADES, NUEVO LENGUAJE
Las nuevas evoluciones del entorno económico mundial han generado nuevas condiciones (rela-
ciones contractuales), nuevos eventos (riesgos de negocio) y nuevas transacciones (bastante más
allá del tradicional comprar y vender).
En función de ello, el lenguaje de los negocios, esto es, la contabilidad, ha tenido transformaciones
asombrosas y se ha concretado en información nanciera sometida a condiciones rigurosas: que
sea de la más alta calidad e igual a nivel global, independiente de las formas jurídicas que se usen
para los contratos, los riesgos o las transacciones. Pero todavía más: sometida a controles internos
fuertes y asegurada razonablemente por equipos de alto desempeño.
Ello ha dado origen a esfuerzos impresionantes de parte de gobiernos, autoridades, reguladores,
emisores de estándares, inversionistas, analistas, medios de comunicación, público en general
y, por supuesto, de la profesión contable (preparadores, analistas y auditores de información
nanciera). Tales esfuerzos buscan, principalmente garantizar que la información nanciera
contenida en los estados nancieros sea de la más alta calidad, respaldada por estándares
reconocidos globalmente.
Como las cosas no son iguales a como veníamos acostumbrados se hace necesario, inicialmente,
aprender el nuevo lenguaje y dominarlo para proceder a su implementación. A continuación se
presentan los elementos básicos que es necesario tener siempre presentes.
Qué signica IFRS/NIIF
Básicamente existen tres enfoques para entender qué son los IFRS/NIIF.
Un primer enfoque se reere al ‘vocablo. IFRS es el acrónimo de International Financial Reporting
Standards, que al español es traducido como Estándares Internacionales de Información Financiera,
ocialmente bajo el acrónimo NIIF (Normas internacionales de información nanciera).
Una primera dicultad, en español, es que como se traducen ‘normas’ se piense que el asunto es
de carácter legal. Ello no necesariamente es así. Se trata de ‘estándares,’ esto es, la mejor práctica,
la mejor calidad, la cual algunas veces está incorporada en algunas jurisdicciones (p.ej., Unión
Europea), otras veces es permitida (p.ej., en los Estados Unidos, para los emisores privados
extranjeros) y otras veces no está incorporada en la legislación.1
La marca original (registrada) o, si se preere, el nombre propio es IFRS.
1 A partir de la Ley 1314 de 2009 Colombia inició su tránsito hacia los estándares internacionales y ha
ido incorporando como norma local las secciones normativas de las NIIF (pero no las Bases para las
Conclusiones, y tampoco los Ejemplos Ilustrativos). También ha hecho algunas salvedades y excepcio-
nes a estándares concretos (por ejemplo, lo relacionado con pérdidas de crédito esperadas de la NIIF
9). Dada la cantidad de normas emitidas sobre el particular, fue emitido el Decreto 2420 de 2015 “Único
reglamentario de las normas de contabilidad, de información nanciera y de aseguramiento de la infor-
mación y se dictan otras disposiciones,” el cual fue modicado por el decreto 2496 de 2015 y otras nor-
mas posteriores, siendo la más reciente el Decreto 2170 de 2017, que han ido incorporando estándares
especícos. Adicionalmente, diferentes superintendencias han emitido sus propias reglamentaciones y
guías, generándose diferencias importantes en algunos sectores (nanciero, cooperativo, salud, seguros,
principalmente). El lector deberá estar atento a esto. El presente libro se reere a los IFRS/NIIF tal y como
son emitidos por IASB, no a las legislaciones especícas vigentes en los distintos países.
ESTÁNDARES/NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (IFRS/NIIF) SAMUEL ALBERTO MANTILLA B.
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NIIF es la denominación usada por la traducción ocial al español y, entre otras cosas ha recibido
muy buena acogida. Como la traducción al español sale aproximadamente un año después de
la emisión original (un plazo que tiende a acortarse), pueden existir algunas diferencias entre los
contenidos de las NIIF y los contenidos de los IFRS. Actualmente NIIF también es marca registrada
y su uso está restringido.
Debe tenerse en cuenta que en el proceso de los IFRS una parte muy importante son los procesos
previos que llevan a la denición del estándar: la agenda, los documentos para discusión, los
borradores para discusión pública y las cartas comentario. Desafortunadamente, los documentos
que corresponden a estos procesos previos generalmente se encuentran solamente en inglés. De
manera excepcional, como fue el caso del borrador para discusión pública del IFRS for SMEs, se
dispuso de su traducción a varios idiomas, incluido el español (NIIF para PYMES).
Debe tenerse presente, entonces, que las referencias ‘actualizadas’ siempre se hacen al sistema
IFRS.
Para facilidad del lector, en esta sección se utiliza la expresión IFRS/NIIF: el sistema de referencia
es el IFRS y se dispone de buena parte del mismo (los estándares / las normas) en español, bajo
la denominación NIIF. Las siguientes secciones, por facilidad para el lector, utilizan únicamente la
expresión IFRS.
Igualmente, en esta publicación se coloca en primer lugar el término original en inglés (IFRS) y
seguidamente el término en español (NIIF).
No se olvide que los IFRS también se traducen a otros idiomas (Alemán, Griego, Italiano, Francés,
Árabe, Japonés, Chino, Ruso, etc.).
Debe tenerse muy presente el parágrafo 23 del Preface to IFRS [Prólogo a los IFRS]:
The approved text of any discussion docu-
ment, exposure draft, or IFRS is that approved
by the IASB in the English language. The IASB
may approve translations in other languages,
provided that the translation is prepared in
accordance with a process that provides as-
surance of the quality of the translation, and
the IASB may license other translations.
El texto aprobado de cualquier documento
para discusión, borrador para discusión pú-
blica, o IFRS es el aprobado por IASB en in-
glés. IASB puede aprobar traducciones a otros
idiomas, provisto que la traducción es prepa-
rada de acuerdo con un proceso que ofrezca
aseguramiento de la calidad de la traducción,
y provisto que IASB puede otorgar licencia a
otras traducciones.
Un segundo enfoque se reere al ‘conjunto’. El sistema IFRS está compuesto por los estándares
internacionales de información nanciera, los estándares internacionales de contabilidad y las
interpretaciones. La tabla siguiente resume este conjunto.

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