El nuevo régimen de capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad y su alcance frente al régimen de capacidad en materia societaria - Núm. 1591, Febrero 2020 - Boletín Colegio de Abogados Comercialistas - Libros y Revistas - VLEX 843856283

El nuevo régimen de capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad y su alcance frente al régimen de capacidad en materia societaria

AutorJuan Sebastián Rincón Vega
CargoUniversidad del Rosario
Páginas9-10
9
deber ha sido analizado por la
Superintendencia de Sociedades a la luz
del abuso del derecho al voto y la
desestimación de la personalidad jurídica.
Si un socio considera que el deber de
lealtad ha sido vulnerado, podría hacer uso
de instrumentos como la exclusión de
accionistas, la desestimación de la
personalidad jurídica y el abuso del
derecho con base en los artículos 39, 42 y
43 de la Ley 1258 de 2008.
De otra parte, la Superintendencia de
Sociedades explicó cuáles son las mayorías
y el quórum requeridos en una SAS para
tomar la decisión sobre una fusión
abreviada cuando ésta es tomada por una
junta directiva. Para ello, el concepto
señaló que la sociedad por acciones
simplificada no estará obligada a tener
Junta Directiva, salvo previsión estatutaria
en contrario y que la SAS está sujeta a las
disposiciones del Código de Comercio que
consagra, en el artículo 437, que la Junta
Directiva  
válidamente con la presencia y los votos de
la mayoría de sus miembros, salvo que se
   .
Así, en caso de que exista Junta Directiva,
las reglas sobre la decisión de fusión
abreviada deberán tomarse en el marco de
lo establecido en los estatutos sociales. Por
lo anterior, la Superintendencia de
Sociedades concluyó que existe quórum
deliberatorio y mayorías con la presencia y
votos de la mayoría absoluta de sus
miembros.
El documento completo puede consultarse
aquí:
https://www.supersociedades.gov.co/nue
stra_entidad/normatividad/normatividad
_conceptos_juridicos/OFICIO_220-
179486_DE_2019.pdf
El nuevo régimen de capacidad legal de
las personas con discapacidad mayores de
edad y su alcance frente al régimen de
capacidad en materia societaria
Superintendencia de Sociedades
Oficio 220-179476 del 31 de diciembre de
2019
Por: Juan Sebastián Rincón Vega
(Universidad del Rosario)
La Superintendencia de Sociedades analizó
el alcance de la Ley 1996 de 2019, 
medio de la cual se establece el régimen
para el ejercicio de la capacidad legal de
las personas con discapacidad mayores de
 frente a los artículos 103, 899 y 900
del Código de Comercio. Al respecto, el
concepto concluyó:
modificados expresamente por Ley
Comercio, modificado por la Ley 222
de 1995, les prohíbe a los incapaces
ser socios de sociedades colectivas y
gestores de sociedades colectivas. Es
decir, que los incapaces solamente
pueden asociarse en sociedades
anónimas, de responsabilidad
limitada o como comanditarios en
sociedades en comandita por
intermedio de su representante legal

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