Los nuevos modelos: una solución equilibrada a la problemática del P2P - Núm. 17, Enero 2013 - Revista La Propiedad Inmaterial - Libros y Revistas - VLEX 735660773

Los nuevos modelos: una solución equilibrada a la problemática del P2P

AutorSantiago Piñeros Durán
CargoAbogado de la Universidad Externado de Colombia egresado en el año 2012. Actualmente trabaja en Pensamiento y Acción Social - pas, en la línea de Territorios, Empresas y Derechos Humanos. Para más información: [www.pas.org.co]. Artículo basado en la tesis de grado del autor, 'La responsabilidad jurídica y los nuevos modelos de negocio como...
Páginas5-29
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introducción
Desde el nacimiento del derecho de autor con el estatuto de la Reina Ana de
Inglaterra, en 1710, el derecho ha buscado proteger la relación que existe entre
los autores y sus creaciones intelectuales con el fin de estimular la creatividad y
proporcionarles los medios suficientes para continuar con esa labor mediante un
reconocimiento.
Sin embargo, con el tiempo se fueron incluyendo excepciones al derecho de
reproducción para permitir que se dieran usos libres sobre determinadas obras lite-
rarias y artísticas sin la autorización previa y expresa del autor. Esto se daría siempre
que no se causara un perjuicio injustificado a los intereses del autor y no se afectara
la normal explotación de la obra. Así, a partir del siglo xix la legislación de autor
registró la necesidad de encontrar un equilibrio entre los derechos patrimoniales
de explotación sobre las obras y la necesidad de la sociedad en general de acceder y
disfrutar de esas obras en pro de la cultura y la educación, sin perjudicar a los autores.
Desde ese entonces nunca han cesado los argumentos sobre el interés público y
social del derecho de autor, ya que la propiedad intelectual ha tenido que proteger
los intereses colectivos que justifican la utilización libre de obras, sin desconocer
en ese trámite los derechos de los autores.
los nuevos modelos:
una solucin equilibrada
a la problemtica del p2p
* Abogado de la Universidad Externado de Colombia egresado en el año 2012. Actual-
mente trabaja en Pensamiento y Acción Social - pas, en la línea de Territorios, Empresas
y Derechos Humanos. Para más información: [www.pas.org.co]. Artículo basado en la
tesis de grado del autor, “La responsabilidad jurídica y los nuevos modelos de negocio
como factores de equilibrio del derecho de autor en las redes digitales”, y en el modelo
de compensación alternativa expuesto por William W. Fisher iii en su obra Promises to
Keep: Technology, Law, and the Future of Entertainment (Stanford University Press, 2004).
Contacto: [pinerosduran@hotmail.com]. Fecha de recepción: 2 de enero de 2013. Fecha
de aceptación: 4 de julio de 2013. Para citar el artículo: Piñeros Durán, S. “Los nuevos
modelos: una solución equilibrada a la problemática del p2p”, La Propiedad Inmaterial,
n.º 17, noviembre de 2013, pp. 5-29.
revista la propiedad inmaterial n.º 17 - noviembre de 2013 - pp. 5 - 29
Santiago Piñeros Durán
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Un siglo después se dio la llegada de la “era digital”, lo cual le dio al derecho de
autor una nueva razón para redefinirse y para replantear sus postulados. Los titulares
de derechos de autor y derechos conexos se vieron en la necesidad de reforzar y dar
mayor alcance al conjunto de derechos para que la protección tuviera una mayor
claridad en el entorno digital. Se firmaron los Tratados de la ompi o “Tratados In-
ternet” que extendieron la protección al ámbito digital consagrando paralelamente
una nueva visión del conjunto de excepciones y limitaciones para buscar un nuevo
equilibrio entre el derecho de autor y las demandas de la sociedad. Pero el adveni-
miento de nuevas tecnologías, la digitalización de las obras y la llegada de las redes
p2p rompieron ese equilibrio y remembraron conflictos muy similares a los que se
dieron históricamente, como sucedió con la invención de los gramófonos.
Hoy el sistema de derechos de autor demuestra una vulnerabilidad sin preceden-
tes. Ante el aumento en los índices de infracciones a derechos en la red –llamadas
piratería por algunos– la ley y la justicia han sido insuficientes, y ello ha generado
una reacción de los Estados y de las poderosas industrias del entretenimiento para
establecer protecciones cada vez más estrictas y reforzadas ante los fenómenos de
la tecnología. Sin embargo, los desarrollos tecnológicos han demostrado ir mucho
más rápido que la ley de autor.
i. las infracciones a derechos de autor en la red:
las redes p2p y el intercambio de contenidos
La piratería, según la definición de la ifpi1, es la infracción deliberada de la ley de
copyright a escala comercial, refiriéndose a ella como la copia no autorizada de una
obra original con propósitos comerciales en relación con la piratería de productos
musicales. La sgae, por su parte, la define como cualquier acto por el cual se lleva
a cabo una explotación de derechos de propiedad intelectual de manera ilícita, con
la finalidad de eludir el cumplimiento de la ley sacando utilidad de un negocio o
industria en provecho propio (Calvi, 2006).
La ciberpiratería –como un subgénero de la piratería– se ha entendido como
el conjunto diverso de infracciones al copyright que se pueden dar en las redes
digitales, transgredan estas el derecho de reproducción (almacenamiento digital),
de comunicación pública (puesta a disposición) o de distribución. Es el aprove-
chamiento de derechos exclusivos que puede llegar a producir una afectación al
patrimonio de los titulares de derechos en formato digital.
El medio más común por el cual los usuarios de la red han compartido y des-
cargado música y contenidos protegidos han sido las redes peer-to-peer. La función
principal de estas redes es el intercambio de archivos, sean estos de música, video,
1. “The term of piracy is generally used to describe the deliberate infringement of copyright
on a commercial scale. In relation to the music industry […] simple piracy is the unauthor-
ized duplication of an original recording for commercial gain without the consent of the
rights owner” (ifpi).

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