La obra de arquitectura y los proyectos arquitectónicos y su protección en la legislación sobre derechos de autor
Autor | Wilson Rafael Ríos Ruiz |
Cargo | Abogado egresado de la Universidad Externado de Colombia, con estudios en Propiedad Intelectual y Nuevas Tecnologías de la Academia de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (ompi). Autor del libro Propiedad Intelectual en la era de las Tecnologías de Información y Comunicaciones (tic´s), coeditado por la Facultad de Derecho de la ... |
Páginas | 143-168 |
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“El reciente fallo de la Corte Constitucional, deja a salvo, y crea un justo medio entre
los derechos morales del arquitecto - autor del proyecto arquitectónico, y el derecho de
dominio de quien ejerce la titularidad de un bien inmueble construido”.
wi f iz*
i. introducción
Bastante se ha discutido acerca de si las obras de arquitectura acabadas y construidas
deben tener una protección por las normas sobre Propiedad Intelectual, en par-
ticular si el Derecho de Autor debe o no dispensar una protección a los edificios,
la obra de arquitectura y
los royectos arquitectnicos
y su roteccin en la legislacin
sobre derecho de autor
comentarios a la sentencia
de constitucionalidad c - 871-10,
sobre la exequibilidad del
artculo 43 de la ley 23 de 1982
* Abogado egresado de la Universidad Externado de Colombia, con estudios en Pro-
piedad Intelectual y Nuevas Tecnologías de la Academia de la Organización Mundial
de la Propiedad Intelectual (ompi). Autor del libro Propiedad Intelectual en la era de
las Tecnologías de Información y Comunicaciones (tic´s), coeditado por la Facultad de
Derecho de la Universidad de los Andes y Temis editores S.A. (2009). Coautor de los
libros Internet Comercio Electrónico & Telecomunicaciones (2002) y Derecho de Internet
& Telecomunicaciones (2003), coeditados por Legis S.A., y la Universidad de los Andes
de Colombia. Miembro y ex Presidente del Centro Colombiano del Derecho de Autor
(cecolda); de la Asociación Colombiana de la Propiedad Intelectual (acpi). Miembro
del Grupo De estudios en Internet, Comercio Electrónico & Telecomunicaciones e In-
formática de la Universidad de los Andes (gecti); de la Comunidad Informática Alfa –
Redi, y miembro Honorario de la Asociación Colombiana de Derecho Informático y de
las Nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (acoditic). Profesor de
Pregrado de la Facultad de Derecho y de Postgrado en el Modulo de Nuevas Tecnologías
y Derecho de Autor en la Especialización de Propiedad Industrial, Derecho de Autor y
Nuevas Tecnologías de las universidades Externado de Colombia, Andes, Rosario y Sergio
Arboleda, en Colombia.
Desde abril de 1996 trabaja como abogado de Propiedad Intelectual y nuevas tecnologías
de la Dirección Jurídica de la Universidad de los Andes y es consultor en asuntos de Propie-
dad Intelectual (Derecho de Autor y Propiedad Industrial), Nuevas Tecnologías, Comercio
Electrónico y Nombres de Dominio en Internet. Correo-e:
wrios@uniandes.edu.co
. Fecha de
recepción: 11 de marzo de 2011. Fecha de aceptación: 14 de septiembre de 2011.
reista la roiedad inmaterial n.º 15 - noiembre de 2011 - . 143 - 168
Wilson Rafael Ríos Ruiz
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reista la roiedad inmaterial n.º 15 - noiembre de 2011 - . 143 - 168
la obra de arquitectura y losproyectos arquitectónicos y su protección…
a los proyectos arquitectónicos, a los planos, maquetas y demás elementos tanto
bidimensional como tridimensionales que comporta la obra de arquitectura y los
elementos que le sirven como preludio y base para finalmente lograr la existencia
corpórea de un bien inmueble que en muchas de las ocasiones, por no decir que en
todas, termina perteneciendo a un tercero totalmente distinto y ajeno al arquitecto
que realiza el diseño, el proyecto arquitectónico y logra la obra en pie. Generalmente
la obra de arquitectura ostenta la calidad de obra hecha por encargo y puede por
lo tanto también presentar características propias de las obras colectivas y también,
en algunos eventos, de las obras en colaboración.
Lo primero que debemos precisar, y que nos servirá de punto de partida para
nuestros comentarios, estriba en determinar qué tanto la obra de arquitectura, los
proyectos arquitectónicos y los planos respectivos son objeto de protección a través
de las normas autorales vigentes, en los ámbitos nacional e internacional. Para
ello es preciso acudir al Artículo 2 del Convenio de Berna del 9 de septiembre de
1886, complementado en París el 4 de mayo de 1896, revisado en Berlín el 13
de noviembre de 1908, completado en Berna el 20 de marzo de 1914 y revisado
en Roma el 2 de junio de 1928, en Bruselas el 26 de junio de 1948, en Estocol-
mo el 14 de julio de 1967 en París el 24 de julio de 1971 y enmendado el 28 de
septiembre de 1979, así como al Artículo 2 de la Ley 23 de 1982 y el Artículo 4
de la Decisión Andina 351, Régimen común sobre Derecho de Autor y Conexos
para los Países que integran de la Comunidad Andina de Naciones (can), antes
denominado Pacto Andino. Veamos:
ii. convenio de berna
Art. 2. numeral 1) Los términos « obras literarias y artísticas » comprenden todas las
producciones en el campo literario, científico y artístico, cualquiera que sea el modo
o forma de expresión, tales como los libros, folletos y otros escritos; las conferencias,
alocuciones, sermones y otras obras de la misma naturaleza; las obras dramáticas o
dramático-musicales; las obras coreográficas y las pantomimas; las composiciones
musicales con o sin letra; las obras cinematográficas, a las cuales se asimilan las obras
expresadas por procedimiento análogo a la cinematografía; las obras de dibujo, pintura,
arquitectura, escultura, grabado, litografía; las obras fotográficas a las cuales se asimilan
las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía; las obras de artes aplicadas;
las ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras plásticas relativos a la geografía, a la
topografía, a la arquitectura o a las ciencias.
a. guía del convenio de berna
De acuerdo con lo establecido y explicado en la Guía del Convenio de Berna, tex-
to editado y publicado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
(ompi), 1978 isbn 92-805-0003-1., y cuyo fin es entender de mejor manera todas
y cada una de las disposiciones del Convenio de Berna, en la página 17, al referirse
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