Oficio 220-070651 del 23 de Abril de 2020.Ilegalidad del uso de los criptoactivos en las actividades de comercialización en red o mercadeo multinivel en Colombia - Núm. 4-2020, Abril 2020 - Boletín Conceptos Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 846943795

Oficio 220-070651 del 23 de Abril de 2020.Ilegalidad del uso de los criptoactivos en las actividades de comercialización en red o mercadeo multinivel en Colombia

Páginas19-23
Conceptos jurídicos emitidos por La Superintendencia de Sociedades - Abril 2020
Este Despacho se permite señalar que el tema obje-
to de consulta fue recientemente resuelto median-
te el Ocio 2020-01-137748 del 19 de abril de 2020,
el cual, a connuación, nos permimos transcribir
para su conocimiento, no siendo necesario realizar
pronunciamiento adicional respecto de las materias
consultadas, ya que las conclusiones del señalado
Ocio le son plenamente aplicables:
“(…) Es necesario indicar, como lo han difundido y
adverdo otras autoridades en Colombia, tales como
el Banco de la República, la Superintendencia Finan-
ciera, la Unidad de Información y Análisis Financiero
en adelante UIAF, como esta Superintendencia, en-
tre otras, respecto a la inexistencia de una legisla-
ción que se haya ocupado de manera integral, sobre
el uso de los criptoacvos en adelante CA en el mer-
cado colombiano.
Lo anterior a efectos, de permir a los inversores
contar con instrumento legal, parcular y apropiado
que brinde legalidad y que por lo menos garance la
migación de los riesgos económicos en la cadena
transaccional, por posibles fraudes, estafas, fallas en
los sistemas, captación ilegal de recursos, nancia-
ción del terrorismo, lavado de acvos, evasión scal,
falta de norma expresa que permita la protección del
consumidor tanto del sistema nanciero como del
comercio en general por los inconvenientes opera-
vos que pudieran presentarse por las operaciones o
uso de los CA (…).
(…) De todo lo dicho, sin lugar a dudas, las personas
del público en general que parcipan en operaciones
OFICIO 220-070651 del 23 de abril de 2020.
DOCTRINA:
ILEGALIDAD DEL USO DE LOS
CRIPTOACTIVOS EN LAS ACTIVIDADES DE
COMERCIALIZACIÓN EN RED O MERCADEO
MULTINIVEL EN COLOMBIA
PLANTEAMIENTO:
1. “¿Es posible que una compañía multinivel reciba en criptomonedas los pagos de
sus vendedores independientes, bien por el ingreso a la red o por el reconsumo
mensual? Lo anterior, de conformidad con el oficio 220-097361 del 10 de julio de
2018, cuando indica: “En lo que respecta al desarrollo de actividades empresariales
bajo la modalidad multinivel para “la venta y colocación de moneda virtual” esta
Oficina se pronunció en torno a su ilegalidad, como quiero que en este coso se
configuro la captación no autorizada de recursos del público, para representarla en
moneda virtual, y se configuran los supuestos del artículo 6° del Decreto 4334 del
17 de noviembre de 2008”.
2. “¿Se configuraría la figura de captación, en los términos del artículo 6 del Decreto
4334 de 2008, cuando una entidad multinivel recibe los pagos de vinculación y/o
reconsumo mensual de parte de los vendedores independientes vinculados a la
red multinivel en criptomonedas?”
POSICIÓN DOCTRINAL:

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