Oficio 220-143236 del 01 de agosto de 2020. Levantamiento de medidas cautelares por ministerio de la ley - Artículo 4 del decreto ley 772 de 2020
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Conceptos Jurídicos emitidos por La Superintendencia de Sociedades - Agosto 2020
LEVANTAMIENTO DE MEDIDAS CAUTELARES
POR MINISTERIO DE LA LEY - ARTÍCULO 4
DEL DECRETO LEY 772 DE 2020
DOCTRINA:
PLANTEAMIENTO:
OFICIO 220-143236 DEL 01 DE AGOSTO DE 2020
“¿Si con copia del auto que admite proceso de reorganización, se puede solicitar a
las autoridades judiciales o administrativas que, en ejercicio del proceso de cobro
por jurisdicción coactiva, levanten las medidas cautelares practicadas y se ordene el
reintegro de los recursos o de los bienes embargados o secuestrados a la sociedad
concursada?”
POSICIÓN DOCTRINAL:
Este Despacho se permite resolver la inquietud en el
siguiente contexto:
E D L
lo siguiente:
A M -
A
L
D L -
-
E-
E E S E
D
-
-
E
-
INFORMACIÓN AQUÍ:
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