Oficio no. 115-009819 De 26 de enero de 2011 - P.U.C. Plan Único de Cuentas para Comerciantes 2012 - Libros y Revistas - VLEX 430076702

Oficio no. 115-009819 De 26 de enero de 2011

Páginas64-72
Normas de Contabilidad64
OFICIO 115-009819 DEL 26 DE ENERO DE 2011
REGISTRO DEL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO LEY
Se recibió su escrito radicado con el número 2010-01-342071 del 14 de diciembre
pasado, mediante el cual solicita se le indique la forma como debe hacer el registro
contable del impuesto al patrimonio establecido en la Ley 1370 de 2009, que se genera
el 1 de enero de 2011 y será cancelado durante los cuatro años subsiguientes.
Previo a atender su solicitud, es necesario aclararle que las consultas que se presentan
a esta Entidad se resuelven de manera general, abstracta e impersonal, de acuerdo
con las facultades conferidas en ejercicio de las atribuciones de inspección, vigilancia
y control de las sociedades comerciales expresamente señaladas en la Ley 222 de
1995 y se circunscribe a hacer claridad en cuanto al texto de las normas de manera
general, para lo cual armoniza las disposiciones en su conjunto de acuerdo al asunto
que se trate y emite su concepto, ciñéndonos en un todo a las normas vigentes sobre
la materia.
Para atender su solicitud, consideramos procedente analizar las normas que tienen
relación directa con el tema consultado. En primer lugar observaremos lo relacionado
con la ocurrencia del impuesto al patrimonio y en segundo lugar, las normas que rigen
el registro contable en esta materia:
El artículo 1º de la Ley 1370 de 2009 adicionó el artículo 292-1 del Estatuto Tributario
en los siguientes términos:
"Artículo 292-1. Impuesto al Patrimonio. Por el año 2011, créase el impuesto al
patrimonio a cargo de las personas jurídicas, naturales y sociedades de hecho,
contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta. Para efectos de este gravamen,
el concepto de riqueza es equivalente al total del patrimonio líquido del obligado.
Los contribuyentes podrán imputar el impuesto al patrimonio contra la cuenta de
revalorización del patrimonio, sin afectar los resultados del ejercicio."
"Artículo 293-1" Hecho generador. Por el año 2011, el impuesto al patrimonio, al
que se refiere el artículo 292-1, se genera por la posesión de riqueza a 1o de enero del
año 2011…"
"Artículo 294-1" Causación. El impuesto al patrimonio a que se refiere el artículo
292-1 se causa el 1o de enero del año 2011".
"Artículo 296-1" Tarifa. La tarifa del impuesto al patrimonio a que se refiere el
artículo 292-1 es la siguiente…"

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