Parte orgánica de la Constitución colombiana (De los elementos constitutivos del Estado colombiano) - Núm. 14, Noviembre 2000 - Revista de Derecho de la División de Ciencias Jurídicas - Libros y Revistas - VLEX 51605644

Parte orgánica de la Constitución colombiana (De los elementos constitutivos del Estado colombiano)

AutorWilson Herrera Llanos
CargoAbogado. Especialista en Derecho Administrativo
Páginas160-172

Page 160

I Precisiones generales sobre el tema

De acuerdo con la teoría general de la Constitución, o Derecho Constitucional General, materia que, como sabemos, se constituye en requisito fundamental para el análisis del contenido de nuestra Carta en particular, se puede decir que con ligeras, por no decir formales diferencias, los autores están de acuerdo en señalar como elementos que integran, suponen o condicionan, la existencia jurídico-política del Estado, al Territorio o elemento físico, a la Población o elemento humano y al poder o Autoridad, elemento jurídico y coercitivo, sin olvidarnos dePage 161 quienes incluyen además, como un cuarto elemento, al denominado «fin del Estado», «reconocimiento de su soberanía», etc.1

Sin detenernos en las razones de una u otra denominación, esos tres elementos nos servirán de guía expositiva en estas anotaciones al texto constitucional colombiano, no obstante que un examen cuidadoso del orden formal o esquemático de presentación de tales temas que hace la Constitución de 1991, nos mueve a suponer que el criterio del constituyente de ese año, al consagrar en su Título V los vocablos «organización» y «estructura» del Estado, para referirse y desarrollar sólo uno de tales elementos (el poder o autoridad), como si el Estado se redujera sólo al apara to insti tucional que gobierna o i m pera organizado en ramas y órganos, fue el de asignar a la expresión «organización del Estado» el sentido de la «gobernabilidad», es decir, el que se refiere a la forma como el Estado dispone su autoridad para regir en la mejor forma, que se hubiera expresado mejor como «estructura del poder estatal», sentido que, como se ve, difiere del que le hemos de imprimir a este estudio académico de los elementos constitutivos del Estado.

En efecto,nuestra Carta consti tucional primero denomina su Título III, «de los habitantes y del territorio», de manera independiente, y después denomina su Título Vcomo «de la Organización del Estado», y lo integra con dos capítulos llamados «de la estructura del Estado», el lino, en el que se define exclusivamente la composición y funciones de las ramas y órganos del poder público, y la «función pública», el otro, en el que se fijan los criterios para el manejo del personal adscrito a dichas ramas y órganos.

Como se ve, en el Título V el constituyente de 1991 enunció, de manera general, la forma de organización gubernamental adoptada por el Estado colombiano a partir de ramas y órganos autónomos e independientes sin olvidarse, después de describirlos y señalar someramente sus respectivas funciones (capítulo i) y de precisar las reglas básicas para el manejo del personal adscrito a su desempeño (capítulo II).

Más tarde, en títulos consecutivos se desarrolla de ma ñera particular y específica la normatividad de dicha estructura.

De manera más lógica, o por lo menos más sistemática, desde el punto de vista de la técnica expositiva, la Carta de 1886 desarrollaba en tirulos, en su orden, primero el tema relativo a la Nación y al Territorio, después el de los Habitantes, naciona les y ex tran jeros, con sus derechos y garantías y, finalmente, el de las ramas y órganos del poder público.

Page 162

Y es que si por «organización» debe entenderse, a la luz del diccionario de la lengua, el ordenen que se disponen los elementos constitutivos de algo, con un fin determinado, es decir, la realización de una buena disposición material y funcional, «sujetando a reglas el número, orden, armonía y dependencia de las partes», en tanto que «estructura» es esa disposición en sí misma, todo lo cual conlleva una concepción integral, no se ve la razón para que la Constitución, bajo el epígrafe de «organización del Estado», sólo incluya uno de sus elementos.

Todo esto nos indica que, contrario a lo que estiman algunos autores2, no creemos que éste sólo sea un tema propicio para un manual de derecho sino que se trata de la ubicación conceptual de los temas en un estatuto que, como en la Carta constitucional, la ubicación expositiva de cada vocablo puede estar sujeta a interpretaciones sobre el criterio o espíritu del constituyente, con todas las consecuencias de aplicación práctica que esto conlleva.

De todas formas, como nuestros comentarios han sido titulados «parte orgánica de la Constitución» para desarrollar los «elementos constitutivos del Estado», sí hemos creído que por la claridad académica que una visión global de estos temas requiere, la mejor disposición de dichos comentarios, en un orden coherente de exposición sistemática, debe referirse, primero, al territorio colombiano, después, a la población y, finalmente, a la autoridad o poder público, sin dejar de incluir en cada uno todo su desarrollo temático, a fin de evitar dispersiones que generen confusión en quien se inicia en estos estudios.

II Del territorio colombiano
a Presentación

El tema del Territorio, como ámbito físico, que jurídica, política y administrativamente está comprometido con el ejercicio de la soberanía esta tal, se encuentra desarrollado en nuestra Carta de manera dispersa.

Es así como en el artículo 101, que encabeza el capítulo 4 del Título 111, se consagra su noción y elementos, en tanto que su carácter y dominio fiscal se expresan en los artículos 63, 102 y 332, que son normas ubicadas indistintamente en los títulos II, III y XII y, finalmente, las formas de su organización y manejo a través de circunscripciones con nivel de entidades territoriales, creadas o por crear, se tratan en los artículos 285 a 337 del Título XI constitucional.

Para seguir con nuestro criterio de coherencia y exposición global, nuestros comentarios se harán no sólo desde la perspectiva de la noción del territorio y su contenido básico,Page 163 sino que los extenderemos a la forma como constitucional mente éste ha sido organizado para cumplir con el cometido básico estatal de su administración política y jurídica.

b De su noción y elementos

La importancia de la noción de Territorio como depositario de una Soberanía Absoluta de los estados ha disminuido desde el momento en que la Soberanía propiamente dicha se convertió en una materia sujeta a regulación del campo internacional, donde impera, aunque sea revestida de formalismo jurídico, la voluntad del más fuerte, y donde las regulaciones internas, en últimas, dependen del acuerdo bilateral o multilateral de los estados, a través de los cuales se pueden llegar a imponer limitaciones aun en los campos de la explotación económica de recursos propios.

La Constitución colombiana desde sus albores adoptó la no siempre aceptada técnica de definir su Territorio a través del enunciado de los tratados internacionales determinan tesde sus límites con la s naciones vecinas.

Hasta 1968, en la Carta sólo se mencionó el Suelo como elemento territorial, peroautores como Alvaro Copete Lizaralde sostenían, con fundamento en que el artículo 4° declaraba que el Territorio, con los bienes públicos que de él formaban parte, pertenecían a la Nación, que tal declaración era una implícita referencia a otros elementos del territorio como el subsuelo, el Espacio Aéreo, el Mar Territorial y la Plataforma Continental.

La reforma constitucional de 1968 asumió positivamente, por primera vez, estos elementos, sin abandonar la descripción de sus límites a partir de los tratados que los causaron y sin dejar de lado el texto del viejo artículo 4°, pero fue la Carta de 1991 la que extendió el concepto de Territorio, además, a la Zona Económica Exclusiva, al Segmento de la Órbita Geoestacionaria y al Espectro Electromagnético y abandonó el enunciado de los tratados de límites, aunque no dejó de mencionar los territorios insulares.

Es así como el artículo 101 de la actual Constitución Política acoge, en su primer inciso, el principio de la determinación de los límites mediante tratados o laudos, para después, en su inciso final, incluir como componentes de su territorio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR