Necesidad de la creación de una sanción penal especial para ser impuesta al sujeto que padece trastorno antisocial de la personalidad (psicopatía) en Colombia - Núm. 12-1, Junio 2010 - Estudios Socio-Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 306652862

Necesidad de la creación de una sanción penal especial para ser impuesta al sujeto que padece trastorno antisocial de la personalidad (psicopatía) en Colombia

AutorMaría Margarita Tirado-Álvarez
CargoUniversidad Manuela Beltrán, Bogotá, Colombia
Páginas127-154

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Introducción

Si bien en Colombia, así como en varios países del mundo como España y Argentina,1 el sujeto que padece Trastorno Antisocial de la Personalidad (TAP) -también llamado Psicópata-2 es tratado como imputable -porque

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comprende su actuación y puede autorregularse de conformidad con ella, de acuerdo con la definición que hace el Art. 33 del Código Penal- y por lo tanto se le puede hacer acreedor a una pena en caso de serle encontrado culpable al interior de un proceso penal. Sin embargo, no puede perderse de vista que dada la especial condición de su patología (incurable, ausencia de remordimiento, sin temor al castigo, con un alto porcentaje de reincidencia, cosificación del otro, ausencia de identificación y respeto por la ley),3 la imposición de la pena no tendría efecto alguno en su forma de ser y haría inviable el cumplimiento de los fines de la misma como están concebidos hoy día en Colombia.

Ante esto existen varios problemas: primero, aunque el individuo pague una pena prolongada, nunca se resocializará dada su condición de incurable; segundo, el mismo no sentirá culpa por cuanto no la experimenta ni aprenderá de los errores cometidos; tercero, dado el alto nivel de reincidencia, una vez cumplida la pena el sujeto seguramente repetirá su conducta; cuarto, la retribución sólo cabría en la medida en que repare civilmente y satisfaga el deseo de la víctima o sus familiares de ver al victimario aislado

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de la sociedad a la que pueda dañar; quinto, la prevención especial no será posible porque no interioriza la norma, además, porque el alto nivel de reincidencia que los caracteriza, su incorregibilidad, la impulsividad y la ausencia de temor al castigo no evitarán que el sujeto vuelva a incurrir en la conducta que originó la sanción penal.

Por lo tanto la pena, en términos actuales y para el trastorno psicopático, no tendría ningún sentido.

Por otro lado, y como se mencionó, suponiendo que el sujeto pague una pena determinada, al salir -dada su naturaleza- volvería a incurrir en sus antiguas conductas delictivas y pondrá en peligro a la sociedad. Esto hace necesario pensar en cómo se la puede proteger de los daños o lesiones que el sujeto podría causar pero sin desconocer condiciones de dignidad humana y búsqueda constante de un tratamiento efectivo.

Si bien el Código Penal Colombiano no posee un espíritu peligrosista, tampoco se puede ignorar que el sujeto en dicha situación es incorregible y por lo tanto representa un riesgo social.4

Entonces a la luz de las anteriores consideraciones, existe una consagración penal que no tiene objeto en el caso de la psicopatía, generándose un consiguiente vacío en relación con el real tratamiento penitenciario que debería tener el sujeto conforme a su trastorno.

Quedan así varios interrogantes: ¿Qué hacer en el caso de un imputable cuya imposición de la pena es inocua? ¿Qué hacer con una persona que en una altísima probabilidad pondrá en peligro a la sociedad? ¿Qué se puede hacer para proteger a esta última? ¿Qué hacer cuando la Constitución Política prohíbe la reclusión perpetua? ¿Qué hacer en este caso si se trata de un trastorno permanente en el tiempo? ¿Qué hacer si las sanciones penales tienen una duración limitada?

Es aquí cuando surge la necesidad de analizar las posibles alternativas que existen para dar una mejor respuesta a dichas situaciones, teniendo en cuenta los principios constitucionales y, si es del caso, hacer el planteamiento inicial y general de una propuesta que pueda contribuir a llenar el vacío que existe y a proteger a la sociedad de quien, patológica y clínicamente, no tiene cura alguna para su mal y que por lo tanto siempre será peligroso para la vida en común.

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Metodología

Para dar respuesta a la pregunta de investigación y al cumplimiento del objetivo general -ambos enfocados en determinar la necesidad de la creación de la sanción penal especial pero centrados en la existencia de la efectiva necesidad como hipótesis- es importante reflexionar sobre algunas de las variables tenidas en cuenta para comprobar esta última, tales como: forma de ser particularísima; falta de claridad en el tratamiento jurídico penal que debe dársele; inocuidad de la pena y de la medida en el sujeto; exposición social constante a una fuente de peligro; garantías constitucionales; escaso abordaje del tema; temporalidad de la pena y de la medida; principio del interés general sobre el particular; tratamiento diferenciador para imputables, inimputables y psicópatas.

Variables empleadas y discusión de las mismas: teniendo en cuenta las características de la psicopatía, ¿se hace necesaria la creación de una pena especial para quien padece trastorno antisocial de la personalidad?
1. Particularísima forma de ser

Del análisis de las características del trastorno antisocial de la personalidad -que para efectos de esta investigación es sinónimo de Psicopatía-puede observarse que en contraste con los demás trastornos descritos en el DSM IV-TR5 o en el CIE10,6 los elementos que lo diferencian son bastante particulares.

Ninguna otra de las patologías o de las formas de ser descritas en tales instrumentos da cuenta de una marcada ausencia de remordimientos o de inocuidad del castigo, de un desinterés por la protección mutua de la especie y por el dolor del otro o de una cosificación del individuo. El sujeto con psicopatía se comporta encaminado a su propio beneficio; carece de empatía y de identificación con los demás; no respeta ni le interesa respetar

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los derechos ajenos; no interioriza el espíritu, la necesidad y el objetivo de las normas de convivencia; no le "duele" el dolor del otro. Esta descripción llama la atención, además, porque en la sociedad contemporánea son cada vez más las personas que presentan rasgos así, de ahí que se hable de la existencia de una "sociedad psicopática".

"En la sociedad actual, la psicopatía encuentra un caldo de cultivo favorable", indica Garrido.7 Así mismo, Irene Hernández Velasco8 explica que "en la medida en la que el medio social incluya creencias y valores que contribuyan al desarrollo de comportamientos insolidarios y egocéntricos, la psicopatía se extenderá y afectará cada vez a más sujetos".

Aunque la persona psicópata verbalmente puede mostrar arrepentimiento, en la práctica no confirma sus palabras. Es capaz de declarar sin ningún tipo de emoción o duda que no le pesa lo que ha hecho y que no hay razón para preocuparse por la situación de aquellos a los que afecta, minimizando la gravedad de sus actos. Como lo dice Rafael Santiago de la Torre,9 su personalidad es rígida e irreversible (algunos lo han llamado 'acting out psicopático').

Dado que la psicopatía se presenta desde edades tempranas, quienes rodean a aquellos que la padecen suelen vivir grandes sufrimientos y frustraciones tratando de socializar o de convivir con ellos.

Por otro lado, el psicópata vive en permanente conflicto con la sociedad debido a la egocéntrica y constante búsqueda de satisfacción de sus deseos primarios, ignora las reglas de su cultura y del ambiente en que se desarrolla, y actúa con agresividad si se le traba la consecución de sus impulsos; maneja la frustración mediante comportamientos vindicativos hacia los demás, causantes de su desgracia y enojo -en muchos casos sustituye con la víctima a figuras parentales de su infancia-, momentos en los cuales puede incurrir en los actos más espantosos y disfrutarlos. Además, no es capaz de amar o ama en forma desviada y para su propio beneficio. "La carencia de amor y de culpa demuestran que el psicópata es distinto a los demás hombres".10

Es foco de perturbación social, irrespeta las normas sociales, tiene una marcada predisposición al conflicto, a la delincuencia, a las adicciones y a la trasgresión de la ley, siendo fuente de tormento para quienes los rodean.

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La psicopatía parece conformar a un tipo de persona o individuo que se relaciona con el mundo y con los demás a través de la depredación.11

El psicópata no internaliza valores, no se motiva igual que el resto de individuos que son impulsados por factores tales como la convivencia social, el deseo de superación, la formación de los hijos, la autoestima o la amistad, no considera su conducta como algo disvalioso ni razona o mide sus consecuencias.

Además, el no poseer conciencia de lo nocivo de su forma de ser ni de la existencia del trastorno -no se trata de una enfermedad y por lo tanto no se puede hablar de 'síntomas'- dificulta aún más la labor de encuadramiento como miembro de la sociedad. Gracias a su gran capacidad de manipulación, tiene facilidad para aparentar una convincente máscara de salud -mask of sanity, planteado por Hervey Cleckley (3)-...

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