Panorama internacional de los derechos humanos de la mujer: una mirada desde Colombia - Núm. 29, Junio 2008 - Revista de Derecho de la División de Ciencias Jurídicas - Libros y Revistas - VLEX 51364861

Panorama internacional de los derechos humanos de la mujer: una mirada desde Colombia

AutorCarolina Angulo/José Manuel Luque
CargoAbogada/Abogado
Páginas71-128

    Producto del Grupo de Investigación en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Fundación Universitaria Agraria de Colombia (financiación institucional). Línea de investigación Derecho y Sociedad.


Carolina Angulo: Abogada de la Universidad del Norte y candidata a Doctora en Derecho por la Universitat de Barcelona. kkangulo@mac.com

José Manuel Luque: Abogado y Especialista en Estudios Político Económicos de la Universidad del Norte y Candidato a Doctor en Derecho por la Universitat de Barcelona. pepeluque@mac. com

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Introducción

La reflexión acerca de la equidad de género y los Derechos Humanos de la Mujer suscita múltiples debates en la medida en que académicos, litigantes y organizaciones critican de forma constante las normas de derechos humanos y señalan su incapacidad para ofrecer una protección efectiva a las mujeres. Los conceptos tradicionales de derechos humanos se han desarrollado en un marco dominado por los hombres, en el que no se reconocen las condiciones de la mujer determinadas por su propia realidad.

Así, la exclusión social y política y la violencia de los conflictos armados restringe el ejercicio de los derechos, lo cual desencadena una continua y sistemática violación de los derechos humanos de las mujeres, en particular de campesinas, indígenas y afrodescendientes.

De otra parte, el desplazamiento forzado implica usualmente la violación simultánea de derechos, en especial los de las mujeres, ya que genera casi siempre situaciones de sufrimiento asociadas tanto al sexo como al género.

En este sentido, esta revisión pretende dar a conocer el marco normativo internacional que ha orientado el desarrollo normativo relacionado con los derechos de la mujer en Colombia, ilustrar en torno a las conductas lesivas que atentan contra los Derechos Civiles y Políticos y contra los Sociales, Económicos y Culturales. De forma particular, se estudian formas de violencia derivadas del conflicto que afectan de manera diferenciada a la mujer en Colombia.

Los resultados de esta revisión buscan esbozar un panorama que permita tener una visión de conjunto que integre la arquitectura normativa con la realidad que se ha vivido desde los años noventa en materia del ejercicio de los derechos de la mujer en Latinoamérica y Colombia, con el propósito de brindar elementos que permitan fortalecer el marco de atención de las instituciones del Estado.

Las preguntas pertinentes en tal sentido son: ¿Cuáles son los antecedentes históricos del Derecho Internacional de los Derechos Humanos?, Page 72

¿Ha recogido el Sistema Universal de Derechos Humanos la problemática que afecta de forma diferenciada a la mujer?, ¿Es aplicable el concepto de universalidad de los Derechos Humanos a las situaciones que afectan a la mujer de forma particular?, ¿Ha influido la teoría feminista en la conceptualización de los Derechos Humanos?, ¿Ha influido dicha conceptualización en el goce y ejercicio de los derechos de la mujer en Latinoamérica?, ¿Qué incidencia tiene el conflicto colombiano en el goce y ejercicio de los derechos de la mujer?

Este artículo ha sido estructurado en tres partes, cada una de las cuales analiza un tema que se integra con los dos restantes para poder establecer un marco de referencia sobre la situación de los Derechos Humanos de la Mujer en Colombia.

Inicialmente se hará una revisión del desarrollo de los Derechos Humanos en diversas etapas de la historia, con énfasis en los Derechos Humanos de la Mujer; para ello se busca identificar las menciones a la mujer que aparezcan en los primeros instrumentos internacionales adoptados desde el Derecho Internacional Tradicional, pasando por el sistema universal adoptado tras la Segunda Guerra Mundial, así como las medidas aceptadas en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, por ser un tratado específico para regular temas referentes a ésta. Esta parte concluye con una aproximación al concepto de Derechos Humanos desde sus elementos.

La segunda parte comienza haciendo un recorrido por etapas de especial relevancia en la construcción de la teoría feminista, para luego aproximarse a los conceptos de feminismo, sexo y género, para llegar a un concepto de Derecho Internacional de los Derechos Humanos de la Mujer y revisar algunos aspectos claves sobre su aplicación, todo esto enfatizando en los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, por su mayor incidencia en la vida de las mujeres, lo que se infiere a partir de los índices de violación que se registran.

Finalmente, a partir de la agenda internacional se pasará a la agenda nacional, haciendo un recorrido por la situación de la mujer en Lati-Page 73noamérica, para concluir con el análisis de la situación en Colombia y unas conclusiones construidas a partir del contenido de todo el artículo.

Primera parte
Derechos humanos

Desde 1945, la doctrina de los Derechos Humanos ha sido un elemento presente de forma ininterrumpida en el ámbito de la comunidad internacional. El final de la Segunda Guerra Mundial propició la formación de un nuevo entorno que facilitó el surgimiento del derecho internacional contemporáneo y el uso permanente de aquella doctrina en la esfera de la política exterior de los estados, que desde entonces han adoptado posiciones que van desde denuncias a otros estados o como pauta de sus relaciones internacionales u otros casos en los cuales, como dice Cassese (2005), el tema se convierte en un íncubo1 cuyo comportamiento propicia la censura en el foro internacional (p. 375).

La aparición de los derechos humanos en la escena internacional conllevó una reformulación de conceptos en franca contraposición a muchos de los planteamientos filosóficos que sostenían la figura de la soberanía estatal apoyada en el modelo de Grocio2. La nueva teoría se convirtió en un desafío a los preceptos reguladores del derecho internacional tradicional.

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Derecho internacional tradicional

Desde la consolidación de la moderna noción de Estado, el individuo estuvo bajo la exclusiva jurisdicción del Estado del cual era nacional o en el cual vivía; la interferencia por parte de un tercer Estado sólo era aceptable en caso de tratarse de ciudadanos extranjeros respecto a los cuales el Estado de origen decidiera asumir protección diplomática3o jurídica4. Para el derecho internacional tradicional, los individuos no eran más que un elemento adicional que captaba la atención en la medida en que los intereses estatales así lo requiriera.

Aun así, la situación no permanecía inmutable, y paulatinamente la posición fue cambiando y la comunidad internacional comenzó a observar con detenimiento la situación de algunos grupos oprimidos. La atención sobre dichos grupos se produjo en muchos casos por los intereses de los estados, aunque también ocurrió un cambio en la población como consecuencia de la Primera Guerra Mundial, lo que se tradujo en la celebración de tratados sobre temas como la esclavitud y los derechos de los trabajadores. En todo caso, la protección ofrecida en este período estaba destinada exclusivamente a grupos de individuos con características particulares.

Fue sólo hasta la conclusión de la Segunda Guerra Mundial que el derecho internacional dejó de considerar a los seres humanos como parte de grupos o minorías y comenzó a protegerlos como seres humanos individuales. Esta variación se produjo principalmente como reacción a los crímenes cometidos durante dicho conflicto y se facilitó por la presencia de cartas de derechos en la legislación de algunos de los estados vencedores5, que consideraron oportuno extender este tipo de normas a la esfera del derecho internacional. En estas condiciones nace Page 75 el derecho internacional contemporáneo de manera simultánea con la creación de la Organización de Naciones Unidas en la Conferencia de San Francisco y cuyo instrumento principal es la Carta.

Carta de las naciones unidas

Las normas modernas sobre Derechos Humanos son entonces un fenómeno de posguerra que se atribuye generalmente a las situaciones vividas por la humanidad durante la primera mitad del siglo XX, el cual tiene como referente fundamental el discurso Four Freedoms [Cuatro Libertades] pronunciado en 1941 por el presidente Roosevelt, en el que expuso con elocuencia la causa internacional de los Derechos Humanos al referirse a un mundo basado en cuatro libertades humanas esenciales: Libertad de expresión, Libertad de Culto, Libertad de la Pobreza y Libertad del Miedo. Esta visión fue decisiva en la lucha contra el Eje y en la fundación de las Naciones Unidas.

A pesar de la visión de Roosevelt y la retórica utilizada durante la guerra, las medidas de Derechos Humanos que finalmente se aprobaron para la Carta de las Naciones Unidas se quedaron cortas frente a las expectativas generadas. Esta situación la explican Buerguenthal, Shelton y Stewart (2004) a partir de los problemas de Derechos Humanos que cada uno de los poderes vencedores enfrentaba: en el caso de la Unión Soviética, los casos de los Gulag, Estados Unidos por la discriminación racial de jure y Francia y Gran Bretaña por las colonias. Esa vulnerabilidad en cuanto a Derechos Humanos llevó a los grandes poderes a impedir el...

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