Pericias en el contexto penitenciario - Psicología Forense. Casos y modelos de pericias para América Central y del Sur - Libros y Revistas - VLEX 747701857

Pericias en el contexto penitenciario

AutorGustavo M. Álvarez
Páginas365-383

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Gustavo M. Álvarez, Uruguay

Resumen

Se aborda el acto pericial dentro de unidades de reclusión, desde la perspectiva de la psicología penitenciaria, especialización de la psicología jurídica.

Se brinda un somero paneo de lo que representa una cárcel y de las variables que debemos tener en cuenta y que atraviesan todos quienes tienen contacto directo e indirecto con ellas, incluyendo, sin lugar a dudas, a los técnicos que trabajan intracarcelariamente con los reclusos.

Se contextualizan también, desde el lugar de la psicología penitenciaria, las pericias que se realizan dentro del ámbito carcelario y las particularidades que estas tienen, en comparación con el resto de actos periciales que realizamos los forenses, a pedido de juzgados de familia, civil, penal, contencioso administrativo, etc.

El caso que se presenta, para ejemplificar el acto pericial, es el de un homicida que dio muerte por estrangulamiento a su pareja.

Lo que motivó el acto pericial, fue una solicitud de salida transitoria presentada por su abogado, luego de 8 años de reclusión y por motivos laborales/familiares, intentando en esta comunicación transmitir los elementos de forma, estilo y contenido de los actos periciales en un contexto penitenciario.

Palabras clave: Psicología jurídica, psicología penitenciaria, operador penitenciario, institución total, unidad penitenciaria, técnico (profesional universitario).

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Psicología jurídica

Se aborda el artículo desde la visión de la psicología jurídica y desde allí desarrollaré los argumentos que, a mi juicio, hacen a la labor pericial dentro de las unidades penitenciarias.

Para ello, parece imprescindible contextualizar este abordaje reseñando puntos básicos que han conformado y permitido el desarrollo de la psicología jurídica.

Si bien el tránsito de la psicología jurídica para independizarse de otras disciplinas que confluyen en "lo jurídico" ha sido arduo y escabroso, hoy en día ya se puede hablar con total legitimidad de un perfil propio.

El nacimiento y desarrollo de esta ciencia no ha sido lineal y exento de confrontaciones. Las mismas se dieron a nivel interno dentro de la propia Psicología, la cual tardó en aceptar una demarcación clara entre psicología clínica y psicología jurídica, observándose hasta hoy consecuencias de esta situación. Y también de forma externa con el Derecho, el cual se resistió a ser permeable a aportes de otras disciplinas, intentando dar cuenta por sí exclusivamente de actos esencialmente humanos, como son los delitos, lo cual obviamente excedía sus posibilidades.

En este continuo, que tiende a la individualización de la psicología jurídica, los primeros avances que establecieron las raíces de la relación de la Psicología con el Derecho se dan en Europa (Alemania, Italia y España).

Es allí donde se comienza a percibir que existen otras variables a tener en cuenta a la hora de operar jurídicamente.

Queda claro entonces que la génesis de la psicología jurídica no se da en América Latina. Este hecho debe alertar en cuanto a que si bien, y sin lugar a dudas, hay que tomar en cuenta los aportes de conocimientos psico-jurí-dicos que se han ido generando en otras latitudes, estos conocimientos, necesaria e imprescindiblemente, deben ser contextualizados a la/s realidad/es latinoamericana/s.

Para sintetizar este punto, se toma prestado un concepto manejado por Tapias y Hernández (2011), los cuales definen a este proceso denominándolo "proceso de inculturación".

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No parece secundario señalar que la aparición, mantenimiento en el tiempo y desarrollo de la psicología jurídica son solo posibles cuando se concreta un cambio cualitativo en la manera de abordar el tema delictivo, referido al cambio paradigmático que se concretó posteriormente a la Revolución Francesa.

En dicho momento histórico, se introduce en la ecuación penal, antes bi-fac-torial delito/pena, un tercer elemento, el autor. Elemento clave para el nacimiento de la psicología jurídica y posteriormente de la psicología penitenciaria como especialización de la anterior.

Tomando como punto de partida esto, y en base a la alta complejidad intrínseca del ser humano, el Derecho comenzará a preguntarse sobre múltiples variables que generan, motivan y mantienen el acto delictivo. Y las respuestas a esas preguntas debieron buscarlas y encontrarlas fuera de la ciencia jurídica.

Si bien existen múltiples definiciones sobre la psicología jurídica, que han ido variando según el momento histórico en el cual la observemos, como así también en el seno de la cultura en la cual es definida, me inclino por la que realiza Tapias (2011): "La psicología jurídica es el área de especialización de la Psicología que entiende en todo lo que hace referencia a la relación entre el hombre y la norma"

Esta definición se puntualiza el carácter de especialización de la ciencia madre, la Psicología. También pone de relevancia el área de pertenencia y pertinencia de la misma, siendo esta tremendamente vasta y heterogénea, ya que la relación del hombre con la norma se compone de diferentes procesos, lugares, funciones, roles, etc.

Tomando como punto disparador la definición mencionada anteriormente, se concuerda en que la psicología jurídica tendrá como ámbito de pertinencia, entre otros, a la víctima, los procesos victimales, el victimario, los procesos judiciales, el asesoramiento en la creación/modificación de las normativas, la psicología del testimonio, los operadores jurídicos, la psicología penitenciaria, la psicología criminal, etc.

Psicología penitenciaria

En el transcurso de este artículo, se ha mencionado soslayadamente a la psicología penitenciaria. Es momento de dar una definición que ponga de manifiesto las particularidades que hacen a esta sub-especialización de la psicología jurídica.

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Si bien existen múltiples definiciones de psicología penitenciaria, se señalan las que más se adecuan a lo experimentado personalmente en la práctica penitenciaria.

Rama de la psicología jurídica que "analiza y aplica aquellos procesos de evaluación y tratamiento de personas que se hallan bajo custodia penitenciaria" (Soria, 2006).

Quien esto escribe, entiende que la psicología penitenciaria es la rama de la piscología jurídica que entiende en todo lo relacionado con el hombre sancionado legítimamente por un Estado democrático, sea con pena de prisión, penitenciaria o medidas alternativas, Abarcando su área de pertinencia a todos los procesos intracarcelarios y posteriores de tipo comunitarios destinados a aumentar la posibilidad de su reinserción social.

La psicología penitenciaria tiene particularidades que hacen a su esencia y que en cierta forma la definen y diferencian de otras ramas de la psicología jurídica y, por supuesto, de la psicología clínica. En relación a esto, el autor se permite señalar tres variables que a nuestro juicio son fundamentales: el ámbito particular en el cual desarrolla su tarea, el tipo de población a la cual va dirigida su accionar y, por último, pero no menos importante, la formación de los técnicos y conocimiento del contexto penitenciario.

Ámbito particular: la cárcel. Como se mencionó anteriormente, el quehacer cotidiano de la psicología penitenciaria se encuentra definido y también enmarcado en tres grandes variables: la institución donde se desarrolla, la población objetivo de sus actos técnicos y la particularidad de las conflictivas que allí se encuentran.

Cárcel institución total

"Lugar de residencia y/o trabajo donde un número de personas en igual situación, aislados de la sociedad por un periodo apreciable de tiempo, comparten una rutina diaria, impuesta y administrada formalmente" (Goffman, 1967).

Una de las características fundamentales de este tipo de instituciones es que marcan transversalmente a todos quienes tienen contacto con ella, tanto directa como indirectamente.

Estas particulares instituciones tienen como eje central mantenerse en el tiempo, en base a un equilibrio patológico y patologizante que sostienen, sutil pero efectivamente.

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Perversamente, el objetivo manifiesto de la cárcel es rehabilitar al recluso para su reinserción social, pero a poco de conocer la real dinámica de esta institución, queda claro que lo que le exigirá al recluso es que potencie todo su repertorio cognitivo y conductual de corte psicopático para poder salir lo menos dañado de ella.

Otra característica que impacta directamente en el acto pericial es la decodificación "hostil" que tiene cada grupo con respecto al otro.

Por un lado, está la población reclusa y sus allegados y por otro, lo sentido como externo a ellos, vale decir, el funcionario policial, el operador penitenciario (educador social), el cuerpo de salud y los técnicos que intervienen desde diferentes lugares con el recluso.

Esto trae aparejado...

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