Período de prueba - Guía laboral 2011 - Libros y Revistas - VLEX 356947138

Período de prueba

Páginas117-120
CAPÍTULO 4
Período de prueba
Todo contrato de trabajo escrito, lleva inmerso un tiempo considerado como
período de prueba, el cual según el artículo 76 del Código Sustantivo del Trabajo,
es la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, por parte del patrono,
apreciar las aptitudes del trabajador, y por parte de éste, la conveniencia de las
condiciones del trabajo.
El artículo 77 del código Sustantivo establece que el período de prueba se debe
estipular por escrito, y en caso de omitirse esta formalidad, se aplicarán las normas
generales que regulan este aspecto.
El período de prueba que debe pactarse por escrito según el artículo 77 del Código
Sustantivo del Trabajo, no opera en el contrato de trabajo verbal. Se exceptúa
el contrato de trabajo con los empleados del servicio doméstico, contrato que
aunque sea verbal, sí contempla la gura del período de prueba [numeral 2 del
Duración del período de prueba
Según el artículo 78 del Código Sustantivo del Trabajo, el período de prueba no
puede exceder de dos meses.
En los contratos de trabajo a término jo, cuya duración sea inferior a un año, el
período de prueba no podrá ser superior a la quinta parte del término inicialmente
pactado para el respectivo contrato, sin que pueda exceder de dos meses.

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