Perspectivas europeas de secularización: la libertad religiosa en Europa - Tendencias secularizadoras en un mundo globalizado - Libros y Revistas - VLEX 652134685

Perspectivas europeas de secularización: la libertad religiosa en Europa

AutorRosa María Martínez de Codes/Luis Andrés Fajardo Arturo
Páginas129-165
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Capítulo V
Perspectivas europeas de secularización:
la libertad religiosa en Europa.
Ricardo García G arcía1
Resumen
Desde hace años se habla de la secularización en Europa.
Sin embargo, estamos ante un resurgimiento religioso.
La base judeo-cristiana se completa con otras que lle-
garon con la inmigración. Encuestas realizadas a nivel
europeo se comparan con la participación política de los
ciudadanos en la Unión. Se trata el diálogo interreligioso
y la religión en la construcción europea desde la activi-
dad del Consejo de Europa y la Unión Europea con el
proyecto “Un alma para Europa” y los principios del de-
recho en la Unión: atribución, subsidiariedad, proporcio-
nalidad, primacía e igualdad de trato, se insertan en los
que conforman la libertad religiosa: libertad e igualdad
religiosa, laicidad positiva y cooperación. Se evidencia la
participación de la religión en la contrucción europea.
Palabras clave: Secularización, religión, un alma para
europa, atribución, subsidiariedad, proporcionalidad,
primacía, libertad e igualdad religiosa, laicidad positiva,
cooperación.
1 Subdirector General de Relaciones con las Confesiones Religiosas
y Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado de la Universidad
Autónoma de Madrid.
TENDENCIAS SECULARIZADORAS
EN UN MUND O GLOBALIZADO
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1. ¿Qué debemos entender por secularización?
Si atendemos a la denición de los diccionarios, la secularización es el efec-
to de secularizar. Se trata del proceso por el cual, algo o alguien pierde su
carácter religioso para pasar a ser laico. O también, la desaparición de sig-
nos valores o comportamientos que se consideran propios de una confesión
religiosa (DR AE, 2014).
A la vista de estas deniciones, la cuestión será preguntarnos sobre si
Europa ha perdido su carácter religioso, o si los valores de la religión han
dejado de ser aplicables en Europa.
Más claro, lo secular se despoja de lo religioso. El concepto de secu-
larización es un fenómeno especialmente complejo forjado para explicar y
comprender lo que ha ocurrido en la sociedad Occidental a partir de una
determinada época histórica, la Modernidad (Rubio, 1998, p. 4).
Se pude armar que los motivos básicos de la secularización en el con-
texto de la Unión Europea obeceden a tres causas especialmente aplicables
a la sociedad y contexto europeo:
1º. La progresiva lucha en la implantación de la separación entre lo
religioso y el Estado2(Martin, 1969, p. 9) y en el ámbito jurídico con
la denominada laicidad en sus diferentes formulaciones.
2º. La quiebra de la homogeneidad y la convergencia entre las dife-
rentes culturas europeas: el proceso de globalización y la quiebra de
la homogenización Occidental basada en el cristianismo3.
3º. La llegada de personas que provienen de terceros países con tradi-
ciones, culturas y prácticas sociales muy diferentes. La inmigración4.
2 MARTI N es partidario de supr imir el concepto de secula rización por considerarlo “no
un concepto cientíco, sino más bien un inst rumento de las ideologías antir religiosas”.
3 Son muchos los autores que hemos entendido que la religión ha sido un elemento
de cohesión en la Unión Europea, y de forma especial, por la historia de europea, la
inuencia judeo-cristina. Por todos, Cfr. García, 20 05.
4 Art. 3,2 del T UE establece que: “La Unión ofrecerá a sus ciudadanos un espacio de
libertad, seguridad y justicia sin fronteras interiores, en el que esté garantizada la
libre circulación de personas conjuntamente con medidas adecuadas en materia de
control de las fronteras exter iores, asilo, inmigración y de prevención y lucha contr a la
Perspecti vas europeas de secul arización:
la libert ad religiosa en Europa
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De todos los diferentes conceptos y estudios complejos sobre secu-
larización, nos vamos a limitar a una muy concreta acepción del térmi-
no secularización en la que se contrapone la religión a la modernidad y
que pretende eliminar la religión de la esfera pública lo máximo posible.
La que Rubio Ferreres ha explicado, armando que:
La categoría de secularización y su derivado «secularismo» implicasen
unas connotaciones «ideológicas» y «valorativas», llegando a signicar,
delincuencia”. El Art. 4. 2 TFUEestablece como materia de competencia compart ida
entre la UE y los Estados miembros, el espacio de libertad, seguridad y justicia. Las
normas básicas europeas de este ámbito aparecen articuladas en el Título V de la
Tercera Parte del TFUE (Políticas y acciones internas de la Unión). El Art. 67,2
TFUE establece que la UE desarrollará una política común de asilo, inmigración y
control de las fronteras exter iores basada en la solidaridad entre los Esta dos miembros
y que sea equitativa respecto de los nacionales de terceros países. Por su parte, el
Art. 79.1 TFUE est ablece que la UE desarrollará una p olítica común de inmigración
con un interés particular en la prevención de la inmigración ilegal y la trata de seres
humanos.
La Comisión Europea es la que tiene encomendada las estadísticas migratorias en
el contexto de la Unión europea. Para conocer los datos, Cfrs. http://ec.europa.eu/
dgs/home-affairs/what-we-do/networks/european_migration_network/reports/
migrationstatistics/index_en.htm.
En lo que se reere a España, cita ndo la fuente del Padrón Municipal sobre la base de
los datos del 2005 –momento de especia l auge de la inmigración en Espa ña-, PÉREZ-
Agote ha señalado que los inmigrantes que llegaron a España según la religión
mayoritaria de su país de nacimiento, correspondían a los siguientes porcentajes:
Países católicos 49 %; Países musulmanes 18 %; Países cristianos ortodoxos 13 %;
Países cristianos reformistas 7 %; Países cristianos mixtos 7; Religiones asiáticas y
de difícil clasicación 6 %. Ante esos datos señala que: “El fuerte incremento de
la población extranjera durante estos últimos años ha producido como consecuencia
un cambio progresivo de la composición religiosa de la población. Ha supuesto un
crecimiento importante de la población musulmana, sobre todo de origen marroquí
y senegalés, de manera que se estima que esta población será ya cercana al millón
de personas. Por otro lado, un cierto sector de la población que proviene de países
americanos es de religión evangélica, lo que signica un fuerte incremento de los
evangélicos ya e xistentes en España, como consecuenc ia de la conversión a esta religión
de importantes sectores de población gitana (el volumen de población evangélica
estará ligeramente por debajo del de la musulmana). Y, claro está, una proporción
muy importante de la población de países americanos es de rel igión católica, pero
proviene de sociedades en las que el proceso de secularización ha sido mucho menos
acusado que en España” (Pérez-Agote, 20 07).

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