Politización y profanación de los dispositivos jurídicos neoliberales. El caso del derecho a la consulta previa en Colombia - Núm. 168, Julio 2019 - Estudios de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 808664877

Politización y profanación de los dispositivos jurídicos neoliberales. El caso del derecho a la consulta previa en Colombia

AutorJulián Trujillo Guerrero
CargoProfesor de Historia del Derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la P. Universidad Javeriana (Bogotá, Colombia)

Artículo de reflexión realizado en el marco de la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana dentro del Proyecto de Presupuesto Social San Francisco Javier. I.P: Juan Felipe García Arboleda. Lugar de la investigación: corregimiento Arroyo de Piedra, zona norte de Cartagena: enero de 2015 - septiembre de 2016. En este artículo se da curso a los problemas planteados inicialmente en la tesis de grado del autor.

Los filósofos no han hecho más que interpretar de diversos modos el mundo, pero de lo que se trata es de transformarlo.

Karl Marx

'Cause every tool is a weapon

If you hold it right.

Ani Di Franco

1 - Introducción - Tensiones políticas en la arena del derecho

El antagonismo entre subjetividades políticas en tiempos neoliberales aparece como una gran polémica en torno al uso y significado de los derechos. En Colombia el derecho fundamental a la consulta previa, libre e informada (en adelante CPLI) se ha constituido como un escenario de tensión entre proyectos políticos diversos donde la crisis neoliberal se muestra con toda su fuerza.

Por un lado, la reconfiguración de las técnicas de gobierno en el modo de producción capitalista actual, consolidaron al neoliberalismo como una racionalidad política en que la dinámica del capital y la competencia permean completamente la vida, produciendo subjetividades, relaciones sociales y desintegrando triunfos materiales y aspiraciones de democracia radical (Laval & Dardot, 2013) (Brown, 2015). Asimismo, el neoliberalismo ha funcionado como un proyecto político y económico para restaurar el poder de clase (Harvey, 2005) mediante nuevas formas de acumulación de capital por medio de las finanzas, la guerra y la desposesión (Harvey, 2003), que en el campo de la pregunta por el desarrollo en los países del Sur ha significado la imposición de una concepción dominante del territorio caracterizada por la explotación de recursos naturales y la precarización de sus habitantes. Por otro lado, y al mismo tiempo, los movimientos sociales han encontrado en el derecho un lugar para darle curso a sus luchas y cuestionar el modelo de desarrollo dominante (McAdam, McCarthy & Zald, 1996) a partir de la reivindicación de la libre determinación de los pueblos (Anaya, 2002), la defensa del medio ambiente y del territorio (Gilbert, 2006) (Svampa, 2008).

El lenguaje común de los dos proyectos ha sido el derecho. ¿Cómo entender que la tensión opere bajo el lenguaje y las armas del derecho? ¿Qué desplazamientos políticos han permitido que los excluidos usen el derecho en sus estrategias pero al tiempo éste sea la herramienta de su oponente para mantener las asimetrías? Estas tensiones que acontecen en la realidad nos obligan a estudiar lo jurídico por fuera de su expresión formal para situarlo, en cambio, en el contexto de convulsión social donde tienen lugar las relaciones de poder; e indagar por las posibilidades que tienen el derecho y la narrativa de los derechos para configurarse como herramientas efectivas de emancipación y transformación social. En ese sentido, lejos de proporcionar una teoría general sobre la naturaleza emancipadora del derecho, el presente ensayo busca explorar la experiencia política del derecho a la CPLI en la encrucijada neoliberal y ofrecer herramientas teóricas para abordar la cuestión. Dicho esto, se propone abordar la tensión existente entre el uso y significado de la CPLI descendiendo a la disputa entre el modelo de desarrollo neoliberal y los pueblos que reivindican el derecho a la libre determinación.

Pero la tensión no está equilibrada: la balanza se ha materializado del lado del proyecto neoliberal. La CPLI ha perdido su aspecto político originario, vaciándose, para centrarse en asuntos procedimentales y de administración económica, terminando por ser un dispositivo funcional al modelo de desarrollo imperante. Además, la producción de subjetividades del gobierno neoliberal ha causado que dicho uso y concepción esté presente, no solo en quienes realizan y defienden los proyectos, sino también en el de algunos pueblos que los padecen1. La experiencia de la CPLI de muchas comunidades ha estado mediada por una vida precaria, donde la insatisfacción de los derechos más básicos no es la excepción sino la regla. La precariedad es al tiempo la consecuencia de la neoliberalización y el terreno fértil para el vaciamiento de la CPLI. Sobre este panorama se hace urgente preguntar ¿mediante qué estrategia política sería posible politizar las herramientas jurídicas y ponerlas a trabajar para desactivar los avances neoliberales?

Para darle curso a estas preguntas, comienzo por situar este trabajo dentro de las discusiones en filosofía sobre la dimensión política del derecho y su relación con la sociedad. En un segundo lugar, presento el contexto neoliberal dentro del cual tiene lugar la CPLI. Seguidamente, abordo las preguntas de este ensayo a partir de los trabajos del filósofo italiano Giorgio Agamben sobre el dispositivo y la guerra civil. El derecho usado por el neoliberalismo funciona como un dispositivo en el sentido de una oikonomía, de una gestión. Según los estudios críticos del multiculturalismo, la gestión de los territorios étnicos se ha dado a partir de estrategias jurídicas de multiculturalismo neoliberal, que vaciaron el contenido político de los derechos y garantías impulsados por los movimientos sociales (principalmente indígenas) de la década de los años 80 en adelante. Este uso del derecho ha sido posible por un proceso de despolitización de escenarios que le correspondían al debate político, acompañado también por procesos de precarización. En ese sentido, el reto que enfrentan los excluidos ante los dispositivos jurídicos neoliberales es el de la politización, para lo cual se hace urgente mantener la tensión o umbral que permitió su despolitización, y recorrer el camino contrario buscando nuevos usos en clave de emancipación.

2 - Situación teórico-política del ensayo

Las inquietudes de este texto tienen en cuenta algunas discusiones y presupuestos teóricos sobre el derecho que esbozo a continuación.

2. 1 - El derecho y su juego entre el poder y la libertad

La obra inacabada de Michel Foucault, da cuenta de una investigación que se movió entre la configuración de los saberes y el poder en Occidente desde el ejercicio de la libertad. En esta, el poder no es una sustancia coherente y estable que pueda estudiarse a partir de un principio universal, sino un campo complejo de convulsión en el que se entrelazan prácticas, saberes e instituciones; más que una sustancia unitaria, el poder es una práctica y una red que tiene lugar en diferentes niveles de la sociedad y ámbitos de la existencia. Allí, donde un metafísico pregunta qué es el poder, a Foucault le interesa cómo funcionan las relaciones de poder: “si el poder se ejerce, ¿qué es ese ejercicio? ¿En qué consiste? ¿Cuál es su mecánica?” (Foucault, 2001, p.28).

Quizás por lo anterior, en su obra el derecho se encuentre en un lugar ambiguo. En un primer momento podemos situarlo en la década de los setenta, en trabajos como La verdad y las formas jurídicas(conferencia de 1973), el francés estudia genealógicamente el derecho, es decir, enfocándose en la emergencia de una serie de formas jurídicas en que se disputa y fabrica la verdad a partir de relaciones y necesidades estratégicas de poder. Así, el derecho y sus formas de decir verdad se configuran como un escenario en que las relaciones económicas y políticas entran en un juego conflictivo y producen al sujeto de conocimiento y su relación con la verdad. Aquí, las formas jurídicas son ficciones o instrumentos que ocultan una realidad de dominación. Posteriormente, en el volumen 1 de Historia de la Sexualidad: la voluntad de saber de 1976, Foucault hará una caracterización de las formas jurídicas del poder como dominación, en otras palabras, como un ejercicio del poder que implica una relación asimétrica de completa disposición del otro que, no importa el ámbito en que se ejerza, este procede siempre bajo la forma de la obediencia. Hay una unidad en los dispositivos de poder que actúa en la forma de dominio y que le corresponde, en consecuencia, la “forma general de la sumisión” (Foucault, 1998, p. 51). En ese sentido, en este período del pensamiento foucaultiano el derecho es una forma ficcional y un ejercicio del poder como sujeción.

En un segundo momento, cuando el autor se enfoca en el problema de la gubernamentalidad, se produce un desplazamiento: el poder ya no se inscribe solo en la forma de la dominación sino también de la resistencia, en una apertura que permite relacionar los juegos del poder con los de la libertad. Como veíamos, la reducción del ejercicio del poder y del derecho a una forma general de dominación era una limitación a las posibilidades para pensar el ejercicio de un contra-poder. Ahora el problema principal no es el poder: “Desde el momento en que...

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