Prescripción adquisitiva como modo de adquirir acciones y aplicación de la acción de responsabilidad - Núm. 1584, Junio 2019 - Boletín Colegio de Abogados Comercialistas - Libros y Revistas - VLEX 830275757

Prescripción adquisitiva como modo de adquirir acciones y aplicación de la acción de responsabilidad

AutorErika Tatiana Torres Vasquez
Páginas19-20
19
Por lo anterior, la interpretación prejudicial,
en lo que respecta al elemento
denominativo, determinó que éste elemento
es aquel que contiene la fonética, lexemas
(significado se encuentra en el diccionario) y
morfemas (aquel que modifica la definición
de un lexema y se encuentra unido junto a
éste), la sílaba y vocales que conforman el
signo respectivo. De igual manera, el
elemento gráfico se abarcó desde el trazo de
los dibujos del signo, el concepto mental que
éste evoque y los colores específicos que
componen al signo mismo.
Finalmente, (iii) sobre los signos
conformados por palabras en idioma
extranjero, se manifestó que los signos del
caso controvertido contienen términos en
idioma inglés. Cuando se trate de palabras
que no hagan parte de un conocimiento
común, se ha expresado que sí pueden ser
susceptibles de registro; idea contraria si la
palabra del idioma extranjero es de
conocimiento mayoritario del público, pues
no podrá ser registrada. Teniendo en cuenta
lo anterior, se determinó que la Autoridad
Nacional competente es quien deberá
examinar si los consumidores medios del
producto o servicio comprenden, o no, el
significado de dichas palabras pretendidas a
ser registradas.
El documento puede ser consultado aquí:
http://www.comunidadandina.org/DocOficia
lesFiles/Procesos/332_IP_2018.pdf
II. NOVEDADES JURÍDICAS
DE INTERÉS
DERECHO SOCIETARIO
Prescripción adquisitiva como modo de
adquirir acciones y aplicación de la acción
de responsabilidad
Superintendencia de Sociedades
Oficio 220-034448 del 24 de abril de 2019
Por: Erika Tatiana Torres Vasquez
(Universidad del Rosario)
Mediante el oficio 220-034448 del 24 de
abril de 2019, la Superintendencia de
Sociedades resolvió la siguiente consulta:
¿cuál es el término de prescripción
adquisitiva de acciones de una sociedad por
acciones simplificada y cuál es la normativa
aplicable? Así mismo, dentro de la consulta
se formuló el interrogante acerca de cómo
debe darse la aplicación de la acción social
de responsabilidad y las consecuencias de la
misma.
Respecto del primer interrogante, la
Superintendencia de Sociedades se remitió
al Concepto 220-000116 del 2 de enero de
2017, que permite diferenciar la prescripción
adquisitiva y la prescripción extintiva de los
derechos en una sociedad. Lo anterior
basándose en el artículo 2512 del Código
Civil, que señala que la adquisitiva o
usucapión produce la adquisición de cosas
ajenas, siendo un modo de adquirir el
dominio y demás derechos reales, mientras
que la extintiva o liberatoria corresponde a
la extinción de las acciones y derechos por
no ejercitarlos durante un tiempo señalado
por la ley.
Ahora bien, la Superintendencia de
Sociedades señaló que las acciones de una
sociedad de capital son consideradas
muebles, pues incorporan derechos políticos

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