Presentación - Núm. 8, Julio 2012 - Revista Digital de Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 736895969

Presentación

AutorAníbal Zárate
Páginas9-13
9
Presentación
ANÍB AL ZÁR ATE PÉRE Z
El Derecho Administrativo ha sido considerado tradicionalmente como un
producto de la historia de cada país, condición que le habría permitido con-
servar hasta una época reciente un carácter estrictamente nacional. Esta carac-
terística no excluía sin embargo el recurso a la transposición de instituciones
administrativas de ciertos países a otros (CASSESSE, 1989: 879). La labor clásica
de comparación se inscribía así en un marco nacional que incluía los présta-
mos de instituciones de otros sistemas, pero que los situaba en el universo de
sistemas cerrados, poco permeables. Estas estrategias nacionales de imitación
o de préstamo, circunscritas a la observación de fenómenos de importación y
de exportación, se inscribían para los primeros administrativistas comparatis-
tas en un contexto de competencia entre Estados que se extendía, entre otros
medios, a la competencia entre sus derechos públicos (RIVERO, s.f.: 203). Es el
contexto mismo de este tipo de análisis que parece haber perdido vigencia: si
los derechos nacionales subsisten, éstos son puestos en paralelo por actores
que les son más o menos independientes y que pueden incluso perseguir sus
propios intereses en un sistema globalizado que se ha vuelto altamente per-
meable1. El argumento comparatista puede encontrar una coyuntura favorable
en la internacionalización, en cuanto se perfila como un elemento clave para la
comprensión de los estándares fijados por estos actores globales, usualmente de
compleja especificidad técnica, y con independencia de los reparos que legíti-
mamente pueden formularse a propósito de su uso estratégico por los mismos.
Las contribuciones que integran el n.º 8 de la Revista Digital de Derecho Admi-
nistrativo revelan el nuevo impulso que, desde el punto de vista del análisis del
derecho positivo, ha venido adquiriendo el argumento comparado. Es con la
mirada puesta en otros sistemas que aparecen una serie de cuestionamientos
acerca de si existe un retraso en la adaptación de las formas y métodos nacio-
nales de la acción pública al tratamiento de los problemas públicos contempo-
ráneos. Las diversas temáticas aquí desarrolladas se presentan en efecto como
aristas de aquello que la doctrina asimila a un movimiento de adaptación del
Derecho Administrativo a las realidades supranacionales, a la globalización y
a la técnica de la regulación económica.
Un primer aporte realizado por FERNANDO ARIA S GA RCÍA parte precisa-
mente de los cambios económicos de la década de los años noventa, para
1 v. a manera de ejemplo, L. BURGORGUE-LARSEN, nota sobre CE (2004: 723).

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