Presentación - Núm. 21, Enero 2019 - Revista Digital de Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 764139237

Presentación

AutorAndrés Ospina
CargoDocente investigador del Departamento de Derecho Administrativo, Universidad Externado de Colombia
Páginas9-11
Revista digital de deRecho administRativo, n.º 21, pRimeR semestRe/ 2019, pp. 9-11
Presentación
La buena administración:
¿sueño, expresión a la
moda o concepto jurídico
operativo?
andRés ospina1
Que la Administración sea buena parece ser un anhelo general de todas las
ciencias que, como el derecho administrativo, se ocupan de su estudio; es más,
la buena administración pareciera ser, en términos simples, su razón de ser. Es
por esta razón que cuando el derecho comunitario europeo previó en su sistema
normativo el derecho de las personas a la buena administración2, surgió en la
doctrina latinoamericana el interés por el estudio de esta nueva idea: la buena
administración se convertiría en realidad, porque ahora no sería un thelos, sino
un derecho exigible. Los diagnósticos de mala administración que conducen
de manera pesimista a ver en la buena administración una utopía parecían
estar condenados. Así, por ejemplo, cuando en 2016 el grupo de investiga-
ción en Derecho Administrativo del Externado aunó esfuerzos en torno a un
proyecto denominado El derecho administrativo para la paz, se le otorgó un lugar
especial a la buena administración y dos excelentes artículos fueron dedicados
1 Docente investigador del Departamento de Derecho Administrativo, Universidad Externado
de Colombia. Magistrado auxiliar de la Corte Constitucional, Bogotá, Colombia. Doctor en
Derecho, Universidad de París ii, Panthéon-Assas, París, Francia. Correo-e: andres.ospina@
uexternado.edu.co. Enlace Orcid: https://orcid.org/0000-0003-4033-1739. Para citar el artículo:
OspinA, Andrés “Presentación”, Revista digital de Derecho Administrativo, Universidad Externado de
Colombia, n.º 21, 2019, pp. 9-11. dOi: https://doi.org/10.18601/21452946.n21.02
2 Luego de que en 2005 el pueblo francés y de los Países Bajos rechazaron la entrada en
vigor del Tratado que establecía una Constitución para Europa (Tratado de Roma ii de
2004), la Carta de Derechos Fundamentales de Niza, que prevé el derecho a la buena
administración, fue incorporada al Tratado de Lisboa, del 13 de diciembre de 2007.

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