Primeras acciones frente a una posible demanda - Primera parte. La controversia con Nicaragua - Colombia en el laberinto del Caribe - Libros y Revistas - VLEX 648841529

Primeras acciones frente a una posible demanda

AutorJulio Londoño Paredes
Páginas115-130
115
Capítulo 12
Primeras acciones frente a una posible demanda
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respecto al meridiano 82º.
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nicaragüenses acerca de la posibilidad de una demanda contra Colombia. En
un telefax fechado el 23 de junio de 1993, advertí al Ministerio de la posibili-
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competencia de la Corte y la situación en el caso de una demanda.
Aún sigo pensando que Colombia debe estar preparada para afrontar
en el marco jurídico y político, un eventual incremento de la escalada
[de Nicaragua], que podría llegar a inducirlos a intentar un arbitraje o
arreglo judicial.
1. En principio, la Corte Internacional de Justicia podría tener competen-
cia para juzgar la validez o vigencia del Tratado de 1928, de conformidad
con las declaraciones formuladas con respecto al párrafo segundo del
Artículo 36 del Estatuto. El tribunal se basaría en que el diferendo surgió
en 1980 con ocasión de la pretendida denuncia del tratado por Nicaragua.
2. Con mayor razón, basada igualmente en las declaraciones formuladas,
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82, señalando que la diferencia sobre este particular únicamente surgió
en el año de 1969.
3. Frente al Pacto de Bogotá, aunque la reserva incluida en el artículo VI
es más afirmativa, la Corte con un criterio parecido podría señalar que,
Colombia en el laberinto del Caribe
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no obstante que la diferencia territorial había sido resuelta por el Tratado
de 1928, la controversia actual surgió posteriormente. Asumiría por tanto
el caso basada en la jurisdicción otorgada por las Partes en dicho tratado.
4. El gobierno debe analizar cuidadosamente la conveniencia de presentar
o no las excepciones preliminares sobre la competencia de la Corte Inter-
nacional de Justicia en el caso de una eventual demanda de Nicaragua. Se
trata de una decisión fundamentalmente política, que podría adoptarse
si se quisiera dilatar la decisión de la Corte o si considerara conveniente
demostrar ante la opinión pública que se esforzó por evitar el recurso
ante la Corte respecto a un tratado internacional a todas luces vigente
para nuestro país. Julio Londoño Paredes
Una carta al expresidente López
Mantuve sobre estos aspectos una extensa correspondencia con el Presidente
López. El 20 de octubre de 1994, siendo yo embajador de Colombia en Na-
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una carta en la que le resumía lo que yo había expresado al gobierno. De ella
extraigo algunos párrafos:
Aunque la prensa colombiana no lo ha destacado, existe en el momento
una verdadera ofensiva de Nicaragua sobre la soberanía colombiana sobre
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caso ante la Corte Internacional de Justicia, con solicitudes alternativas
al Tribunal, como generalmente lo hacen los Estados.
El primer requerimiento se referiría seguramente a la validez del Tra-
tado Esguerra-Bárcenas de 1928. En la solicitud alternativa estaría la
gran trampa, al pedir a la Corte que declarara que el meridiano 82° no
constituye la frontera marítima entre los dos países. Allí mismo o en
un requerimiento adicional reclamaría la soberanía sobre los cayos de
Roncador, Quitasueño y Serrana.
El primer requerimiento seguramente lo perdería Nicaragua. Ella y sus
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límite marítimo la ganarían, posiblemente por unanimidad. Es incierta
la situación respecto a los cayos de Roncador, Quitasueño y Serrana,
especialmente con el segundo de ellos.

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