El principio del daño en asuntos de orden público - Núm. 36, Enero 2013 - Revista Pensamiento Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 521631154

El principio del daño en asuntos de orden público

AutorCarlos Manuel Rosales
Páginas89-116
EL PRINCIPIO DEL DAÑO EN ASUNTOS DE ORDEN PÚBLICO
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Carlos Manuel Rosales*
El principio del daño en asuntos de orden
público
The harm principle in public order issues
Fecha de recepción: 21 marzo 2013
Fecha de aprobación: 30 de abril de 2013
INTRODUCCIÓN
La manera como se conducen las personas en una sociedad depende de
varios factores como la costumbre, los valores comunes, la religión,
la ley, entre otros1 Pero la mejor manera de establecer parámetros de
comportamiento ‘adecuado’ son el consenso y el diálogo. De esta manera, los
* Licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México. Diplomado por la
Universidad de Heidelberg. Estudios de Magíster y Doctorado en la Universidad de Chile. Correo
electrónico: cmr268@yahoo.com
1 Pollock, Joycelyn M. Ethical dilemmas and decisions in criminal j ustice, USA, Ed. Wadsworth,
2007, pp. 65-80.
RESUMEN
El presente trabajo analizará el
fundamento moral para la aplicación
de sanciones por las conductas que
alteran y lesionan el orden público.
Por lo que se estudiará el papel de los
jueces al valorar y juzgar esos actos,
bajo el principio del daño.
Palabras clave: Moral pública, auto-
nomía individual, principio de daño,
jueces.
ABSTRACT
The present work will analyze the
moral grounds to the application of
sanctions for behaviors that alter and
injure the public order. This essay will
study the paper of the judges, when
they judge and value those facts,
under the principle of damage.
Keywords: Public morality, individual
autonomy, principle of damage,
judges.
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PENSAMIENTO JURÍDICO, NO. 36, ENERO - ABRIL, BOGOTÁ, 2013, PP. 89 - 116
temas que denen que es lo correcto siempre contendrán una carga moral y
por tanto, serán susceptibles de crítica y de opinión2.
Existe una gran variedad de temas que se han estudiado en el campo de la
deontología jurídica, como la prostitución, la pornografía, el racismo, la
libertad de expresión, el aborto o la eutanasia, entre otras3.
En general, estos asuntos pueden ser vistos como una forma innocua de
libertad individual, en el que cada persona puede disponer y gozar libremente
de sus derechos4. De esta manera, el derecho a ejercer, expresar y comunicar,
a otras personas, nuestros pensamientos, ideas o sentimientos, es lo que
rearma la dignidad y el valor de toda persona como miembro de la sociedad
y lo que permite al individuo desarrollar todo su potencial5. Las motivaciones
por las que cada sujeto realiza estos actos pueden tener varias fuentes, como:
el convencionalismo social, el placer o la necesidad de expresión, etc.6.
Las conductas tienen su respaldo en lo subjetivo y en el entendido de que se
hacen por convicción personal7, por lo que un comportamiento tendrá una
repercusión negativa si los demás miembros de la comunidad consideran
que esa conducta no reeja un valor común8. Bajo este supuesto, la sociedad
determina un conjunto de obligaciones generales, para que se garanticen y
protejan los valores y/o principios que fomenten su conservación y unidad
social.
Sin embargo, aunque las normas sean abstractas, generales e impersonales,
no siempre reejan el sentir de toda la sociedad por lo que siempre hay
sujetos que muestran su inconformidad con ellas9.
Aquí yace el contrapunto: el tema de la moral pública (moralidad) que
determina, principalmente, los valores que unen a un grupo social10. Estos
lineamientos de conducta estipulan indican y calican qú es bueno
2 Ibíd., pp.7-14. Cfr., Perry, Michael J., Constitutional rights, moral controversy and the Supreme Court,
USA, Ed. Cambridge, 2009.
3 Cfr., Dworkin, Ronald. Freedom´s law, Cambridge, Ed. Harvard, 1996. Panichas, George. Sex,
morality and the law, Great Britain, Ed. Routledge, 1997.
4 De Zan, Julio. La ética, los derechos y la justicia, Montevideo, Ed. Konrad Adenauer, 2004, pp.56-59.
5 Faúndez Ledesma, Héctor. Los límites de la libertad de expresión, México, Ed. UNAM, 2004, p. 45.
6 Vid, Tedford, Thomas L. Freedom of speech in the United States, USA, Ed. Strata, 2009, pp. 153 y
223.
7 Rawls, John. Liberalism political, Cambridge, Ed. Harvard, 1996, pp. 54-66.
8 Horst, Steven. Law, mind and free will, USA, Ed. MIT press, 2011, pp. 3-14.
9 Hart, H. L. A. Law, liberty and morality, USA, Ed.Vintage, 1963, p. 3.
10 Cfr, Joyce, Richard. The evolution of morality, USA, The MIT press, 2006.

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