Principio de legalidad y complemento en la norma primaria en el delito de omisión de agente retenedor, consideraciones sobre la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de 10 de junio de 2015, radicado 41.053, ponente Eugenio Fernández Carlier - Núm. 86, Enero 2016 - Revista Nuevo Foro Penal - Libros y Revistas - VLEX 656143929

Principio de legalidad y complemento en la norma primaria en el delito de omisión de agente retenedor, consideraciones sobre la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de 10 de junio de 2015, radicado 41.053, ponente Eugenio Fernández Carlier

AutorRicardo Echavarría Ramírez
CargoProfesor del área en Derecho penal, Universidad EAFIT
Páginas250-257
Principio de legalidad y complemento en
la norma primaria en el delito de omisión de
agente retenedor, consideraciones sobre la
sentencia de la Corte Suprema de Justicia
de 10 de junio de 2015, radicado 41.053,
ponente Eugenio Fernández Carlier
RICARDO ECHAVARRÍA RA MÍREZ*
* Profe sor d el á rea en D erecho penal, Unive rsidad EAFI T. Est e tr abajo se realiza en el marco del
proyec to “La pr otección a la haci enda públi ca en el Derecho P enal colo mbiano”, de la convoc atoria
de proy ectos con f inanciaci ón intern a – 2015 Códi go 621 – 00 0100 de la Un iversidad EAFIT, qu e se
desarr olla bajo l a dirección d el profeso r Ricardo E chavarría Ramírez.
Revista Nuevo Foro Penal Vol. 12, No. 86, e nero-junio 2016, pp. 250 -257. Universidad EAFIT, M edellín (ISS N 0120-8179)
1. Hechos relevantes
Los hechos que dan lugar a la investigación y posterior condena, se fund an
en que el señor N, a nombre de la sociedad FCE Ltda., o mite el pago de las sum as
retenidas por concepto de retención en la fuente y, adicion almente, realiza un pago
inferio r al debido por concepto de impuesto a las ventas1.
Los hechos mat eria de proceso fueron pues tos en conocimiento de la autor idad
judicial competente po r parte de la Direcció n de Impuest os y Aduanas Nacionales.
1 “(…) present ó las declar aciones de Impuesto a las Ventas ( IVA) corres pondiente s a los peri odos 01
al 05 de 200 4, pero que luego de ser revisada s por es a entid ad ofici al genera ron un mayor val or a
pagar en cua ntía qu e ascend ió a $48.726.00 0, ademá s, omiti ó consig nar las sumas retenidas por
concept o de RETEFUEN TE de los período s 8° y 9° de la mism a anualidad, por val or de $3.665.000 ,oo”,
sentenc ia de la Cor te Suprema de justicia de 10 d e junio de 2015, ra dicado 41.053, p onente Euge nio
Fernán dez Carlie r, p. 2.

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