Principios del derecho ambiental en el Acuerdo de París sobre Cambio Climático - Núm. 44, Septiembre 2019 - Revista Derecho del Estado - Libros y Revistas - VLEX 839612569

Principios del derecho ambiental en el Acuerdo de París sobre Cambio Climático

AutorAndrea Lucas Garín
CargoDoctora en Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba y LLM in International Law por las universidades de Heidelberg y de Chile
Páginas195-226
Revista Derecho del Estado n.º 44, septiembre-diciembre de 2019, pp. 195-226
ANDREA LUCAS GARÍN*
Principios del derecho ambiental
en el Acuerdo de París sobre Cambio
Climático**-***
Principles of environmental law in the
Paris Agreement on Climate Change
RESUMEN
Este artículo se concentra en el último instrumento jurídico del régimen
internacional de cambio climático, el Acuerdo de París, y en los principios
ambientales que recoge. Se contextualiza con ese fin el fenómeno climático,
su régimen propio y el largo camino que se ha seguido en las negociaciones
climáticas para arribar a este acuerdo ambiental de última generación; luego
se abordan los siete principios identificados como relevantes en el Acuerdo,
así como otros temas de interés, para derivar algunas consecuencias que
pueden generarse a la luz de este nuevo instrumento multilateral que está en
proceso de implementación.
PALABRAS CLAVE
Cambio climático, principios ambientales, régimen internacional, derecho
del medio ambiente, adaptación al cambio climático.
ABSTRACT
This article focuses on the latest legal instrument of the international regime
on Climate Change, the Paris Agreement and the environmental principles it
* Doctora en Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba y
llM in International Law por las universidades de Heidelberg y de Chile. Directora del Instituto
de Investigación en Derecho de la Universidad Autónoma de Chile (Santiago de Chile, Chile).
Contacto: andrea.lucas@uautonoma.cl y andrealucasg@hotmail.com
orcid ID: 0000-0003-4371-7418.
** Recibido el 21 de febrero de 2018, aprobado el 11 de junio de 2019.
Para citar el artículo: lucas garín, A. Principios del derecho ambiental en el Acuerdo
de París sobre Cambio Climático. En Revista Derecho del Estado, Universidad Externado de
Colombia. N.º 44, septiembre-diciembre de 2019, pp. 195-226.
doi: https://doi.org/10.18601/01229893.n44.08
*** Parte de estas reflexiones fueron expuestas en la Academia Nacional de Derecho de
Córdoba el 20 de septiembre de 2017. La autora agradece los comentarios de los evaluadores
anónimos.
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contains, for which the climate phenomenon, its own regime and the long path
that has been followed in the climate negotiations will be contextualized, in
order to arrive at this last generation environmental agreement; then the seven
Principles identified as relevant in the Agreement and other topics of interest
are addressed, to derive some consequences that may be generated in light
of this new multilateral instrument that is in the process of implementation.
KEYWORDS
Climate Change, Environmental Principles, International Regime, Environ-
mental Law, Adaptation to Climate Change.
SUMARIO
Introducción. 1. Marco teórico y metodología. 2. Contextualización del
cambio climático, el régimen internacional y las negociaciones climáticas.
2.1. Primera etapa: los primeros pasos (1988-1994). 2.2. Segunda etapa: la
difícil entrada en vigencia del Protocolo de Kioto (1994-2005). 2.3. Tercera
etapa: las (intensas) negociaciones post-Kioto (2005-2015). 2.4. Cuarta
etapa: un nuevo comienzo con el Acuerdo de París (de 2015 hasta la fecha).
3. Los principios ambientales del Acuerdo de París. 3.1. El principio de res-
ponsabilidades comunes pero diferenciadas. 3.2. El principio de desarrollo
sostenible. 3.3 El principio de equidad. 3.4. El principio de transparencia.
3.5. El principio de buena gobernanza. 3.6. El principio de cooperación.
3.7. El principio precautorio. 4. Otros temas destacables del Acuerdo de París.
Conclusiones. Referencias.
INTRODUCCIÓN
El cambio climático se presenta como un fenómeno científico que implica de-
safíos del orden económico, político, médico, arquitectónico, social y jurídico,
entre otras áreas que se ven obligadas hoy a enfrentarlo ante la evidencia de
sus consecuencias para las sociedades. Es lo que Rittel y Webber1 describieron
como un “wicked problem” o problema retorcido, en un célebre trabajo de
1973, temas de políticas públicas pero que, por su propia naturaleza, tienen
características difíciles de formular, que pueden ser descritas de manera di-
versa según quien lo aborda, lo que hace que el cambio climático se presente
como tramposo y resulte casi imposible fijar sus alcances y consecuencias.
1 rittel, H. W. J. y WeBBer, M. M. Dilemmas in a general theory of planning. En Policy
Sciences. Vol. 4, n.º 2, 1973, 155-169, 160 ss.
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El el plano del derecho internacional, la comunidad global ha ido asumiendo
la problemática de un modo gradual desde fines de los años ochenta, en un
proceso que ha conducido a la conformación del régimen internacional de
cambio climático, al amparo de tres instrumentos convencionales que cuentan
con un gran nivel de adhesión de los Estados, y que ha seguido evolucionando
aun cuando se han producido altos en las negociaciones a nivel multilateral
en varias ocasiones.
El efecto estabilizador de los asuntos mundiales que el derecho internacio-
nal conlleva se fortalece cuando los Estados manifiestan su consentimiento
a través de tratados internacionales. En el caso del calentamiento global, el
régimen climático está conformado por la Convención Marco de la onu sobre
Cambio Climático, que significó el puntapié inicial en 1992, que continuó
con un problematizado Protocolo de Kioto, y que recientemente se ha visto
fortalecido con el Acuerdo de París vigente desde el 4 de noviembre de 2016.
El Acuerdo de París se erige como el primer gran acuerdo ambiental multi-
lateral del siglo xxi, cuya veloz entrada en vigencia renueva las esperanzas en
la comunidad internacional y sus esfuerzos para enfrentar el cambio climático.
Este trabajo se concentra en el Acuerdo de París y en los principios am-
bientales que recoge, en nuestra opinión, razón por la cual sobrevolamos
el cambio climático para pasar a contextualizar el régimen internacional y
el camino que se ha seguido en las negociaciones hasta arribar al Acuerdo
de París, distinguiendo cuatro etapas que se explican en el punto siguiente
(1); luego se abordan los siete principios identificados por nosotros como
relevantes en el Acuerdo (2), así como otros temas de interés (3), derivando
conclusiones finales de algunas consecuencias que pueden generarse a la
luz de este nuevo instrumento multilateral que se halla en pleno proceso
de implementación. En el próximo punto se exponen el marco teórico y la
metodología empleada.
1. MARCO TEÓRICO Y METODOLOGÍA
El presente artículo se enmarca en el derecho internacional ambiental y, en
especial, en el régimen internacional de cambio climático; con más de un
cuarto de siglo de vigencia, este último, hoy, se presenta como un ámbito
donde la implementación es la clave del futuro.
Para contextualizar el régimen internacional dividimos su proceso de
conformación en las siguientes etapas: 1) Primera etapa: los primeros pasos
(1988-1994); 2) Segunda etapa: la difícil entrada en vigencia del Protocolo
de Kioto (1994-2005); 3) Tercera etapa: las (intensas) negociaciones post-
Kioto (2005-2015); 4) Cuarta etapa: un nuevo comienzo con el Acuerdo de
París (2015 hasta la fecha). Cada una de las etapas es abordada en el acápite
siguiente.

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