Algunos problemas singulares de la antijuridicidad penal - Núm. 93, Julio 2019 - Revista Nuevo Foro Penal - Libros y Revistas - VLEX 839867105

Algunos problemas singulares de la antijuridicidad penal

AutorMario Sánchez Dafauce
CargoProfesor Visitante de Derecho Penal. Universidad Carlos III de Madrid
Páginas76-110
sánchez dafauce, Mario, “Algunos problemas
singulares de la antijuridicidad penal”, Nuevo Foro
Penal, 93, (2019).
Algunos problemas singulares de la
antijuridicidad penal
Some problems of criminal illegality
Mario sánchez dafauce*
Fecha de rece pción: 21/07/2019 - Fecha de acep tación: 17/10/2019
DOI: 10.17230/nfp.15.93.3
Resumen
Se estudian en este trabajo algunos problemas particulares de la antijuridicidad penal,
como la legítima defensa que recae sobre tercero, la ponderación entre vidas en estado de
necesidad defensiv o o la concurrencia de exceso intensivo y er ror en cuanto al exceso en la
legítima defensa. El factor común a todos ellos es que se trata de asuntos concretos pero
complejos, que obligan a profundizar en las relaciones entre estado de necesidad y legítima
defensa, en la división entre justificación y exculpación, o en los límites del principio de
evitación de masacres.
Abstract
In the present paper are studied some particular problems of criminal unlawfulness, such
as self-defense on a third party, the weighting between lives in a state of necessity or
the concurrence of intensive self-defence and mistake regarding the excess in legitimate
defense. The common factor to all of them is that they deal with concrete but complex
issues, which forces us to go deeply into the relations between self-defence and necessity,
into the division bet ween justification and excuse, or into the limits of the massacre
avoidance principle.
* Profesor Visitante de Derecho Penal. Universidad Carlos III de Madrid. Contacto: mario@der-pu.
uc3m.es
Revista Nu evo Foro Penal Vol. 15, No. 9 3, julio-diciem bre 2019, pp. 76-110, Universidad E AFIT, Medellín (I SSN 0120-8179)
Nuevo Foro Pe nal No. 93, julio- diciembre 2019 Univ ersidad EAFI T 77
Palabras clave
Causas de justificación, legítima defensa, estado de necesidad.
Keywords
Justificat ion in Criminal Law, Self-Defense, Necessi ty-Excuse.
Sumario
1. Introducción. 2. Legítima defensa que recae sobre tercero. 3. Casos curiosos de
legítima defensa y estado de necesidad. 4 . Exceso en la legítima defensa por turbación,
miedo o pánico. 5. Riesgos futuros en la ponderación del estado de necesidad. 6. Estad o
de necesidad justif icante con un ámbito personal de aplic ación. 7. Ponderación entre vidas
en estado de necesidad defensivo. 8. Provocación imprudente de la situación de necesidad
en el estado de necesida d exculpante. 9. Exceso intensivo en la legí tima defensa y error en
cuanto al exceso. 10. Bibliograf ía.
1. Introducción
En el presente trabajo se abordan diversos problemas relacionados con la
antijuridicidad penal.
En particular, y por orden expositivo, se estudian las siguientes cuestiones:
1. La legítima defensa que recae sobre tercero y la posible imputación de los
resultados de la acción defensiva al agresor inicial.
2. El posible predominio del estado de necesidad sobre la legítima defensa en
algunos casos en los que concurren todos los presupuestos de la legítima
defensa, y ello en atención a la situación de conflicto entre bienes jurídicos
inherente a ambas eximentes.
3. El rechazo por principio de toda respuesta jurídica para la ausencia de imputación
penal personal en el autor del exceso en la legítima defensa por turbación, miedo
o pánico.
4. La inclusión de riesgos futuros en la ponderación del estado de necesidad. Se
sugiere el uso de un criterio que circunscriba la ponderación a aquellos factores
inherentes a la acción de salvamento dada su alta probabilidad de inmediata
ejecución conexa.
5. Se estudia la compleja y muy interesante posibilidad de construir causas de
justificación con un ámbito personal de aplicación. En concreto, se concibe el
denominado estado de necesidad exculpante como un estado de necesidad
78 Algunos problemas singulares de la antijuridicidad penal - Mario s ánchez da fauce
justificante con un círculo de personas privilegiado.
6. Se aborda la relación, y la posible confrontación, entre el estado de necesidad
defensivo y el principio de evitación de masacres.
7. Se exponen los inconvenientes de una solución ofrecida en sede de culpabilidad
para los supuestos de provocación imprudente de la situación de necesidad en el
estado de necesidad exculpante.
8. Por último, se ofrece una solución particular para los muy difíciles casos de exceso
intensivo en la legítima defensa por error de presupuestos respecto del exceso.
Esta cuestión es perentoria si se defiende que el error en los presupuestos de
hecho de una causa de justificación excluye el dolo.
2. Legítima defensa que recae sobre tercero
Las relaciones entre el defensor y el tercero sobre el que recae la legítima defensa
se suelen enmarcar en el ámbito del estado de necesidad1. Esto significa que si se dan
los requisitos del estado de necesidad, la conducta del defensor que recae sobre un
tercero puede quedar plenamente justificada o exculpada.
Un caso típico es el del agredido que reacciona frente a un acometimiento físico
del agresor y lesiona o mata a alguien que se encuentra cerca de ambos; en alguna
ocasión, la propia esposa del agredido2.
Según esta solución, dicho tipo consumado puede quedar exento de pena. No
obstante, el hecho de que el primer agredido quede plenamente justificado o exculpado
nos da una indicación respecto de un posible contexto coactivo creado por el agresor
inicial. Para una asignación de la responsabilidad por el delito consumado, quizás haya
que ponderar la posible autoría mediata de este último.
Dentro de los casos de dominio de la voluntad en virtud de coacción, Roxin
incluye el ocasionamiento del resultado mediante un tercero que actúa lícitamente.
1 Para la l egítima def ensa que recae s obre terceros, lu zÓn peña, A spectos esenciales de la legítima
defensa, B de F, Montevideo-Buenos Aires, 2002, pp. 547-548, (primera edición: Bosch, Barcelona,
1978); luzÓn pe ña, Lecciones de Derecho Penal. Parte General, 3ª ed., Tiran t Lo Blanch, Valen cia,
2016, 23/46-47, p. 392; Bald Ó l avilla, Estado de necesid ad y legítima defen sa, Bosch, Barcelona,
1994, pp. 320-321; Mir puiG, Derecho Penal. Parte General, 10ª edición, Ed. Reppertor, Barcelona,
2016, 14/69, p. 395; roxin , Derecho Penal . Parte General. Tomo I. Fundamentos. La estr uctura de la
teoría del delito, traducción de la 2ª e dición alemana (1994) por Lu zón Peña, Díaz y García C onlledo, y
De Vicente Re mesal, Civitas, Madr id, 1997, 15/104-108, pp. 664- 667; roxin, Strafrecht. Allgemeiner
Teil. Band I. Grundlagen. Der Aufbau der Verbrechenslehre, 4. Auflage, B eck, München, 20 06, 15/124-
128, pp. 716-718.
2 Véase la Sentenc ia del Tribunal Supremo ( TS) español 148/20 02, de 7 de febrero. También, rox in, PG
I, (trad. 2ª), 15/105, p. 665; AT I, 4. Auflage, 2006, 15/125, p. 717.

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